A casi 40 años de que José Piñera, ex ministro del Trabajo y Previsión social y de Minería durante la dictadura de Pinochet, impulsara el antiobrero Plan Laboral, su hermano, el actual presidente de Chile, anunció una reforma laboral que busca precarizar a las y los trabajadores y fortalecer los amarres que dejó el régimen militar en contra de la organización sindical.
“Si se le pide a un persona que cierre los ojos y visualice un país exitoso, ¿qué vería? ¿Gente haciendo cola para votar? ¿Un debate en una asamblea sindical o en el Congreso? ¿La Constitución arriba de un pedestal en la sede del gobierno? Posiblemente, vería gente que se levanta todos los días y va a trabajar. Y que trabaja con amor a las cosas bien hechas. Vería fábricas en que los trabajadores realizan su oficio en rigor y en un clima de armonía, oficinas en que la gente lleva a cabo sus labores estimulada, ejecutivos que emplean su tiempo en planificar nuevos proyectos. Una buena ley laboral contribuye a hacer posible un país exitoso” (Piñera, 1990: p.4).
Las palabras anteriores fueron escritas hace casi 29 años por el economista, ex ministro del Trabajo y Previsión social y de Minería en la dictadura de Pinochet, y hermano del actual presidente de Chile, José Piñera Echenique en su libro La Revolución Laboral. Graduado en 1970 de la Universidad Católica, en ese entonces fuertemente ligada a la Universidad de Chicago y el pensamiento duro liberal, fue el impulsor de dos reformas estructurales que generaron profundos cambios en la vida de la clase trabajadora y sectores populares: la reforma laboral, también conocida como Plan Laboral, y la reforma al sistema de pensiones, actualmente las repudiadas AFP.
Durante las décadas previas al Golpe Militar el movimiento obrero en Chile venía adquiriendo experiencias de lucha y organización, graficadas con mayor ahínco en 1972 con los Cordones Industriales. Fueron años en donde la conciencia de clase se desarrolló de modo peligroso para la clase capitalista, no solo por la exigencia de demandas y aumento de huelgas y tomas de fábricas, por ejemplo durante el gobierno de la Unidad Popular, sino, sobre todo, por ser años donde las ideas marxistas revolucionarias y socialistas planteaban el horizonte de una sociedad distinta, sin explotación y opresión, y en donde la clase trabajadora jugase un rol protagónico en las transformaciones sociales. La condición de “sujeto político” de las y los trabajadores fue algo clave a atacar por parte del Plan Laboral de 1979. Para José Piñera- y bien lo expresa en su libro citado- era necesario dotar al sindicalismo de nuevos términos, lejos de la politización y ajeno a la militancia política; un sindicalismo individual que ya no tiene como característica ser un actor transformador en la sociedad.
¿En qué consistió el Plan Laboral? Plan Laboral fue el nombre que se le atribuyó a dos Decretos Ley, encargados en 1978 por Augusto Pinochet a José Piñera, quien entre 1979 y 1981 ocupó el cargo de ministro del Trabajo y Previsión Social. Este tuvo como propósito crear una nueva normativa laboral que actuase como pilar para sostener el sistema neoliberal imperante, es decir, acorde a la instauración de una economía de libre mercado, implementada a través de políticas de shock que golpearon profundamente a la clase trabajadora chilena y sectores populares.
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En primer lugar, se encuentra el DL 2.756, sobre organización sindical, y en segundo lugar, el DL 2.758 sobre negociación colectiva. Estos decretos que componen el Plan Laboral se centran en cuatro aspectos fundamentales que condicionan al movimiento sindical a través de las relaciones laborales: negociación colectiva centrada en la empresa, huelga que no paraliza, libertad sindical y despolitización sindical (Durán y Narbona, 2014).
Los blancos estratégicos
Respecto a 1) negociación colectiva el Plan Laboral impuso que esta se limitara a los márgenes de la empresa, o sea, que tuviesen un carácter fuertemente individual y regulado por la clase empresarial. La nueva normativa se abocó a que la empresa tuviese las máximas garantías, sobreponiéndose al poder que podrían obtener los sindicatos y sus trabajadores al negociar colectivamente. Explícitamente, esto se puede observar por medio del considerando nº4 del DL sobre negociación colectiva, el cual expresa “que para lograr resultados positivos en un proceso de negociación colectiva es conveniente radicarlo en la unidad empresa, pues de esa manera es posible lograr que los trabajadores obtengan una remuneración que siendo justa, se adecue a su productividad”. En el fondo, se trata de la instauración de un sistema donde la organización sindical y sus conquistas, nunca logren afectar el ‘bolsillo’ del empresariado.
La nueva estructura de negociación, centrada en la empresa, fue una importante herramienta de los empresarios para mermar el poder de los sindicatos, impidiendo –incluso- la posibilidad de que trabajadores negocien a nivel de rama productiva. Esto quedó muy claro: “queda absolutamente prohibida la negociación de un empleador o más, con trabajadores de más de una empresa, sea por el procedimiento de negociación que señala esta ley o de cualquiera otra forma” (Artículo 4º del DL 2.758).
El Plan Laboral en su propuesta de negociación contenía una serie de restricciones. Por ejemplo, en el artículo 3º del DL 2.758, se prohibía la posibilidad de negociación colectiva en los servicios e instituciones de la administración del Estado (centralizados o descentralizados), en el Poder Judicial y también en el Congreso Nacional. Además, el artículo 5º declaraba que no podrían negociar colectivamente los trabajadores sujetos a contrato de aprendizaje, ni aquellos que se desempeñasen en obras o faenas transitorias. Además, según el artículo 7º las federaciones y confederaciones no podrían negociar aún cuando agrupasen a trabajadores de una misma empresa.
Un segundo punto fue 2) atacar la huelga. El eje principal se centró en darle una nueva connotación a esta: ser una huelga que no paralice. Con el Plan Laboral la huelga, en palabras de Piñera, “deja de ser ese terrible instrumento de presión a través del cual los trabajadores fuerzan un mejoramiento artificial de remuneraciones – generando de paso daños a la comunidad y conmoción política y social- y pasa a ser lo que toda huelga debe ser: un instrumento de los trabajadores para demostrar con precisión el aporte que ellos, como equipo, realizan a la empresa en productividad” (p. 51).
Además de establecer la no paralización, el Plan Laboral ideó otra manera de restringirla, mediante el reemplazo en huelga, lo que en definitiva buscaba debilitar la movilización de los trabajadores, poniéndolos en conflicto entre ellos, producto de la realización de los turnos laborales por otros trabajadores. “Quienes están en huelga ejercen un derecho tan legítimo como el que tienen quienes están dispuestos a trabajar por una remuneración que consideran aceptable. La posibilidad de contratar reemplazantes en las empresas en huelga es la mejor manera como el mercado disciplina las posturas en la negociación” (Piñera, 1990: p. 52).
El Plan Laboral impuso una serie de restricciones que afectaron la paralización y movilización de los trabajadores. Según el artículo 6º del DL 2.758 “no podrán declarar la huelga los trabajadores de aquellas empresas que: a) atiendan servicios de utilidad pública, o b) cuya paralización cause grave daño a la salud, al abastecimiento de la población, a la economía del país o a la seguridad nacional”. Además, otra facultad que la dictadura le regaló a los empresarios fue el lock-out o cierre temporal de la empresa, lo que se entiende como “el derecho del empleador, iniciada la huelga, a impedir temporalmente el acceso a todos los trabajadores a la empresa o predio, o al establecimiento” (DL 2.758, artículo 55). Este se podrá efectuar “si la huelga afectare a más del 50% del total de los trabajadores (…) o significare la paralización de actividades imprescindibles para su funcionamiento, cualquiera fuere en este caso el porcentaje de trabajadores en huelga” (artículo 56). Cuando la empresa declara un lock-out “se entenderá suspendido el contrato de trabajo (…). En consecuencia, los trabajadores no estarán obligados a prestar sus servicios ni el empleador al pago de las remuneraciones, beneficios y regalías derivadas de dicho contrato” (artículo 57).
La 3) libertad sindical fue el tercer blanco que abordó el Plan Laboral, que promovió la “libertad de los trabajadores para afiliarse y desafiliarse de los sindicatos en el momento que quieran. Amplia libertad para formar sindicatos, federaciones y confederaciones” (Piñera, 1990: p. 47). Y “fue extremadamente liberal en materia de quórum para la constitución de organizaciones sindicales” (p.48). Esta “libertad sindical” fue netamente una estrategia para dividir a los trabajadores, y también para que los sindicatos no tuviesen mayor fuerza. No es casual que muchos sindicatos en la actualidad cuenten con una cantidad baja de afiliados, incapaces de tener un “poder de fuego” que pudiese desequilibrar la balanza en favor de las y los trabajadores.
“El Plan Laboral tuvo como eje quebrantar la unidad sindical al posibilitar la existencia de múltiples sindicatos en una misma empresa (…), asociando democracia e individuo a la idea de libertad de elección para afiliarse a las organizaciones sindicales (…). Este ideario se relacionaba sin duda con el modelo neoliberal que se estaba instalando, cuya concepción de libertad se basaba en un individuo aislado y atomizado” (López, 2014: p. 8).
Un último y muy importante punto fue la 4) despolitización sindical. Bien queda explícito en el considerando n°7 del DL 2.756 donde se establece que “es indispensable que la organización sindical sea autónoma y despolitizada, para que pueda dedicarse a sus finalidades propias, evitando que sea instrumentalizada por grupos o intereses extraños a la propia organización”. El Plan Laboral no solo prohibió directamente la politización, sino que buscó la forma de evitar que las y los trabajadores discutiesen sobre temas que se encuentren fuera del ámbito laboral, es decir, problemáticas que afectan a la sociedad en su conjunto y donde, claro está, la clase trabajadora tiene mucho qué decir y aportar.
Lo anteriormente mencionado tuvo como propósito enajenar a los trabajadores de los problemas políticos y sociales del país, limitando las finalidades de la organización sindical a siete aspectos plasmados en el artículo 6º, como, por ejemplo, contratos individuales de trabajo, necesidades de integración respecto de la empresa y de su trabajo, sobre seguridad social o del trabajo, y protección contra riesgos del trabajo, entre otros. Como si no hubiese quedado claro, en el artículo 7º se vuelve a recalcar que “las organizaciones sindicales no podrán abocarse a objetivos distintos a los señalados en el artículo anterior, o en sus estatutos. En general, les es prohibido ejecutar actos tendientes a menoscabar los derechos garantizados por la Constitución Política y las leyes y, en especial, los derechos de libertad individual y la de trabajo”.
La idea de despolitizar a los sindicatos no solo buscó generar individuos desinvolucrados con los problemas de la sociedad y, en ese sentido, evitar a toda costa que la clase trabajadora cumpliese un rol como sujeto político, sino que también existía una segunda intención que era acabar con las ideas marxistas y socialistas. Así lo dejó claro el ideólogo del Plan Laboral: “La pura represión era por si sola una alternativa no sólo inmoral sino también ineficiente para combatir el comunismo y probadamente incapaz de derrotarlo, que era lo que interesaba”. (Piñera, 1990: p. 43). “A la lógica del comunismo había que oponer no la lógica de la represión sino la lógica de la libertad” (p.44).
Esta política de la dictadura de “despolitización sindical” fue fortalecida posteriormente con la Constitución de Jaime Guzmán de 1980, que rige en la actualidad, y que establece en su artículo 23 que “la ley establecerá las sanciones que corresponda aplicar a los dirigentes gremiales que intervengan en actividades político partidistas y a los dirigentes de los partidos políticos, que interfieran en el funcionamiento de las organizaciones gremiales y demás grupos intermedios que la propia ley señale”. Acto seguido se indica que “son incompatibles los cargos directivos superiores de las organizaciones gremiales con los cargos directivos superiores, nacionales y regionales, de los partidos políticos”. Por otra parte, la carta fundamental prohíbe que los dirigentes gremiales y vecinales puedan postularse a cargos parlamentarios.
Lo que hizo la Constitución fue imponer como obligatoria la visión ideológica gremialista y neoliberal de Jaime Guzmán. En virtud de ella, los llamados “grupos intermedios”, entre los cuales se encontrarían los sindicatos y los movimientos sociales, no pueden intervenir en política, puesto que su actividad debe circunscribirse a sus “fines propios”, que son siempre gremiales. Los militares y sus ideólogos sabían que el mayor peligro para el sistema capitalista era un movimiento obrero politizado y fuertemente organizado.
A 40 años del Plan Laboral, el gobierno de Piñera intenta aprobar una reforma laboral que precariza a las y los trabajadores
Dentro de las “reformas estructurales” que busca implementar el gobierno derechista de Sebastián Piñera se encuentra la cuestionada reforma laboral. La precarización hacia las y los trabajadores se expresa desde medidas como el Estatuto Laboral Juvenil- donde los jóvenes trabajadores, por ejemplo, no tendrían previsión, vacaciones pagadas, fuero maternal, indemnización al momento de ser despedidos, entre otros ataques-, el teletrabajo, lo que fue en un momento la repudiada propuesta de cambiar el modelo de indemnización por años de servicio, hasta, actualmente, el último proyecto de reforma laboral, que tiene por objetivo flexibilizar la jornada de trabajo, aumentando la precarización laboral para aumentar las ganancias empresariales.
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Pese a que la propuesta sobre la indeminización laboral ya no se contempla en esta primera parte del proyecto de reforma laboral, cabe mencionar que fue producto del amplio repudio que generó la idea del gobierno de Piñera, donde se establecía que se crearía un segundo sistema optativo a todo evento (despido o renuncia), financiado con una cotización mensual de cargo del empleador al seguro de cesantía, con el objetivo de que el empresario cuente previamente con un fondo para poder despedir más fácilmente. El modelo que había planteado el Ejecutivo ya no tendría un tope de 11 meses de pago, sino que se reduciría a solo seis. Este y otros puntos habían sido abordado en un primer proyecto.
Debido al rechazo que generó la primera propuesta del Gobierno, y la posibilidad de movilizaciones en sectores de la clase trabajadora, La Moneda presentó, el día 2 de mayo, el "Proyecto de Ley de modernización laboral para la conciliación, trabajo, familia e inclusión", con foco en la jornada laboral y la flexibilización. Cuando anunciaron la iniciativa, desde el Ejecutivo lanzaron una fuerte campaña comunicacional para instalar la idea de que con la reforma laboral las personas trabajarían cuatro días a la semana y tendrían tres días libres, abriendo expectativas en la población, pues considerando que Chile es uno de los países donde más horas se trabaja, para cualquier trabajador o trabajadora la idea de tener tres días libres suena bastante bien.
Sin embargo, la propuesta de Piñera demostró ser una farsa y que no habría ninguna reducción en la jornada laboral. Es decir, si en la actualidad la regla indica que la jornada no puede exceder de 45 horas semanales, ni distribuirse en más de seis ni menos de cinco días (hay excepciones con las jornadas, por ejemplo, en el sector minero), ahora se podrá trabajar con una "jornada alternativa": la nueva ley permitirá pactar, (alternativamente a la jornada ordinaria de 45 horas semanales), una jornada de 180 horas mensuales que podrá ser distribuida en forma diferente cada semana. Dicho tipo de jornada, hoy en día, solo existe para los transportistas y tripulantes de vuelo y cabina.
Lo anterior quiere decir que de aprobarse la reforma laboral pasaría a ser regla general lo que son las "jornadas excepcionales", o sea, se extenderían al conjunto de la clase trabajadora condiciones laboral ultra-flexibles, en favor de las empresas, donde incluso puede variar cada semana (transformando de hecho los turnos normales con la rotatividad y flexibilidad que sirva al capital).
La propuesta del Gobierno en ningún momento propone la reducción de la jornada laboral, al contrario, si consideramos que las 45 horas semanales que establece el Código del Trabajo se mantendrán y que con la reforma esas horas tendrían que ser distribuidas en cuatro días, el resultado que da es que las horas diarias en el trabajo aumentarían- llegando incluso a trabajar 12 horas diarias-, pues las mismas horas semanales ya no se distribuirían en cinco días, sino que en cuatro. A esto hay que sumar que si las horas son distribuidas en cuatro días eso generaría jornadas en donde se podrían trabajar 12 horas "ordinarias", 10 horas "ordinarias", lo que significaría que esas horas- después de las 9 horas establecidas actualmente- ya no se pagarían como "horas extras", sino como parte "normal" de la jornada de trabajo.
Por otro lado, la propuesta del Gobierno plantea que se podrá "convenir" las alternativas de horario de inicio y término de jornada, es decir, que empresarios y trabajadores/as pacten “bloques horarios”, sin embargo, claro está que la relació laboral entre empleadores y empleados parte de la base de una desigualdad total, donde aunque se pinte la idea de que "se podrá llegar a acuerdos", son los empresarios los que terminan decidiendo e imponiendo su postura. Esto es aún más desigual si hablamos de lugares de trabajo donde no existen sindicatos ni organización sindical que permitiese, por lo menos, algún tipo de negociación donde la postura de trabajadores tenga un mayor respaldo.
En este sentido, el proyecto actual de reforma laboral entrega más facultades a los empresarios para negociar jornadas laborales más flexibles por parte de sus trabajadores y en beneficio de las empresas. Se trata de extender las "excepciones" que el Código del Trabajo contempla como "jornadas excepcionales" para transformarlas en la regla general, con jornadas flexibles y adaptables a las condiciones de la empresa, precarizando cada vez más el trabajo. La propuesta busca atacar las condiciones de las y los trabajadores y abaratar costos para el empresariado. Al igual que su hermano, el presidente del país pretende precarizar aún más las condiciones de vida de la clase trabajadora en pos de las ganancias de la clase capitalista y, para eso, propone un proyecto engañoso que, comunicacionalmente, se muestra como beneficioso para que las personas tengan más tiempo libre y "puedan compartir más con sus familias". Es un discurso hipócrita de la derecha y el Gobierno, que dice preocuparse por el tiempo libre de las personas y las relaciones familiares, pero mantiene jornadas extenuantes y con mayor flexibilización.
Sobre esto, el Partido Comunista y el Frente Amplio vienen impulsando un proyecto de rebajar la jornada laboral a 40 horas semanales, con el argumento principal de que trabajando menos horas a la semana las personas serán "más productivas" al tener más tiempo para descansar. Claramente, es una propuesta progresiva si partimos de la base de las extensas jornadas laborales y que tener cinco horas libres más a la semana para cualquiera es una buena idea. Esto ya lo empezaron a implementar en la Municipalidad de Recoleta, con el alcalde Jadue a la cabeza, reduciendo la jornada a más de 700 funcionarios/as municipales, sin embargo, no es una medida aplicada al conjunto de las y los trabajadores de la Municipalidad.
Una de las diferencias con la propuesta de las 40 horas semanales es que parte de un fundamento de "mayor productividad" defendido incluso por el empresariado, y no cuestiona la lógica de esta sociedad capitalista respecto a la explotación y el poco tiempo libre que tienen las personas para poder desarrollarse. Las jornadas de trabajo deben ser de menos horas, en primer lugar, porque se debe apelar al derecho al ocio, a tener mucho más tiempo en el día para realizar otras actividades, para desarrollar habilidades humanas que hoy están negadas por no tener prácticamente nada de tiempo y gran parte de la vida pasarla en los lugares de trabajo; y no porque "así seremos más productivos" en función de las ganancias empresariales. El proyecto liderado por el PC tampoco responde al problema de la sobrecarga laboral, pues se haría el mismo trabajo, pero ahora en menos horas diarias, pudiendo así incluso aumentar el esfuerzo laboral y cansancio.
Respecto a la discusión de la jornada laboral, desde el Partido de Trabajadores Revolucionarios (PTR) se plantea la propuesta de una jornada laboral de 30 horas semanales, seis horas diarias y cinco días a la semana, sin rebaja de sueldo y exigiendo un sueldo mínimo acorde a la canasta familiar de $450.000, y repartiendo las horas entre ocupados y desocupados, para así poder combatir el problema del desempleo y de la sobrecarga laboral. Consideramos que una propuesta así permitiría tener mucho más tiempo libre en la vida diaria y darle la posibilidad de trabajar a personas que actualmente están cesantes.
Ahora bien, cualquier reducción de la jornada laboral para el conjunto de la clase trabajadora- incluso una propuesta de 40 horas semanales- implicaría la organización de un plan de lucha y movilización impulsado desde la CUT, centrales sindicales y organismos de las y los trabajadores, pues está más que claro que los empresarios y el Gobierno no aceptarán algo así. En este sentido, la estrategia de conciliación y de acuerdos de la "oposición", con partidos empresariales, que vienen impulsando desde el PC y el FA es totalmente estéril para conquistar una reducción de la jornada laboral para todas y todos los trabajadores y, sobre todo, para enfrentar seriamente la propuesta de reforma laboral del Gobierno.
Para frenar la reforma laboral precarizadora del Gobierno- y el conjunto de sus reformas estructurales- y enfrentar a la derecha, se requiere del impulso de movilizaciones que alcancen una fuerza material capaz de combatir los planes de la derecha y del gran empresariado. Es necesario que el PC y el FA- que dirigen organismos sindicales y movimientos sociales- rompan la tregua con el Gobierno y su alianza con partidos empresariales de la vieja Concertación, y pongan sus tribunas y organismos donde lideran en pos de convocar asambleas de base en los lugares de trabajo y de preparar un plan de lucha y paro nacional activo en rechazo a la reforma. Para realizar esto hay aliados en los cuales se puede confiar y luchar en común en las calles, como el movimiento estudiantil y movimiento de mujeres, junto a las y los jubilados y el movimiento No + AFP, con la juventud que hoy enfrenta ataques represivos por parte del Gobierno, y con esta fuerza frenar los ataques de la derecha. Esta es la alianza que necesitamos.
Bibliografía
Durán, G. y Narbona, K. (2014): “Otro año del Plan Laboral: no hay nada que festejar”.
López, A. (2013): “Desarticulación y resistencia. Movimiento obrero y sindicalismo en Dictadura. Chile y Argentina, 1973-1983”. Tesis para optar al grado de Magíster en Estudios Latinoamericanos, Universidad de Chile.
Piñera, J. (1990): La revolución laboral en Chile. Santiago, Chile: Zig-Zag.
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