Con la misma (nula) solidaridad que demuestran los empresarios hacia sus trabajadores, la Superintendencia de Servicios de Salud propone una modalidad de trabajo durante el aislamiento social preventivo y obligatorio que perjudica a miles de profesionales y pacientes.
Jueves 9 de abril de 2020 10:25
Luego de tardar diecinueve días para establecer las modalidades de trabajo de miles de prestadores durante el aislamiento, la Superintendencia de Servicios de Salud (SSSalud) vuelve a dejar en claro lo poco que importan la continuidad de los tratamientos que reciben las personas con discapacidad y los ingresos de los profesionales.
Las y los trabajadores que nos desempeñamos en esta área junto a las familias luchamos todos los meses para que las obras sociales autoricen los tratamientos y tengamos mejores condiciones de trabajo a pesar de la precariedad a la que nos someten.
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Nuevamente nos vemos perjudicados por la resolución 308/2020 emitida en el boletín oficial el pasado martes 7 de abril por la SSSalud.
La misma dice que, a pesar de tener autorizado los planes de tratamiento para todo el año 2020, debemos facturar solamente hasta el 19 de marzo inclusive. Luego de esa fecha se debe volver a autorizar los planes de tratamiento bajo la modalidad virtual.
Estos pasos administrativos y burocráticos afectan tanto a la continuidad de los tratamientos como a los ingresos de cada trabajador. Dado que no se puede prestar servicio sin autorización previa.
Además hace referencia a que, sólo se deberán realizar los "tratamientos impostergables o esenciales", sin aclarar cúales son y dejando las puertas abiertas a las obras sociales para que determinen cúal prestación es esencial y cúal no lo es.
COVID-19- Ante la crisis sanitaria y social por la que está atravesando el país, establecimos pautas con el objetivo de garantizar la continuidad de asistencia y tratamientos esenciales a los pacientes.+ info: https://t.co/w5ilGo9rAi#ArgentinaUnida#CuidarteEsCuidarnos#SSSalud pic.twitter.com/Jm53jEK0lz
— SSSalud-Argentina (@SSSALUD) April 8, 2020
Todas las prestaciones solicitadas por el médico tratante son de caracter esencial para mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad.
Otro punto de ajuste se da en la prestación de "Maestro de apoyo". Anterior al aislamiento estos docentes cobraban el módulo completo. La presente resolución sólo autoriza a prestar servicio por ocho horas semanales. Por lo cual no cobraran la totalidad del módulo si no un porcentaje por hora.
Lo que representa una importante caída de sus ingresos, un ajuste por parte del Estado y más rentabilidad para las prepagas que no se encuentran dentro del sistema único de reintegro.
Miles de profesionales de la salud y educación sufren el ajuste en medio de una pandemia mundial y ante las difíciles condiciones económicas y sanitarias que las familias deben afrontar.