La discusión sobre los presos políticos de la rebelión sigue siendo un debate central y continuará en la palestra hasta que los presos no salgan en libertad, se les anulen las condenas, sentencias e injustos procesos que el Estado ha levantando en su contra para castigarlos sólo por el hecho de haber participado en la rebelión de octubre del 2019.

Dauno Tótoro Santiago
Viernes 20 de agosto de 2021
El miércoles 12 de agosto recién pasado se dio un paso importante en la tramitación de la Ley de Indulto General al ser aprobada la idea de legislar dicho proyecto en la Comisión de Constitución de la Cámara Alta. Esto quiere decir que ahora debe pasar a la Sala del Senado para que comience a discutirse el contenido. Pasa entonces a un momento clave: si se rechaza deberá esperar un año completo para que vuelva a presentarse un proyecto así.
La discusión sobre la Ley de Indulto ha tomado más peso luego de que la Convención Constitucional renunciara a la posibilidad de decretar la libertad de los presos de la rebelión, remitiéndose a una declaración en la que al mismo tiempo asumía su subordinación a los poderes del Estado.
En ese escenario cuando toma peso la lucha por el Indulto, se vuelven fundamentales dos lecciones que hay que sacar y marcar a fuego: no podemos confiar en los políticos tradicionales ni en la institucionalidad del Chile de los 30 años, y debemos depositar nuestra energía en fortalecer y ampliar el camino de la lucha y la movilización en las calles, única vía para conquistar la libertad y el Indulto para las y los presos políticos de la rebelión.
A su vez es necesario realizar un breve comentario sobre el contenido del Proyecto de Ley.
Ley de Indulto General: debates sobre su contenido
El proyecto de Ley de Indulto General ha suscitado diversos debates. Aquí buscamos referirnos a algunos de ellos, particularmente en el terreno de quiénes apostamos efectivamente por conquistar la libertad de los presos de la rebelión, ya que la discusión con la derecha y sectores de la ex Concertación que no reconocen la prisión política se ha desarrollado ampliamente y lo ganaremos con la lucha en las calles.
Un aspecto importante a señalar es que esta Ley de Indulto se presenta en realidad como una suerte de Amnistía, según señala el mismo proyecto ya que este: “…extiende la aplicación de este instrumento jurídico para lograr como efecto la extinción de la responsabilidad penal y la remisión de la pena, cuando corresponda, por los hechos delictivos que se enumeran en su artículo 1º y que hayan sido cometidos en el plazo que se señala, para que no generen responsabilidad alguna, en un sentido similar al efecto doctrinario atribuido a una amnistía donde se perdona el delito, la pena y sus efectos legales.”
Es decir, a diferencia de un Indulto “común” que sólo remitiría o conmutaría la Pena, este proyecto elimina también la responsabilidad penal. Pero, ¿En qué casos se aplica?
Según el propio proyecto el Indulto aplica para los hechos delictivos contenidos en los artículos “121, 126, 261, 262, 268 sexies, 268 septies, 269, 391 en grado de frustrado, 474 a 481, 484, numerales 1, 6, 7 y 8 del artículo 485, 486 y 487, numerales 1, 4 y 21 del artículo 495, numerales 1 y 5 del artículo 496; y los que queden comprendidos en las figuras del 449 ter, 449 quater y el inciso final del 450 del Código Penal” así como también el decreto 400 de la Ley de Control de Armas, los artículos 416 bis, 416 ter y 417 del Código de Justicia Militar y los casos los de la ley N° 12.927 sobre seguridad del Estado que estén contemplados dentro del período que integra la Ley de Indulto.
Según los datos que han entregado las mismas familias organizadas en la ANFAPP, Asamblea Nacional de Familiares de Presos Políticos de la Revuelta, la Ley beneficiaria a 806 presos y presas, condenados, en procesos abiertos o con medidas cautelares diversas. Estas cifras desmienten categóricamente a la Fiscalía y a los medios tradicionales que hablan maliciosamente, como La Tercera que en un artículo totalmente infame dice que sólo hay 5 presos en prisión preventiva por causas relacionadas con el estallido. Una total mentira que va muy en sintonía con la patética campaña de Teresa Marinovic que planteaba que no había presos políticos. Otra mentirosa serial.
Somos claros en plantear que nuestra pelea es porque se apruebe la Ley, confiando sólo en la lucha en las calles y en la organización, porque el proyecto concreto que hoy se está discutiendo, incluye a una gran cantidad de presos y presas de la rebelión y es también una enorme lucha que han dado una gran mayoría de familiares de presos y presas de la rebelión.
Ahora bien, el proyecto tiene algunos flancos débiles: sobre los plazos se abre un primer debate ya que plantea integrar todos esos casos anteriormente mencionados que hayan ocurrido entre el 7 de octubre del 2019 y el 9 de diciembre del 2020, que es la fecha de presentación del proyecto. Esto deja fuera algunos casos de prisión política. La lucha debe ser porque el Indulto contemple los casos desde el 7 de octubre hasta el día de su promulgación como ley, para no dejar fuera ningún caso relacionado con la rebelión popular y con el contexto político que la rebelión abrió.
Pero el artículo más contradictorio y la principal debilidad del proyecto es el número 5, el cual establece que “En el caso de las personas condenadas que cumplan con los requisitos para ser beneficiarias de la presente ley, corresponderá al tribunal competente que conoció de la respectiva causa, pronunciarse sobre el cumplimiento de las 11 condiciones establecidas en la presente ley, de oficio o a petición de parte y previa audiencia donde se conocerá la prueba que exige el artículo 3º.”
Este artículo plantea en los hechos que tendrán que ser los propios tribunales los que determinen caso a caso respecto a los condenados si es que son beneficiarios del Indulto. Es decir, el propio Poder Judicial que los condenó deberá dirimir si ahora podrán salir en libertad. No podemos confiar en los jueces ni en las instituciones de este régimen heredado de la dictadura militar.
En lugar de los tribunales, debería conformarse una comisión especial que analice caso a caso y disponga de la liberación de los presos políticos de la rebelión. Una comisión electa y compuesta por representantes de las y los familiares de los presos políticos de la rebelión, por las organizaciones de Derechos Humanos de ayer y de hoy y por profesionales de la confianza de las organizaciones de familiares. Que sea totalmente independiente a este gobierno y a los poderes que han maquinado para mantener la prisión política en Chile.
¡Hay que confiar en la fuerza de la movilización! ¡Aprobar Ley de Indulto General!
Apoyamos la Ley de Indulto y exigimos su aprobación de manera inmediata. El Parlamento no puede seguir dilatando y tramitando este proyecto. Pero no podemos confiar en los políticos tradicionales ni en sus instituciones.
No podemos esperar paciente e ingenuamente que los políticos tradicionales, los senadores como Ximena Rincón, Carolina Goic, Jorge Pizarro u otros aprueben la Ley e incluso amplíen las fechas que esta contempla. Hay que ponerlos entre la espada y la pared, y no dejarles alternativa más que aprobar la ley. Desenmascarar a los que tratan de engañar al pueblo, a los que tratan de aplazar la discusión y denunciar a aquellos que quieren tirar al piso el proyecto y mantener a los presos políticos encerrados en las cárceles del Estado.
Incluso si se aprueba el artículo número 5 habrá que, desde la calle y la lucha, doblarle la mano a los tribunales para que decreten la libertad de cada uno de los casos relacionados a la rebelión. No podemos ni confiar en ellos ni esperarlos pasivamente, porque sabemos que esos tribunales han sido una herramienta para criminalizar y encarcelar a quienes son parte de las luchas populares.
Para esto hay que fortalecer el camino y la perspectiva de la movilización. Exigiendo que se apruebe la Ley, porque cada día que Yasna Provoste (Presidenta del Senado) no pone en tabla en la Sala su tramitación, es un día más de sufrimiento para los presos y sus familias. Ya lo vimos con el primero retiro del 10% y el inmenso cacerolazo la noche previa a su votación: sin lucha en las calles no hay medida favorable al pueblo. Y con el Indulto los políticos tradicionales se resistirán incluso más que con aquel retiro, por lo que hay que poner más energías aún en fortalecer la lucha.
El 29 de agosto se ha convocado a una gran movilización a nivel nacional desde las familias para exigir la aprobación de la Ley de Indulto. Vimos como el 29 de julio recién pasado se desarrolló una importante marcha por la Alameda de Santiago y diversas movilizaciones en distintos puntos del país.
Estas convocatorias son puntos de apoyo de primer orden para retomar el camino de la lucha. El 29 de agosto debe convertirse en un puntapié inicial para avanzar a un plan de lucha por la aprobación de la Ley de Indulto y por la libertad de todos los presos políticos de la rebelión. En ese marco se vuelve fundamental la exigencia a los grandes sindicatos, a las centrales sindicales, a las federaciones estudiantiles y gremiales, a que se hagan parte de esta perspectiva, convocando a movilizaciones escalonadas con el horizonte de preparar un paro nacional activo por estas demandas.
Sólo a través de la lucha y sin confianza alguna en los políticos tradicionales es que conquistaremos la anhelada libertad.

Dauno Tótoro
Dirigente del Partido de Trabajadores Revolucionarios (Chile), y ex candidato a diputado por el Distrito 10.