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Red Internacional
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Lobby minero. Contra los humedales: consulta pública trucha para reglamentar a favor de las mineras en Jujuy

Boicot a la Ley de humedales consensuada por las organizaciones ambientales y nueva reglamentación de impactos ambientales sin participación de las comunidades, la agenda del gobernador jujeño, Gerardo Morales, en su cruzada por imponer la minería contaminante a toda costa.

Jueves 10 de noviembre de 2022 12:17

Los gobernadores como Gerardo Morales no pierden el tiempo si se trata de profundizar la minería contaminante, especialmente de litio, y el extractivismo. Además del boicot y el lobby contra la Ley de Humedales consensuada por las organizaciones ambientales, vienen avanzando al interior de sus provincias, en una carrera para ver quién se queda con una mínima tajada de millonarios negocios, a costa de entregar zonas de sacrificio.

Este jueves y viernes se reúne en La Rioja el Parlamento del Norte Grande y el gobernador de Jujuy tiene mucho para mostrar en la cruzada por imponer la minería a toda costa. De forma exprés convocó a una Audiencia Pública llena de irregularidades para tratar una nueva reglamentación para la Evaluación de Impactos Ambientales - EIA.

Desde el PTS en el Frente de Izquierda presentamos un documento crítico del procedimiento de Consulta Pública convocado y del nuevo Decreto propuesto.

Presentación PTS-Frente de Izquierda by La Izquierda Diario on Scribd

La Consulta Pública Virtual para la sustitución del Decreto 5772-P-2010 fue llamada entre el 11 y 31 de octubre, por la Secretaría de Minería de Jujuy. La misma no garantizó la participación efectiva de sectores potencialmente afectados y de especialistas en el tema, de quienes viven en los territorios como poblaciones indígenas, o de organizaciones ambientalistas, especialistas y técnicos vinculados a la problemática.

No podía ser de otra manera, ya que la nueva Reglamentación establece que la información de los impactos ambientales sea producida por el mismo titular minero, y que la fiscalización quede en manos esencialmente de los organismos estatales que vienen siendo cuestionados por su parcialidad a favor del sector empresarial minero e incluso de cámaras empresariales mineras.

El único objetivo de la Audiencia y del nuevo Reglamento es garantizar formalmente las licencias ambientales que necesitan las corporaciones mineras para sus negocios, del cual el Estado es socio minoritario a través de la empresa público-privada JEMSE, más aún con el interés geopolítico sobre el litio y los altos valores de mercado.

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En el documento presentado por el PTS-FITU, cuestionamos los plazos presentados por el gobierno para la convocatoria a la Audiencia. Tan solo 20 días para que los sectores potencialmente afectados puedan acceder a la información, analizarla, realizar consultas pertinentes y elaborar una propuesta. Además dicho acceso a la información se expone solo a través de medios digitales, pero las comunidades indígenas que viven en diversos territorios en la provincia de Jujuy donde existen pedimentos mineros según la página oficial de la Secretaría de Minería, no tienen servicio de internet, telefonía o lo tienen restringido, y tampoco llegan los diarios.

Asimismo, el gobierno limita el aporte ciudadano a una consulta meramente orientativa y no vinculante, es decir, ni siquiera promueve una participación real para el debate y mucho menos para la toma de decisiones a las comunidades indígenas, organizaciones ambientalistas, especialistas y técnicos. Con este proceder se actúa en contra de la participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales que establece el Acuerdo de Escazú, ratificado por la Argentina.

También, en la provincia existen procedimientos de consulta establecidos por comunidades indígenas y sus organizaciones, como es el Kachi Yupi, de la Mesa de Comunidades de Salinas Grandes y Guayatayoc, del pueblo kolla y atacama, a los que no se les está respetando el derecho a la Consulta, Previa, Libre e Informada, como establece el Convenio 169 de la OIT y el Artículo 75, inciso 17 de la Constitución Nacional.

En este mismo sentido, la nueva Reglamentación propuesta, si bien dice establecer “instrumentos de protección y gestión ambiental” lo hace sin explicitar ni promover ningún mecanismo para la participación real y vinculante de sectores que potencialmente se pueden ver afectados por los proyectos mineros.

Por si fuera poco, decreta como autoridad de aplicación a la Dirección Provincial de Minería, muy cuestionada por su accionar violatorio de derechos humanos, ambientales y de las comunidades indígenas, a favor de las actividad empresarial minera.

Solo de forma subordinada, el Reglamento menciona la participación de “comunidades indígenas del área de influencia directa”, que claramente no es en igualdad de condiciones, sin establecer criterios claros sobre quienes serían afectados de forma directa y cómo se estipula su representación.

Comunidades del Departamento de Susques, en protesta contra la minería de litio en Jujuy
Comunidades del Departamento de Susques, en protesta contra la minería de litio en Jujuy

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Por otro lado, en la nueva reglamentación, el titular minero es quien genera la información sobre impactos ambientales en el territorio afectado. El mismo interesado en producir con cualquier costo, es quien contrala, monitorea y genera la información para la evaluación posterior de la Unidad de Gestión Ambiental Minera Provincial (UGAMP). Resulta escandaloso que el gobierno delegue sus funciones para que el empresario sea juez y parte, carente de imparcialidad, a beneficio de sí mismo.

Ante esto, las comunidades afectadas que acceden a la Asesoría Técnica, solo pueden realizarlo por sorteo, pero lo que corresponde es que puedan elegir el personal idóneo que crean necesario, conociendo antecedentes de quienes están inscriptos en el Registro de Consultores Ambientales de la Provincia.

Como menciona el informe de la FARN, se trata de “Un decreto sin participación para impulsar una minería sin participación”, en el que “se identifican falencias en cuanto a los procedimientos de participación previstos y los mecanismos establecidos para acceder a la información pública ambiental”. Además, la FARN plantea consideraciones que debieran observarse en la Reglamentación propuesta respecto a la Ley General de Ambiente - Ley 26.675, como el abordaje integral de los ecosistemas con especial atención al caso de “humedales altoandinos ecosistemas de gran valor y extrema fragilidad, presentes en la provincia de Jujuy, y que están expuestos a los avances de los proyectos mineros…”

No es casualidad que el gobernador Gerardo Morales, junto con el resto de los gobernadores del Norte Grande, Massa y Fernández quieran boicotear la aprobación de Ley de Humedales consensuada por más de 400 organizaciones socioambientales que incluye la protección de reservas de agua en regiones altoandinas donde se realiza la minería lítifera, estableciendo pautas nacionales para el relevamiento, clasificación y evaluación de las implicancias de la actividades productivas en esos ecosistemas.

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En todos estos años se multiplicaron las denuncias y acciones de lucha de pueblos y comunidades indígenas afectados por estos proyectos, que junto con especialistas, científicos y organizaciones ambientalistas vienen dando cuenta de las implicancias que generan las actividades extractivistas como la minería a cielo abierto en provincias como Chubut, Catamarca, o La Rioja, o la del litio a través del método evaporítico de las salmueras, en Catamarca principalmente. Estas actividades generan la destrucción de territorios y modos de vida de familias indígenas, campesinas, que viven de la producción agropastoril y actividad artesanal en los salares. Incidencias en áreas protegidas, zonas de reserva, de importantes fuentes de biodiversidad, y el uso irracional y contaminación de bienes naturales como el agua, y sus reservas, de ecosistemas muy frágiles, que afectan poblaciones enteras, son algunas de las consecuencias.

La provincia de Jujuy no está por fuera del contexto nacional. Actualmente se desarrollan proyectos de minería a cielo abierto como en Chinchillas (SRR Mining), donde se utilizan millones de litros de agua y sustancias contaminantes, y de extractivismo de litio en humedales a través de la empresa Sales de Jujuy (Allkem) , de la cual el Estado es socio, al igual que con Exar (Ganfeng y LIthium American), que próximamente entrará en producción.

En el año 2021, el Gobierno de Jujuy es quien incrementó, respecto al año 2018, la concesión de cateos y minas en Áreas de Conservación localizadas en la región Puna, (Reserva Provincial de Fauna y Flora Olaroz Cauchari, Reserva Provincial Altoandina La Chinchilla, Reserva de Biosfera Pozuelos, y Sitio Ramsar Vilama) que cuentan con 419 trámites mineros en proceso, según el Catastro Minero de Jujuy.

También es quien, con apoyo de legisladores oficialistas y opositores del PJ, ha disuelto en el 2019 la Mesa de Expertos en Litio (Ley 6.138) que tenía el objetivo de realizar estudios ambientales para el Análisis Integral de Proyectos ya que el mismo Estado provincial sostenía en el año 2011 que “la extracción de litio a través de la evaporación de salmueras en salares puede tener impactos significativos en el delicado equilibrio de los suministros de agua”.

Queda en evidencia, una vez más que el Estado y los Gobiernos accionan a favor del extractivismo en los territorios, que es política de los mismos, y que el único control efectivo que puede haber frente a las multinacionales mineras, es a través de la acción conjunta de la clase trabajadora, los mineros en unidad con las comunidades originarias, técnicos y profesionales de las Universidades, activistas de las organizaciones ambientalistas. Son ellos quienes pueden determinar de qué manera, en qué lugares, y con qué técnicas se puede realizar la actividad minera de forma racional, cuidando los bienes naturales como el agua y la biodiversidad, y planificando en función de las necesidades sociales y no para negocios de unos pocos.

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