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Red Internacional
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La Plata. Brigada de San Justo: piden absoluciones a genocidas con argumentos irrisorios y falaces

En la mañana del miércoles se reanudaron las audiencias en forma virtual en el juicio por los delitos de lesa humanidad perpetrados en el Centro Clandestino de Detención que funcionó en la Brigada de Investigaciones de San Justo.

Jueves 30 de julio de 2020 20:34

El 11 de marzo había sido la última audiencia en este juicio en la que se habían comenzado a exponer los alegatos de la defensa. El miércoles se reanudaron luego del comienzo del aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el gobierno nacional.

Comenzó haciendo uso de la palabra la Dra Ana Gil, defensora oficial de los imputados Balmaceda, Di Pasquale, Herrero Anzorena, Hidalgo Garzón, Romero Pavón, Menichini, Boan, Carreras, Smart, Etchecolatz y Fernández. La misma negó que sus defendidos hayan sido responsables del delito de genocidio, además de poner en duda las pruebas presentadas durante las audiencias que se llevan a cabo desde hace dos años.

“Yo no fui”, artilugio de la defensa

Luego tomó la palabra el abogado defensor Adriano Liva, quien negó que su defendido, Alejandro Alberto Menichini haya conocido a las personas “que se dicen víctimas en este proceso”, sostuvo que nunca impartió órdenes en el sentido de colaborar con los hechos “que se dicen haber producido” ventilados en este juicio y tomando un fragmento del testimonio de su defendido “aseguró que nada tiene que ver con las privaciones ilegítimas de la libertad, torturas, desapariciones, abusos sexuales y homicidios” que se le endilgan.

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Lo mencionado en el párrafo precedente además de no poder probarse en absoluto, resulta al menos sospechoso por el rol que desempeñó el imputado en cuestión. De esta manera, desplegando una muestra cabal de impunidad, quien fuera Jefe de la Brigada de San Justo durante un período entre 1976 y 1977, a través de uno de sus defensores oficiales, niega todas las acusaciones sin más.

Uno de los argumentos esgrimidos es que ni él ni sus subordinados fueron reconocidos en ninguna fotografía. Otra de las explicaciones presentadas fue haber sido relevado de la función de jefe ya que no contaba con la confianza de sus superiores. Ninguna de las dos cuestiones conducen, como pretende el doctor Liva, a sostener la inocencia de su defendido. Agrega además que fue perjudicado en su carrera precisamente por no haber prestado colaboración con los supuestos hechos con los que se pretende enrostrarle responsabilidad penal.

Luego se refirió a la situación del imputado Héctor Horacio Carreras. Citando fragmentos del testimonio que su defendido prestó en noviembre pasado, sostuvo lo mismo que en el caso de Menichini: desconocer a las personas que se consideran víctimas y que es absolutamente ajeno a los delitos de privación ilegal de la libertad, torturas, tormentos, homicidios y abusos sexuales que se le atribuyen.

De una manera que representa una burla para les familiares de las víctimas y les sobrevivientes sostuvo que el mismo cumplía tareas de limpieza y de correo y que solo recién a mediados del año 1977 le asignaron el grado de agente, adquiriendo estado policial. Sostuvo que conoció grupos de trabajo integrado por personal policial dedicados a la prevención de robos y hurtos y otros por faltas con quienes tenía trato. Otro de los argumentos presentados en el intento de acreditar su inocencia fue que nunca fue felicitado por su desempeño, sino por el contrario, fue sancionado por falta de disciplina. Para culminar el abogado citó del propio testimonio de Carreras que seguramente lo encontraron parecido a alguien y por ese error está siendo imputado.

En relación a su otro defendido, Rubén Alfredo Boan, citando también su propia declaración, sostuvo que durante el período en el que se desempeñó en la Brigada de Investigación de San Justo realizaba también tareas de correo. Que luego trabajó en el área de delitos económicos y otros vinculados a piratas del asfalto, en esta última desempeñándose como chofer. Negó además que desempeñara tareas en relación a lo que llamaba la policía “delitos ideológicos” además de expresar que era un simple joven agente en la etapa que corresponde a este juicio.

Para concluir el defensor oficial Liva sostuvo que sus defendidos Boan y Carreras no son los jefes a los que les sobrevivientes mencionan a lo largo de las audiencias de este juicio y que toda la causa está plagada de orfandad probatoria.

En relación a Miguel Osvaldo Etchecolatz argumentó que el mismo fue ya condenado por los hechos que se juzgan en esta causa en una anterior, la 44/85, conocida como “Circuito Camps”, desconociendo que hay otros delitos que se ventilaron en las audiencias de esta causa que no fueron parte de aquel proceso.

Genocidas pobres, viejos y vulnerados, según la defensora oficial

A continuación presentó el alegato Ana Gil, la defensora oficial de los mismos imputados, quien, en el nombre del resguardo de la Constitución, hizo hincapié en que los mismos están en una edad avanzada de la vida y que se vulnera el principio de igualad ante la ley porque se diferencia entre el goce o no de un derecho -el de la prisión domiciliaria - de acuerdo a la condena.
Además defendió los intereses económicos de los genocidas acusados en esta causa al plantear la inconstitucionalidad del pedido de las querellas para que no cobren sus jubilaciones de privilegio, argumentado que se extendería un sufrimiento ilegítimo a su cónyuge y a su entorno, y que el derecho a la seguridad social y a la jubilación “por todos los años de trabajo” no se debe suprimir.

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En otra afirmación que una vez más parece una burla no solo a las víctimas sobrevivientes y familiares, sino a las y los millones de trabajadores y sectores populares que están viviendo bajo la línea de pobreza en esta crisis social profundizada por la pandemia, la letrada sostuvo: “Con este pedido resguardamos la constitución porque se infligiría otros sufrimientos, además de la pena una sanción económica en el caso de arribar a una condena. Es un sufrimiento ilegítimo derivado a la afectación a su derecho alimentario y sus derechos civiles. Es una medida confiscatoria que enriquecería al estado a costa del empobrecimiento de nuestros asistidos”.

Citando a pensadores de la sociología y la filosofía redundó mucho en la supuesta “vulneración de derechos” de los imputados quienes son “seres despojados de autonomía”. Al ser personas de avanzada edad, Gil manifestó que las condenas podrían significar que mueran privados de su libertad, lo que calificó como violatorio del “principio de humanidad” y afirmó que “es cruel toda pena que condene por el resto de su vida, hasta la muerte de la persona, la convierte en una persona de menor categoría, como persona “descartable”. Además de preocuparse porque “genera graves trastornos de personalidad”.

Citando al jurista Eugenio Raúl Zaffaroni, sostuvo que “toda pena debe tener un límite temporal en un estado de derecho, sino se genera una muerte civil”. Así mismo se explayó en la importancia de la resocialización de la pena ya que si la sanción no está orientada a esto pierde legitimidad. Según ella, entonces es apropiado mantener la prisión domiciliaria ya que es una modalidad del cumplimiento de la pena que no implica riesgos porque no hay peligro procesal.

Por otro lado señaló la importancia de que se mantenga el estado de inocencia de los defendidos hasta tanto una condena adquiera firmeza. Una vez más mencionó la presunción de debilitamiento de la salud para dejarles un claro mensaje a los jueces de que eviten que la sanción a aplicar se convierta en una pena cruel, citando una vez más a Zaffaroni, la proscripción de la crueldad y el derecho internacional humanitario.

Por último manifestó su preocupación de que la perspectiva de vida se reduce en las cárceles y que no se encuentran preparadas para recibirlos. “Lo que se vive en los últimos meses da cuenta de esto” señaló sin referirse a la enorme cantidad de personas privadas de su libertad sin sentencia y en condiciones inhumanas agravadas por la pandemia y la falta de elementos de cuidados, sino a los genocidas que, los pocos que están presos, están en cárceles vip.

Pedido de absolución, pedido de impunidad

Ambes abogades defensores solicitan la absolución de los imputados a quienes representan. En esta audiencia quedó demostrado cómo la defensa oficial busca todo artilugio en la búsqueda de la impunidad para responsables de crímenes aberrantes que conforman el delito de genocidio. Genocidio de clase llevado adelante por todas las fuerzas represivas del Estado que hoy quieren presentarse como diferentes y a las que se les está otorgando un rol protagónico en la crisis social, económica y sanitaria que estamos atravesando y que está dejando cientos de muertes por gatillo fácil, tormentos, abusos sexuales y la desaparición de Facundo Astudillo Castro.

En la próxima audiencia que se realizará el miércoles 5 de agosto a las 10 hs continuarán los alegatos de la defensa. La misma será nuevamente transmitida mediante la red social Twitter en la cuenta de @TOF1LaPlata Juicio San Justo y por la web del Centro de Información Judicial (CIJ - www.cij.gob.ar).
Desde el CeProDH, integrante de la querella de Justicia Ya! convocamos a acompañar el juicio y a seguir peleando contra la impunidad de ayer y de hoy.

Seguí la cobertura del Juicio por la Brigada de San Justo