Según la última encuesta Casen del año 2013, la brecha salarial aumentó a un promedio de 125 mil pesos. Este aumento encuentra su causal directa en la diferencia con la que aumentaron los salarios divididos por género: el salario promedio de los hombres aumentó de de $ 400. 967 a $469.107, mientras que las mujeres pasaron de $300.692 a $344.021.
Martes 19 de mayo de 2015
La llamada brecha salarial es una de las discriminaciones laborales más antiguas que existe, atribuida a nuestra condición de mujer y al conflicto que nos genera la doble jornada laboral que cumplimos en el trabajo y la casa. La clase empresarial se ha visto muy favorecida abaratando el costo de nuestra mano de obra.
La antigua consigna de a igual trabajo, igual salario hoy adquiere múltiples formas, ya que la problemática se ha complejizado a medida que la economía ha adquirido nuevas características en la era de la globalización y el neoliberalismo, sobre todo en países latinoamericanos en los que este sistema económico fue instaurado muchas veces con dictadura.
Además de la discriminación directa que se percibe en una empresa por el mismo trabajo, en el mismo puesto y con las mismas responsabilidades, las mujeres perciben menos salario; por otra parte existe existe la llamada “segmentación horizontal” que consiste en que las mujeres actualmente se están concentrando en los sectores de la economía con remuneraciones más bajas y con menos niveles de estabilidad; tal como lo indica la Encuesta Laboral Encla (2008) y como ocurre en otras partes, las asalariadas del sector privado están fuertemente ubicadas en tres ramas de actividad: Servicios Sociales y de Salud (64,4%), Enseñanza (63%) e Intermediación Financiera (64,4%).
Si bien en los años sesenta las mujeres ganábamos la mitad de lo que ganaba un hombre, hoy esta realidad se consolida, y a pesar de haber avanzado en términos cuantitativos (las cifras de la brecha salarial se han acortado) en términos cualitativos nos acercamos a un punto de inflexión, pues la diferencia entre el número de mujeres que ha ingresado al mundo del trabajo es inmensamente superior al de los años sesenta: la entrada masiva de las mujeres al mundo laboral coincide con la extensión a nivel planetario del trabajo flexibilizado y precario.
Puede señalarse también que la variante de género se hace más evidente a medida que aumentan los niveles de ingreso, en los quintiles más altos la diferencia es más patente. Por otra parte, la brecha salarial varía significativamente entre las distintas ramas de producción “siendo más amplia (28.5%) en el sector de Servicios Comunales y Sociales, rama de alto empleo y donde existe una importante participación de mujeres. Sigue el sector de Electricidad, Gas y Agua (27,2%), que tiene muy bajo empleo; y, en tercer lugar, el Comercio (24,7%), que concentra también una alta proporción de mujeres” (Estudio del Sernam, año 2008).
Los pilares culturales que posibilitan esta discriminación salarial guardan relación con la manera en que la sociedad le atribuye a mujeres y a hombres labores predeterminadas según su sexo o género y les asigna a cada labor un valor social distinto, esta asignación de valor no tiene otra explicación que la subordinación de lo considerado “femenino” bajo lo considerado “masculino”. Esta amarga tradición es más antigua de lo que podemos imaginar, pues, siguiendo el análisis de los precursores del pensamiento marxista, se origina hace miles de años con el surgimiento de la llamada sociedad patriarcal, una derrota histórica del sexo femenino en el desarrollo económico de las sociedades, cuando estas pasaban de ser comunitarias y de producir y distribuir a todos por igual a ser sociedades basadas en la “propiedad privada”, coincidiendo así el surgimiento de la explotación de unos seres humanos sobre otros con la dominación de los hombres sobre las mujeres; no profundizaremos más en esto, pues es harina de otro costal para efectos de esta nota, pero dejamos abiertas las inquietudes al respecto.
Actualidad.
Actualmente el código laboral considera la llamada Ley 20348 -una ley relativamente reciente- si bien esta ley habla del derecho de la mujer a no ser discriminada salarialmente, siguiendo los preceptos emanados de la OIT o también sobre los mecanismos de acción y los plazos del empleador para hacerse cargo tanto en el conducto de tutela laboral como ante los Tribunales de Justicia, tiene la gran falencia de contemplar solo la discriminación salarial sobre un mismo trabajo (una interpretación del parlamento chileno al estilo Penta-Soquimich) lo que dejó absolutamente fuera cualquier discusión sobre lo que más arriba describíamos como segmentación horizontal o discriminación horizontal, que es la médula del trabajo precario en Chile, y, por ende, uno de los pilares intocables que la Dictadura dejó en materia laboral.
Como bien hemos visto, una ley no otorga un derecho y escasamente puede garantizarlo hasta el final, pues aún con la Ley la brecha ha aumentado en un 25% respecto del año 2011 y las mujeres seguimos engrosando las filas del trabajo precario.