Califican postura del oficialismo, que someterá a discusión este aspecto, como desconocimiento o una mala intención de desconocer la presencia de un pueblo existente en Chile desde antes de la fundación del Estado.
Viernes 11 de diciembre de 2020
El reconocimiento cultural y político de los pueblos originarios corre paralelo en cuanto a avances sociales e institucionales, pero constitucionalmente parece encontrar nuevas trabas. En abril de 2019, se le otorgaba reconocimiento al pueblo tribal afrodescendiente (ligado a la diáspora forzada del esclavismo europeo de hace más de dos siglos) y en septiembre de este año, el pueblo pescador chango también alcanzaba ese estatus.
En cuanto a su participación en los escaños reservados para ser parte de los 155 cupos de la convención constitucional, la Comisión Mixta del Senado acordó 17 puestos para los pueblos originarios, poco después de que la Ministra de Desarrollo Social, Karla Rubilar, planteara la serie de “complicaciones” que impide la participación de los afrodescendientes en este hito al considerárseles: “No indígenas propiamente tal, sino que un pueblo tribal, que está sin Censo, no sabemos cuántos son, no tenemos registros, no tenemos capacidad de calificarlos propiamente tal y tenemos un sin número de complicaciones”. Complicaciones que, esperan zanjarse con una votación separada para considerar ese cupo que ha sido vinculado más a una cuestión migrante que endémica.
Junto con manifestarse optimista por la representación indígena a votarse, el antropólogo Luis Campos se declara sorprendido por el nivel de desconocimiento o de malintención, sea cual sea el caso, dice. “Estamos ante un problema muy serio si es que el propio Estado no conoce o no entiende lo que sucede dentro de su política pública. Es inentendible que el oficialismo y la derecha chilena argumente una falta de institucionalidad acerca del pueblo afrodescendiente para sostener estas acciones, cuando existen por lo menos 40 y 50 iniciativas donde sí se los considera como variables de centros de salud, la encuesta CASEN, informes estadísticos del INE, catastros de la Municipalidad de Arica, fondos e iniciativas del Ministerio de las Culturas y el Ministerio de la Vivienda que los incorpora como beneficiarios al menos desde el año 2002”, explica el investigador de la Universidad Academia de Humanismo Cristiano.
Un derecho de preexistencia
Agrega que existen profundas investigaciones nacionales e internacionales sobre el tema que dan cuenta de ese reconocimiento a nivel institucional, no sólo por parte de universidades nacionales sino internacionales. “Si bien la definición de 17 escaños para pueblos originarios dentro de los 155 convencionales es un reconocimiento en justicia, lo ideal habría sido que fuesen puestos supernumerarios y están dejando a votación la participación de los afrodescendientes, lo cual quiere decir que, si bien se está avanzando, por un lado, por otro no podemos estar satisfechos mientras opere también el desconocimiento y exclusión arbitraria. Algo inaceptable y basado en argumentos absurdos”, cree y sostiene como inentendible que este racismo estructural sea algo transversal y plantee que la encrucijada del pueblo afrodescendiente se resuelva vinculándola con la migración. “Lo esencial aquí es que el pueblo afrodescendiente es, en el territorio incluso, anterior a la creación del Estado Nación chileno y tienen derechos de preexistencia como cualquier otro pueblo originario”, reflexiona.