El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Resistencia condenó hoy a penas de entre 9 y 18 años de prisión a nueve exmilitares y expolicías en la causa denominada "Conscriptos". La sentencia fue la primera en la provincia de Chaco en determinar a los crímenes de la dictadura como el segundo genocidio ocurrido en el país, entre los años 1974 y 1983.
Viernes 1ro de julio de 2022 20:41
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Resistencia condenó hoy a penas de entre 9 y 18 años de prisión a nueve exmilitares y expolicías por la privación ilegal de la libertad agravada y la aplicación de tormentos contra cinco víctimas sobrevivientes, entre ellas dos soldados conscriptos. En esta causa se juzgaron crímenes cometidos en la Brigada de Investigaciones de la Policía de Chaco y la Alcaidía policial entre 1974 y 1979.
Este fallo es el primero en la provincia en definir a los crímenes de la dictadura como "genocidio", constituyendo el segundo ocurrido en el país, luego de la Masacre de Napalpí de 1924, que fue definida como “proceso de genocidio” dirigido contra los pueblos originarios.
Los jueces Noemi Berros, Lilia Carneto y Roberto López Arango sostuvieron que los hechos "resultan constitutivos de delitos de lesa humanidad ocurridos en el contexto histórico del terrorismo de Estado que asoló nuestro país en el marco del segundo genocidio nacional perpetrado entre los años 1974 y 1983", es decir, desde el gobierno peronista de Isabel. La jueza Berros sostuvo: “Los poderes del Estado deben dar una explicación de sus actos en una república” señaló la magistrada.
Los fundamentos del fallo serán dados a conocer el viernes 8 de julio.
Los delitos imputados fueron privación ilegal de la libertad agravada por haber sido cometida por funcionario público con abuso funcional, por mediar violencia y durar más de un mes, y aplicación de tormentos agravados por ser la víctima perseguido político.
Las víctimas sobrevivientes en esta causa son Ricardo Antonio Uferer, Ramón Eduardo Luque y Santiago Almada, quienes eran militantes en la Juventud Peronista; Saturnino Ferreira, militante del PRT; y Norma Beatriz Medawar. Tanto Uferer como Luque al momento de su secuestro estaban haciendo el Servicio Militar Obligatorio y por eso la causa se conoce como de los "Concriptos".
Los condenados son el exoficial de la Policía provincial Carlos Domingo Mora cuya pena es de 18 años de prisión, el exsargento policial Gabino Manader y al exoficial del Ejército Aldo Héctor Martínez Segón condenados a 14 años de prisión, doce años para el ex jefe de la Brigada de Investigaciones, José Francisco Rodríguez Valiente, y los exoficiales del Ejército en el Grupo de Artillería N° 7, Luis Alberto Patetta y Ricardo Guillermo Reyes. Además, les fueron impuestas penas de 10 años de prisión al exguardia de la Alcaidía policial Miguel Ángel Vittorello y al exoficial del Ejército Ernesto Jorge Simoni, mientras que al excabo de la Policía provincial, José Marín, se le impusieron nueve años de prisión. El absuelto es el excomisario Juan de la Cruz López.
La calificación de los hechos de esta causa como el segundo genocidio del país, se conoce a pocas horas de que los fundamentos de la sentencia del juicio por la verdad por la Masacre de Napalpí de 1924, que fue definida como “proceso de genocidio” dirigido contra los pueblos originarios.
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