Luego de su polémico fallo que favorecía a genocidas en 2017, la Corte Suprema decidió que el represor Rufino Batalla no recibirá el beneficio. Es uno de los asesinos de la hija de Estela Carlotto.
Lucho Aguilar @Lucho_Aguilar2
Martes 4 de diciembre de 2018 11:36
El debate por la impunidad de los genocidas tuvo un nuevo capítulo este martes. Con los votos de Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti, Elena Highton de Nolasco y Ricardo Lorenzetti, la Corte rechazó el beneficio del "2x1" para un genocida. A favor de Batalla votó el "supremo" Carlos Rosenkrantz. Así el tribunal tuvo que desandar su repudiada decisión de hace un año y medio.
En mayo de 2017, un fallo de los “jueces supremos” desató un amplio repudio popular y su consecuente crisis política. Fue cuando emitió un fallo que permitía al represor Luis Muiña gozar de los beneficios del “2x1”, un régimen penal que computa doble cada día de prisión preventiva sin condena.
Pero el “globo de ensayo” de la Corte no pasó la prueba de la realidad. La medida generó un inmediato repudio de organismos de derechos humanos, organizaciones políticas y sobre todo de la amplia mayoría de la población. Así se gestó una movilización multitudinaria que el 10 de mayo pobló las calles de la Ciudad de Buenos Aires. “No a la impunidad” fue el grito de cientos de miles, en todo el país.
Así fue que el gobierno, en acuerdo con la oposición tradicional, salió al "rescate de las instituciones". Impulsó la Ley N° 27.362, una ley interpretativa para excluir a los represores del beneficio. Se aprobó rápidamente en la sesión del 10 de mayo en el Congreso de la Nación, con el único voto en contra del salteño Alfredo Olmedo. Macri firmó el decreto que la promulgaba antes de emprender una gira por Asia.
La reacción había sido producto de la movilización popular, sin dudas. La Corte tuvo que dar cuenta del hecho y este martes se pudo conocer otro resultado de aquel masivo repudio.
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Se trata del caso de Rufino Batalla, agente civil en el Destacamento de Inteligencia del Ejército 101 que funcionó en La Plata, condenado a 13 años de prisión por su actuación en el centro clandestino La Cacha. Entre los crímenes que se le imputa está el de Laura Carlotto, la hija de la presidenta de Abuelas de Plaza de Mayo. Hace menos de un mes, el Tribunal Oral Federal (TOF) 1 de La Plata había dispuesto la excarcelación de Batalla, tras haber cumplido las dos terceras partes de su pena. Por eso, el represor esperó la noticia cómodamente en su casa de Formosa.
Si bien en marzo de este año la Corte, con los votos de Maqueda, Rosatti y Lorenzetti, emitieron un fallo en el que le negaban el beneficio a un represor condenado, habían aclarado que no era aplicable a otras causas.
Los jueces votaron de la siguiente manera: Juan Carlos Maqueda, Elena Highton de Nolasco, Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti votaron en contra del pedido de Batalla. Carlos Rosenkrantz mantuvo su postura, considerando que la ley 27.362 es inconstitucional.
En el fallo los jueces reconocieron las facultades del Congreso para sancionar la ley interpretativa que limitaba la aplicación del beneficio. En ese sentido la mayoría de los jueces planteó que la misma "no violenta el compromiso moral de juzgar a los intervinientes en esos crímenes (al referirse a los de lesa humanidad) bajo las reglas del Estado de Derecho, ni desconoce el compromiso internacional asumido en la materia". Aclara también que la ley "no priva a los encausados de un proceso imparcial (hecho que no se discute) ni ha modificado las condiciones -modo y forma- del juzgamiento". Además, con la excepción de Rosenkrantz, plantearon que "no resulta irrazonable coincidir con el legislador-intérprete en que las conductas criminales tipificadas como delitos de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra, según el derecho interno o internacional (…) constituyen fundamento suficiente para sustentar la imposibilidad de aplicar a sus autores (...) el beneficio del ’2x1’ en el cómputo solicitado".
La posición mayoritaria concluye que "la ley 27.362 no resulta discriminatoria ni estigmatizante con un sector de la población -vgr: el vasto colectivo "militares" o "fuerzas de seguridad"-, pues está dirigida al circunscripto núcleo de quienes cometieron los delitos más aberrantes que registre el comportamiento humano".
En cambio, el voto en disidencia de Rosenkrantz, insistió en que el criterio que debía aplicarse era el de "una ley penal intermedia más benigna". Además consideró como inconstitucional la ley en debate, afirmando que "el hecho de que la ley 27.362 haya sido la consecuencia de un gran consenso, y de que dicho consenso haya sido expresivo de una reacción ciudadana motivada por el ideal descripto, no implica, sin embargo, que sea constitucionalmente válida".
Carlos Rosenkrantz asumió el 1° de octubre como presidente de la Corte. En 2016 había sido nombrado a dedo por Macri y ante la polémica ratificado por el Senado junto a Horacio Rosatti. Antes había sido abogado de grandes empresas como el Grupo Clarín, YPF, Cablevisión, La Nación, Carbap y McDonald’s.
Aquí podés leer el fallo completo:
Fallo de la Corte Suprema: Batalla 2x1 by La Izquierda Diario on Scribd
Lucho Aguilar
Nacido en Entre Ríos en 1975. Es periodista. Miembro del Partido de los Trabajadores Socialistas desde 2001. Editor general de la sección Mundo Obrero de La Izquierda Diario.