×
×
Red Internacional
lid bot

Corte Suprema. Apartado A y B del 123: una trampa contra los trabajadores

La Suprema Corte de Justicia de la Nación está a punto de resolver una jurisprudencia en la que reubicaría a los trabajadores de organismos descentralizados, del apartado A al apartado B de la Constitución, lo que en los hechos significaría la pérdida de derechos laborales, es decir, mayor precarización.

Jueves 8 de abril de 2021

En días recientes se dio a conocer que las y los trabajadores de los organismos descentralizados de la administración pública federal que se rigen por el artículo 123, apartado A de la constitución mexicana, podrían pasar a ser regulados por el apartado B de la misma norma en virtud de una jurisprudencia del 2020 de la Suprema Corte.

Ante esto, han surgido voces de inconformidad, pues los empleados señalaron que pueden perder sus derechos, ya que se abre la posibilidad de que su status jurídico pasé al de trabajadores de confianza, lo cual implica inestabilidad en el empleo, prohibición legal de afiliarse a un sindicato, de contratación colectiva, así como de derecho a huelga. Además de que sus salarios y prestaciones quedarían sujetos a la voluntad patronal.

Una característica del apartado A es el derecho de negociar Contratos Colectivos de Trabajo que, en el caso del apartado B, es vetado por completo, pues sólo se pueden establecer Condiciones Generales de Trabajo que son impuestas por la patronal.

Es importante observar que, la propia Constitución, impone un acto violatorio de los derechos humanos laborales, cuando divide a los trabajadores que laboran para el Estado en dos apartados, el A y el B. Esta separación también otorga derechos diferentes dependiendo a qué apartado se esté adscrito, generando así trabajadores de primera y de segunda.

Por sólo poner un ejemplo: en el caso que surja un conflicto laboral entre un trabajador y el poder judicial o un órgano desconcentrado, la huelga, en los hechos, está prohibida, mientras que los del apartado A si tienen dicho derecho de forma explícita, contradicción que puede darse entre trabajadores de un mismo sector y con idénticas demandas para declarar la huelga.

Como se ve claramente, esta es una división artificial, pues al final de cuentas todas y todos los trabajadores tiene derechos iguales, necesidades similares y un mismo patrón: El Estado.

El objetivo no declarado es dividir a los trabajadores, creando consciencias individualistas respecto a sus de sus compañeros de clase. Igualmente, al dirigir a los empleados a instancias jurídicas diferentes, lo que se hace es fragmentar la fuerza de los asalariados. Aquí aplica perfectamente el viejo adagio que dice “divide y vencerás”.

La salida es que absolutamente todas y todos los que trabajan para vivir gocen de los mismos derechos, sin excepción alguna. Cuando se le niegan derechos a unos y se les otorga a otros, es una forma política que usan las patronales, tanto pública como privadas, para controlar a los trabajadores, pues se puede chantajear, amenazar o cooptar a cambio de obtener, o no perder, derechos laborales individuales.

Este es solo un ejemplo, con el que podemos comprender que la justicia está pensada y se desarrolla en función de los intereses de la clase que hoy, posee todas las riquezas, y por ello, las leyes se crean y/o modifican en el mismo sentido.

Por ello, para reconquistar los derechos que nos fueron arrebatados y obtener mayores, necesitamos recuperar nuestros sindicatos, echando a las dirigencias charras y convirtiéndolos en verdaderas herramientas de lucha con las que sería posible imponer a las patronales, al estado y su justicia, derechos para la inmensa mayoría de mujeres y hombres mexicanos que padecemos la precariedad laboral y no contamos con una organización sindical para enfrentarlos, pues esta enorme masa de seres humanos representamos más del 80% de la fuerza laboral, y somos quienes realmente generamos las riquezas del país.