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Red Internacional
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Caso Fabiola Campillai. Corte Suprema confirma desafuero de diputada Cordero y se rechaza revisión de sentencia de Maturana

La diputada María Luisa Cordero (Ind-RN) y el excarabinero Patricio Maturana tuvieron reveses judiciales este lunes, al confirmarse el desafuero de la primera y rechazarse la revisión de la sentencia del segundo, condenado por apremios ilegítimos contra Fabiola Campillai durante la rebelión del 2019.

Martes 8 de agosto de 2023

La Corte Suprema ratificó la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago que el 20 de junio pasado privó de inmunidad parlamentaria a la diputada Cordero, quien enfrenta una querella por injurias con publicidad interpuesta por la senadora Fabiola Campillai, víctima de una bomba lacrimógena que le provocó la pérdida total de la visión y la dejó sin los sentidos de olfato y gusto.

La parlamentaria había acusado a Campillai de fingir su ceguera. Literalmente aseguró: “Tiene un ojo que le funciona y el otro día un cabro la pilló hablando por celular en un pasillo, le tomó una foto y la subió a las redes. Ella no es ciega total”.

Ahora que se le quitó el fuero a Cordero, se le quitará el derecho a voz y voto, así como tendrá prohibido el ingreso al Congreso Nacional. Sin embargo, seguirá recibiendo la dieta parlamentaria completa. La otra consecuencia es que los tribunales podrán decretar medidas cautelares en su contra y condenarla inclusive, como a cualquier otro ciudadano.

La querella presentada por la senadora Fabiola Campillai contra la diputada María Luisa Cordero es por injurias con publicidad. Según el Artículo 418 del Código Penal de Chile, las injurias graves hechas por escrito y con publicidad serán castigadas con las penas de reclusión menor en sus grados mínimo a medio y multa de once a veinte unidades tributarias mensuales. Esto significa que si la diputada Cordero es encontrada culpable, podría enfrentar una pena de reclusión de 61 días a 3 años y una multa que puede variar entre 11 y 20 UTM.

Por su parte, el Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de San Bernardo rechazó la solicitud de aplicar la Ley Naín-Retamal en el caso de Patricio Maturana, condenado por apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves gravísimas contra Campillai.

La defensa del excapitán de Carabineros buscaba reducir la condena de 12 años y 183 días de cárcel que recibió en octubre de 2022, invocando la normativa que establece una presunción de legítima defensa para los agentes del Estado que supuestamente hacen uso de la fuerza en el cumplimiento de su deber.

Sin embargo, el tribunal desestimó el argumento y sostuvo que Maturana tenía "pleno control del arma y de los efectos que conllevaba su uso indebido, esto es, disparando directamente a un reducido grupo de personas que se encontraba en la esquina (…) a una distancia de 50,6 metros y en un ángulo muy inferior al exigido por los reglamentos y protocolos internos de la institución y contrario a lo recomendado por el propio fabricante de la munición".

Desde La Izquierda Diario repudiamos las declaraciones injuriosas y ofensivas de la diputada Cordero contra Campillai, así como el intento de impunidad del excarabinero Maturana. Ambos casos evidencian el carácter represivo y criminal del Estado chileno y sus instituciones, que han vulnerado sistemáticamente los derechos humanos.

Estos son dos casos que, de no ser porque Campillai es senadora, probablemente se encontrarían en una condición de total impunidad, como la aplastante mayoría de casos de violaciones a los DD.HH. durante la rebelión popular de 2019. El Estado chileno y sus instituciones pueden ceder en algunos casos y condenar a uno o dos casos, para salvar a los cientos de otros, para no reparar a víctimas de trauma ocular, para no reparar en casos de familiares de asesinados por agentes del Estado durante las movilizaciones.

Exigimos justicia para Fabiola Campillai y todas las víctimas de la represión estatal. No más impunidad para los responsables políticos y materiales de las violaciones a los derechos humanos. No más leyes que amparen a los agentes represores: Derogación ya de la Ley Nain-Retamal.