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Red Internacional
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MENORES INFRACTORES. De la violencia privada a la pública y del nuevo Código Procesal Penal a Santiago Maldonado.

Recibimos y difundimos. Una reflexión sobre la situación de los menores infractores, la utilización de la violencia estatal los intereses a los que responde.

Martes 31 de octubre de 2017

La verdad no sabía cómo comenzar a escribir esta columna, no hay mejor forma que ser sincero, pensé en entrar con una escena de Tideland de Terry Gilian pero no me cerró, o hablar de un relato de la UFC pero sería caer en malos entendidos.

Sé que esta columna va a hablar de violencia. Esa palabra que, cual vedette, está siempre presente en boca de todos, no como las vedettes que se acostumbran a ver en Uruguay bailando al ritmo del tambor, sino como las de revistas argentinas que siempre lloran en Showmatch pidiendo que las llamen para poder bailar el Adaggio.

Ironía de lado, la violencia siempre está en nuestra discusión y se enciende cuando se acercan las elecciones. Uno de los ministros más atacados de los gobiernos del Frente Amplio es Eduardo Bonomi, Ministro del Interior, y no por ejemplo Eneida De León, Ministra de Vivienda y Medio Ambiente, en pleno debate de instalación del puerto de aguas profundas y ley de aguas.

Ya en el párrafo de arriba se hace una relación, violencia- hecho delictivo, al relacionar violencia y Ministerio del Interior. Pero no vale adelantarse, podemos decir que violencia es la imposición mediante el daño físico o simbólico de la voluntad de uno o varios sobre otro u otros.

Esta definición está ligada al concepto de poder de Michel Foucault, el poder nos atraviesa y se ejerce, no se detenta. Nos pertenece a todos, pero algunos pueden ejercerlo. Y el ejercicio de ese poder está ligado al ejercicio de violencia. El castigo físico y simbólico que se presenta en “Vigilar y Castigar” es para imponer cierto orden de la corona o estados nación sobre sus súbditos.

Esto es ampliamente compartido por Pierre Bourdieu cuando define violencia simbólica y cómo ésta se encarga de reproducir el status quo de la sociedad de forma secreta.

¿Pero quiénes participan y constituyen el acto de violencia? Por lo general hay dos elementos claros, quien ejerce la violencia y quien es violentado, aunque hay un tercero, la comunidad. Sin este último, el acto se podría resumir a daño (sin quitarle el peso que este tiene). La comunidad debe estar atravesada por el daño en cierta forma para que se convierta en violencia.

Hay sectores que están inhabilitados para usar la violencia por nuestra comunidad, como es el caso de una persona que comete un delito contra la propiedad, por ejemplo un arrebato.

Hace dos semanas pasó por la Cámara de Diputados el nuevo Código Procesal Penal que, entre otras cosas, establece que los adolescentes tengan un juicio acusatorio al igual que los mayores y que pueden estar 150 días bajo medidas cautelares sin sentencia. Mientras esté con estas medidas se lo deja en una especie de limbo ya que no puede ser parte de ningún plan socioeducativo. En especial esta medida se tomará en casos de rapiña, violación, homicidio, secuestro y narcotráfico. La oposición levantó la voz diciendo que se viola el derecho de igualdad ya que se lo trata con más dureza que a un adulto, así como la Coordinadora por el No a la Baja, donde ven una vuelta a las medidas que fueron evitadas en el Plebiscito de 2014.

Este es un ejemplo donde la violencia de un sector que queda afuera de ciertos parámetros sociales es castigada y detenida con severidad. Pero esta severidad es exigida por algunos sectores sociales que presionan al Estado para tomar una medida doctrinante. Se exige que se regule la violencia privada, con violencia pública.

La violencia publica está legalizada, el brazo ejecutor del Estado tiene libertad de usar la violencia con el fin de solventar al mismo en base al orden y los intereses estatales. Este último punto es muy importante. La violencia legal está a la orden del Estado ¿y el Estado a quién responde? Si fuera un legalista clásico diría que a los intereses de la sociedad, pero sabemos que no, porque el mismo depende del gobierno y su plan, y este a su vez de los intereses económicos, políticos y sociales de clases determinadas, de los organismos internacionales y privados.

Un ejemplo de esto es el caso de la represión mapuche y el asesinato (directo o no) de Santiago Maldonado en Argentina. Ante una manifestación contraria a unos de los socios inversores del Estado argentino, la Gendarmería - el brazo represivo - actúa y reprime, volviendo la violencia de privada a pública con el único fin de imponer los intereses gubernamentales.

La represión en el Estado de Derecho no es nueva, el uso de la violencia pública no es nuevo, la problemática no está en su uso totalmente, sino en a quién responde. En los casos citados responden a los intereses más conservadores de nuestras sociedades.

La violencia simbólica de clase parte de los intereses de un sector privado y se transforma en pública. Con esto no quiero decir que hay que tomar y ejercer la violencia privada de los sectores más bajos para alcanzar la violencia pública porque no creo que sea el camino y corremos el riesgo de terminar como el Rompehielos de Bong Joon Ho, donde tras recorrer todos los vagones terminamos siendo los nuevos maquinistas.

Claro está que esta columna se queda corta en su análisis, primero por extensión y luego por interés. La idea no es ver al fenómeno en todas sus caras sino entrar en la relación pública – privada.

La violencia como el poder nos atraviesa y transforma, es parte de nuestro ser. Su uso está teñido de decisiones e intereses y muchas veces dominados por intereses que nosotros no controlamos. Como planteó Galeano “las fábricas de armas fabrican las guerras y las de miedo fabrican enemigos”, está en nosotros verlo.