Hablamos con Àlex Tisminezsky, abogado del Colectivo Ronda para dar a conocer la situación actual de las enfermedades profesionales, desde el punto de vista legal.
Ivan Vela @Ivan_Borvba
Martes 3 de enero de 2023
Para este dossier especial sobre las enfermedades profesionales, así como para dar a conocer las reivindicaciones de diferentes sectores y conseguir que sean declaradas patologías profesionales y no comunes, hemos querido hablar con Àlex Tisminezsky, y hacer presente desde un punto de vista legal toda esta situación.
¿Cómo está actualmente el panorama de las enfermedades laborales? ¿Cuál es el proceso porque se le reconoce a una trabajadora/trabajador una enfermedad profesional?
Actualmente hay una infra detección de enfermedades profesionales o accidentes de trabajo dentro del que es el sistema de invalidez. Hay muchas patologías que a pesar de vienen de una exposición a productos químicos, exposiciones a riesgos al trabajo o a cargas de trabajo, son declaradas comunes por el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social), la ICAM (Instituto Catalán de Evaluaciones Médicas), y sobre todo por las mutuas.
Estas tienen una voluntad ya declarada de intentar que el máximo de patologías sean declaradas comunes a pesar de sean claramente profesionales. Este es el primer problema que encontramos de hecho, que a pesar de muchas enfermedades tendrían que ser jurídicamente declaradas enfermedades profesionales, son declaradas enfermedades comunes y quedan como si vinieran de la vida personal de los trabajadores. A pesar de que, como decimos, han sido provocadas por el trabajo.
¿Cómo se integran o se reconocen nuevas enfermedades profesionales ligadas a sectores específicos?
El primer problema que se encuentra el trabajador se que la mutua pide un parte de accidente de trabajo. Claro, aquí llega el primer problema puesto que muchas empresas no quieren que se declare una baja o una malatia como malatia profesional, y deniegan a los trabajadores este comunicado inicial.
Después, además, y haya o no este comunicado por parte de la empresa, las mutuas son muy poco inclinadas al reconocimiento de enfermedades profesionales a los puestos de trabajo. Así, en muchas ocasiones en que nuevas patologías su claramente profesionales, las mutuas las declaran como comunes.
Una vez que el trabajador se encuentra en la situación en la que la empresa o la mutua le niegan el acceso a la baja profesional, el trabajador va al médico de cabecera, coge la baja, o incluso una baja de larga duración, pero declarada como común, a pesar de ser profesional.
Después, se entra en un proceso denominando ‘Cambio de contingencia’, en el cual se pide al Tribunal Médico que detemini la naturaleza de la patología. Este procedimiento administrativo bote, incluso, llegar a juicio. Es un procedimiento largo, de uno o dos años de proceso administrativo o judicial. Pero seguimos encontrándonos con las trabas de que muchas patologías claramente profesionales son declaradas comunes. Por ejemplo, las epicondilitis o síntoma del túnel carpiano de las trabajadoras de la limpieza, de Las Kellys.
Estas trabajadoras tienen en muchas ocasiones este síntoma, y las mutuas deniegan sistemáticamente declararla como enfermedad profesional.
Obligan a estas trabajadoras a hacer procesos administrativos que son muy largos, y que sí, a veces se consigue. Pero en muchos casos no se hacen, tanto porque no pueden, como por desconocimiento. Y con este largo camino consiguen que muchas enfermedades profesionales queden no declaradas como tal.
Ahora que hablas de Las Kellys y el calvario que sufren cada vez que quieren que se les reconozca una lesión o enfermedad como enfermedad profesional. ¿Cuál es el papel de las mutuas en todo este proceso?
Las mutuas tienen un papel clave en todo el sistema de la cobertura de contingencias tan comunes como profesionales. Las mutuas hacen un intento reiterado de ocultar las enfermedades profesionales. Es decir, tienen un papel clave en la infradetección de estas enfermedades.
Muchos trabajadores van a la mutua y esta los envían a la Seguridad Social. Si este trabajador no hace ningún procedimiento administrativo o judicial, aquella baja o aquella posible invalidez siempre quedará como común y la mutua no lo asumirá. Esto hará que la mutua tenga más beneficios y las empresas tengan menos reconocimiento de enfermedades profesionales. Y esto será a expensas del trabajador, que tendrá menos derechos para ser una enfermedad común y no profesional.
Esta es la situación. Como que la mutua no la reconoce, la única opción que tiene es coger una baja como enfermedad común con el médico de cabecera, y presentar el cambio de contingencia del que hablábamos antes. Cómo explicaba, en este punto el ICAM, decidirá si aquella baja es finalmente reconocida como enfermedad profesional o se mantendrá como común, como dice la mutua.
Ya hemos dicho que este procedimiento puede durar un año o dos, y desgraciadamente se la única opción legal que tiene el trabajador.
También hay la opción de hacer presión sindical, con manifestaciones, movilizaciones y protestas para hacer verle a la mutua que al final defienden los intereses de la empresa, que es una mutua patronal y que se tienen que reconocer estas enfermedades como profesionales.
¿Y por parte de las empresas, qué irregularidades encontramos?
La principal se que las empresas no hacen el parte de accidente de trabajo a pesar de ha sido un accidente claramente de trabajo. Es el típico caso de un trabajador que se hace daño levantando cajas, por un trabajo repetitivo, con carga. Pero la empresa no envía el comunicado por no reconocer que es un accidente laboral, todo porque le puede llevar perjuicios económicos. Y sin este comunicado, la mutua no reconoce el accidente laboral.
La segunda, es que ante accidentes muy graves, las empresas los declaran como leves en sus partes de accidente de trabajo. ¿Y esto? Es para evitar que si se declara grave o muy grave, Inspección de Trabajo haga una inspección e informe en 24 horas. Para evitar que la inspección venga tan rápido o de forma automática, o que incluso no vengan, muchos accidentes graves o muy graves son declarados como leves de forma reiterada.
Muchas vagadas las infracciones más graves son también en materia preventiva: no hacer una evaluación de riesgos correcta, no tener en buenas condiciones la maquinaria, trabajos a un ritmo que no se tendría que hacer. Todo esto provoca enfermedades profesionales que muchas veces serían evitables.
Qué herramientas tenemos los trabajadores y trabajadoras para evitar este lío burocrático entre empresa, mutua y seguridad social?
Hay una herramienta administrativa y jurídica que se el ‘Cambio de contingencias’. Esta sería una. La que dice que si no se reconoce por la vía administrativa, puede pasar a la vía judicial. La segunda sería la sindical. Y la tercera legislativa, intentar hacer unas normas cada vez más claras para evitar que las mutuas puedan pendre estas decisiones.
El ejemplo más dramatic, por ejemplo. Las Kellys llevaban mucho tiempo luchando y reclamando que unas patoligies como las tendinitis o la epicondilitis fueran reconocidas como enfermedades profesionales, hasta que el agosto pasado el gobierno central reconoció estas enfermedades como profesionales. Hizo una nota de prensa, envió una carta a las mutuas, pero no cambió la ley. Claro, en no cambiar la ley en el Real Decreto de enfermedades profesionales, las mutuas siguen como si nada, no tienen porque cambiar nada.
¿Cuál sería la principal batalla que se tiene que dar para acabar con esta situación generalizada en el mundo laboral?
La principal batalla es sindical, puesto que a pesar de hay una legislación de prevención de riesgos que tiene partes que pueden ser muy aprovechables, la ley de 1995 no ha entrado a muchas empresas. Entonces no se cumplen las evaluaciones de riesgos correctos, la vigilancia de salud, las adecuaciones de los puestos de trabajo. Es decir, las acciones preventivas por parte de la empresa.
Y esto muchas veces solo se consigue con un sindicato fuerte, que haga ver a la empresa que son importantes, no solamente sus beneficios empresariales, sino también la salud laboral de sus trabajadores.