En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada no dio lugar a la acción de amparo, tras descartar actuar arbitrario en la resolución impugnada, dictada por el Juzgado de Garantía de Temuco, que denegó la solicitud.
Jueves 30 de julio de 2020
Hoy la Corte de Apelaciones de Temuco rechazó el recurso de amparo presentado por la Defensoría Regional de La Araucanía en representación de Celestino Cerafín Córdova Tránsito, el machi condenado por el crimen del matrimonio Luchsinger y que lleva más de 80 días en huelga de hambre. Que buscaba la sustitución de la pena privativa de libertad por un régimen de reclusión domiciliario total, hasta el término de la pandemia ocasionada por el covid-19 en el país.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada no dio lugar a la acción de amparo, tras descartar actuar arbitrario en la resolución impugnada, dictada por el Juzgado de Garantía de Temuco, que denegó la solicitud.
"Que, dado lo expuesto y no cumpliéndose los supuestos de procedencia de la acción constitucional de amparo, será desestimado el recurso interpuesto, ya que no se observa que la resolución cuestionada configure un acto ilegal o arbitrario que vulnere, perturbe o amenace la libertad personal y seguridad individual del amparado, en los términos que establece la Constitución, sin perjuicio de las alegaciones que se ejerzan planteado el mismo requerimiento por las otras vía que permite el ordenamiento jurídico, y sin que pueda estimarse que este rechazo conlleve un pronunciamiento en cuanto al fondo de la pertinencia de lo solicitado", se resuelve el tribunal.