Un día como hoy a tono con la política de exterminio de Roca, se inició la matanza a los Selk’nam. Empresarios extranjeros se adueñaron de grandes hectáreas para la cría lanar. La vigencia de un reclamo.
Jueves 25 de noviembre de 2021 00:00
Hace unos días, al sur de la provincia de Río Negro, dos personas que lograron eludir a las fuerzas policiales rionegrinas y a las federales enviadas por Alberto Fernández, asesinaron con un disparo en la cabeza a Elías Garay un joven mapuche. Uno de sus compañeros baleado en el abdomen lucha por su vida. Estaban reclamando en tierras fiscales sus derechos a la posesión y la propiedad que el Estado le niega (ley 26160), mientras crece el extractivismo y se protegen intereses de terratenientes locales y extranjeros.
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Hay un entramado de responsabilidades del Estado que pueden articularse en una misma lógica para beneficio de la propiedad capitalista. Históricamente, durante todo el siglo XIX, los estados provinciales impulsaron políticas indigenistas que consistieron en las llamadas campañas al desierto, militares, contra el malón y otros epítetos racistas. Desde la década de 1870 estás políticas fueron adquiriendo relevancia, apoyo político y económico con la finalidad de exterminar a los grupos étnicos que frenaban el “progreso” reflejado en el modelo agroexportador y el lugar que aún ocupa la Argentina como productora de materias primas. En este sentido, con el apoyo del Congreso nacional, Julio Argentino Roca logrará impulsar la llamada Conquista del Desierto entre 1878 y 1879, luego la tarea final de la “gesta civilizatoria” le correspondería a Lorenzo Vintter cuando Roca asuma la presidencia. De esta manera, se incorporó al dominio de los grupos terratenientes un importante circuito ganadero transcordillerano controlado hasta el momento por las etnias indígenas.
En el extremo más austral del territorio, Roca firmó un decreto en agosto de 1886 para la explotación argentina de la Isla de Tierra del Fuego. En este decreto se designó como jefe de la expedición a Ramón Lista quien fue acompañado por el monseñor José Fagnano, entre otros. Esta comitiva desembarcó el 25 de noviembre de 1886 en la bahía de San Sebastián y a tono con la política de exterminio de Roca, comenzó la matanza de 28 integrantes del grupo Selk’nam. Luego, empresarios extranjeros británicos y españoles se adueñaron de grandes hectáreas para la cría lanar. Terratenientes como José Menéndez y Mauricio Braun fundaron la Sociedad Rural de Tierra del Fuego.
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En el Gran Chaco hubo incursiones y operaciones militares, campañas sistemáticas a partir de 1884, que fueron masacrando, tomando cautivos y sometiendo a servidumbre a los pueblos de esta región. Durante el siglo XX las políticas represivas hacia los indígenas continuaron y marcaron una línea de continuidad que atravesó a los gobiernos radicales y peronistas. Sólo a modo de ejemplo, en 1924 bajo el gobierno del radical Alvear se produjo la matanza de Napalpí en Chaco. Allí fueron asesinados 200 indígenas que se negaron a seguir siendo explotados en las fincas de algodón de los grandes terratenientes. Durante el peronismo en 1947 los Pilagás fueron masacrados en Formosa por la Gendarmería Nacional mientras el entonces presidente, Juan Domingo Perón, daba un discurso en la Real Academia de Letras con motivo del 12 de Octubre de ese año, defendiendo la conquista y la avanzada española sobre territorio americano. Los Pilagás pedían el pago en tiempo y forma de su trabajo realizado en campos azucareros. La mayoría de ellos trabajaba en el Ingenio San Martín Tabacal conocido por los ritmos de explotación a los que eran sometidos por su dueño Patrón Costas. El pueblo Pilagá fue perseguido y masacrado en el transcurso de un mes en los alrededores del pueblo Las Lomitas. En ambos casos el Estado también es garante de la impunidad.
En las últimas décadas la defensa del territorio se constituyó como una demanda identitaria de los pueblos indígenas por varios motivos: recuperación de las tierras ancestrales, contra el avance del agronegocio, las petroleras y las mineras quienes avanzan sobre sus territorios con el aval de los gobiernos provinciales. Para que esto suceda, se van hilando lógicas discursivas tendientes a menospreciar a las comunidades indígenas: “los argentinos venimos de los barcos” mencionada por el actual presidente, pero también Macri y Fernández de Kirchner, o las frases contra los “mapuches terrorista de la RAM” de la ministra Bullrich que vociferan los medios hegemónicos de comunicación con total impunidad. También muchas otras impulsadas por los gobiernos provinciales, terratenientes, especuladores inmobiliarios y del turismo llenas de odio y racismo. Ideas arraigadas pero que se diluyen cuando se cuentan los asesinatos que viven cotidianamente las y los integrantes de las comunidades indígenas en conflicto.
Otro hilo del entramado es el legislativo. Este martes 23 una cantidad importante de referentes de organizaciones y comunidades indígenas se movilizaron al Congreso nacional, en reclamo de una prórroga de la Ley 26160 (2006) referida a la emergencia de en materia de posesión y propiedad de la tierra que tradicionalmente ocupan o de “Emergencia Territorial Indígena”. Además de repudiar el asesinato de Elías Garay, imcorporando en sus demandas basta de represión al pueblo mapuche.
Esta ley además de suspender los desalojos de las comunidades indígenas, cuestión que no sucede, establece un relevamiento de las tierras ocupadas como paso previo para que el Estado decida si otorga o no la propiedad a las comunidades. De esta manera se vulnera el artículo 75, inciso 17 incorporado en la reforma constitucional de 1994 que dice: “Reconocer la personería jurídica de sus comunidades y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan.
Regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano. Ninguna de ellas será enajenable, transmisible ni susceptible de gravámenes o embargo”.
Una ley a medias, que aún con sus limitaciones constituye para las comunidades originarias un freno relativo contra el avance de empresarios y terratenientes sobre sus tierras y que debe renovarse porque el mismo Estado y su organismo ejecutor, el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) no pueden garantizar el relevo total de las tierras que pertenecen a las comunidades indígenas. Como expresa la diputada provincial del FITU de Jujuy, Natalia Morales, el Estado está en la vereda de enfrente.
En provincias como Formosa, donde gobierna Gildo Insfrán y avanza sin freno el agronegocio, en quince años se relevó solamente a una comunidad indígena y siguen pendientes 159 sin relevar. En la Neuquén del fracking existen 41 comunidades a la espera, en la Chubut de la megaminería a cielo abierto sólo se relevaron 41 y 65 no fueron identificadas. En la Jujuy de Morales y la Salta de Sáez, donde se avanza con el extractivismo del litio en territorio indígena, quedan 70 y 214 respectivamente sin protección.
Sin embargo a espaldas de los reclamos indígenas de un tratamiento parlamentario de la Ley 26160 (se aprobó solo en la cámara de Senadores) el gobierno nacional abortó del debate y Fernández firmó un DNU que prorroga la ley hasta noviembre del 2025, porque reconoció que el reordenamiento territorial no está concluido. Un relevamiento que lleva 15 años aún sin completarse. Mientras se mantenga la prórroga, no se discute ningún proyecto que ponga de relieve la propiedad comunitaria de las tierras indígenas. Pero además, el Estado argentino fue condenado internacionalmente en el año 2020 por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, caso “Comunidades Indígenas miembros de la Asociación Lhaka Honhat”, por el que determina que “violó en perjuicio de las Comunidades Indígenas víctimas en este caso, el derecho de propiedad en relación con el derecho a contar con procedimientos adecuados y con las obligaciones de garantizar los derechos y adoptar disposiciones de derecho interno”. Asimismo, sostuvo que “el Estado no ha titulado la misma (las tierras) de forma adecuada, de modo de dotarla de seguridad jurídica. El territorio no se ha demarcado y subsiste la permanencia de terceros. Argentina, además, no cuenta con normativa adecuada para garantizar en forma suficiente el derecho de propiedad comunitaria”.
Por último y no menos importante es el no cumplimiento por parte del Estado del procedimiento de llevar a cabo el consentimiento, previo, libre e informado de las comunidades indígenas respecto a “terceros” como terratenientes y empresas (nacionales o extranjeras) que pretendan realizar explotaciones de recursos naturales. Sin olvidar que, por otro lado, es el Estado nacional y los provinciales los que otorgan regalías, autorizaciones y permisos para los usufructos en el suelo o subsuelo del territorio comunitario.
Hernán Perriere
Nació en Bahía Blanca, es historiador (UNS) y docente. Integra el PTS y colabora con la sección historia de La Izquierda Diario.