El próximo día 13 de septiembre de 2023 CGT Sanidad convoca una concentración en la Ciudad de la Justicia de Zaragoza para denunciar la situación que atraviesan las personas trabajadoras de la Sanidad afectadas por Covid 19. Ese día se va a celebrar el juicio donde se debe determinar el origen laboral del contagio de SARS– CoV 2, sufrido por Yolanda Lorente, Celadora del Servicio Aragonés de Salud (SALUD).
Lunes 11 de septiembre de 2023
Reproducimos a continuación el comunicado íntegro del sindicato de Sanidad e Higiene de CGT en Zaragoza.
El próximo día 13 de septiembre de 2023 nos vamos a concentrar en la Ciudad de la Justicia de Zaragoza para denunciar la situación que atraviesan las personas trabajadoras de la Sanidad afectadas por Covid 19. Ese día se va a celebrar el juicio donde se debe determinar el origen laboral del contagio de SARS– CoV 2, sufrido por Yolanda Lorente, Celadora del Servicio Aragonés de Salud (SALUD).
CGT SANIDAD denuncia una vez más que se está vulnerando de forma obscena la legislación vigente con las trabajadoras sanitarias y socio-sanitarias que se han contagiado por SARS-CoV- 2, mientras ejercían su profesión, sin que se adoptaran medidas adecuadas de protección, continuando hasta la actualidad ese déficit preventivo.
Tras muchas movilizaciones, se logró que, en febrero de 2021 se reconociera como enfermedad profesional el contagio por el virus SARS-COV- 2, sufrido por el personal sanitario y socio-sanitario.
Sin embargo, el art.6 Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero, por el que se reguló esa especial presunción de laboralidad sigue sin ejecutarse. El SALUD no está dando cumplimiento a lo allí dispuesto, que dice así:
“1. El personal que preste servicios en centros sanitarios y socio-sanitarios inscritos en los registros correspondientes que, en el ejercicio de su profesión, durante la prestación de servicios sanitarios o socio-sanitarios, haya contraído el virus SARS-CoV- 2, dentro del periodo comprendido desde la declaración de la pandemia internacional por la Organización Mundial de la Salud hasta el levantamiento por las autoridades sanitarias de todas las medidas de prevención adoptadas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el mencionado virus SARS-CoV-2, tendrá las mismas prestaciones que el sistema de la Seguridad Social otorga a las personas que se ven afectadas por una enfermedad profesional.
“2. Los servicios de prevención de riesgos laborales deberán emitir el correspondiente informe donde se haga constar que en el ejercicio de su profesión ha estado expuesto al virus SARS-CoV-2 por la prestación de servicios sanitarios o socio-sanitarios.”
3. Una vez acreditado el contagio del virus en el ámbito temporal establecido en el apartado 1, y aportado el informe previsto en el apartado 2, se presumirá, en todo caso, que el contagio se ha producido en el ejercicio de su profesión en la prestación de servicios sanitarios o socio-sanitarios.”
A fecha de hoy, el Servicio de Prevención del SALUD no está emitiendo el correspondiente informe que acredite la exposición al contagio del personal sanitario o socio-sanitario, lo que impide el reconocimiento de oficio de la enfermedad profesional o a través de una solicitud de determinación de contingencia. La inexistencia de dicho documento conlleva que de forma sistemática el INSS desestime todas las reclamaciones de consideración de contingencia.
profesional que se efectúan ante dicho organismo. Así ha sucedido con Yolanda Lorente, la cual ha tenido que recurrir a la vía judicial para exigir el cumplimiento de la legalidad vigente.
La ley obliga a la colaboración entre las administraciones públicas, por lo que el INSS no puede eludir su responsabilidad de exigir que el SALUD acate la norma y que su servicio de prevención elabore el preceptivo informe.
Las consecuencias del reconocimiento de la enfermedad profesional abarcan no solo a la prestación económica en la situación de incapacidad temporal y permanente, sino también a la atención social y sanitaria que tiene carácter vitalicio.
CGT SANIDAD exige no solo que se cumpla el artículo 6 del RD, sino que el contagio por el virus SARS-CoV-2 como enfermedad profesional, no quede acotado a la duración de la pandemia, incorporándose al listado de enfermedades profesionales del RD 1299/2006, para que cualquier sanitaria o socio-sanitaria que en un futuro se vea afectada por dicho contagio, siga teniendo la misma protección.
CGT SANIDAD exige que ese reconocimiento de enfermedad profesional se extienda a todas las personas que trabajan en las instalaciones sanitarias o socio-sanitarias o al servicio de ellas, independientemente de su relación laboral o contractual. Las compañeras de las contratas de limpieza o de las ambulancias no pueden quedar ni discriminadas ni desprotegidas.
CGT SANIDAD exige que el SALUD y el INSS se rijan por un criterio justo, no economicista ni restrictivo de derechos, respetando la legalidad vigente. Por la justicia social y la dignidad de las personas trabajadoras enfermas.
Porque todas somos Yolanda Lorente, convocamos a las personas trabajadoras y ciudadanía en general a las 9.00 horas del 13 de septiembre en la Ciudad de la Justicia de Zaragoza ante el Edificio Vidal de Canellas.