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Red Internacional
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Congreso. El Senado aprobaría un proyecto para ampliar licencias laborales por maternidad y paternidad

La iniciativa incluye más días para casos de adopción. También establece que el empleador deberá habilitar salas maternales y centros de desarrollo infantil para niñas y niños.

Martes 22 de junio de 2021 10:50

Foto: Télam

El Senado aprobaría esta semana un proyecto de ley que extiende los días de licencia por maternidad y paternidad, y por fallecimiento de familiares o cónyuges, al tiempo que amplía los permisos para casos de nacimientos de niños prematuros y de adopción.

El proyecto tiene el consenso de todos los bloques políticos del Senado. Es una síntesis de más de 26 iniciativas que fueron unificadas en la Comisión de Trabajo, que preside el peronista Daniel Lovera (La Pampa).

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Entre sus principales disposiciones el texto modifica el artículo 177 de la Ley de Contrato de Trabajo para llevar a 50 días anteriores y 50 posteriores -en la actualidad son 45 y 45- la prohibición del trabajo de las personas embarazadas.

También le otorga “al otro progenitor” una licencia de 10 días por nacimiento. En la actualidad ese permiso es de solo dos días. El nuevo artículo 177 establece que los progenitores gozarán de la licencia posterior al parto “aun cuando el hijo naciere sin vida”.

En los casos de adopción, el período en el que el trabajador gozará de licencia se extenderá hasta “los 50 días corridos posteriores a la notificación fehaciente de la resolución judicial que otorga a la niña o niño en guarda”.

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Para los casos de nacimientos prematuros, establece la posibilidad de que la madre pueda sumar la totalidad de los días de descanso, tanto los previos como los posteriores, hasta llegar a completar los 100 días.

En la actualidad, en el caso de nacimientos, las personas embarazadas solo podían llegar a guardarse hasta 15 de los 45 días de licencia previa para sumarlos al permiso posterior a haber dado a luz.

“En una medida que podría provocar la protesta de las Pymes, como advirtió Guadalupe Tagliaferri (Pro-Capital) durante el debate, se modifica el artículo 179 de la Ley de Contrato de Trabajo para incorporar que el empleador deberá ‘habilitar salas maternales y centros de desarrollo infantil para niñas y niños’”, informó La Nación.

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En el artículo 179 bis se establece que los centros de desarrollo infantil serán obligatorios “en los establecimientos donde presten tareas un mínimo de 50 trabajadores” y serán utilizados “por hijas e hijos del personal empleado, hasta la edad en que sea obligatoria la educación”.

“El Centro de Desarrollo Infantil deberá permanecer abierto y en servicio mientras al menos un 30 % del personal se encuentre en horario de trabajo”, agrega el proyecto de reforma, que permite la posibilidad de que el empleador reemplace esta obligación “por el pago mensual de una prestación en dinero de carácter no remunerativo, por cada hijo” equivalente a tres asignaciones por escolaridad.

A finales de 2020 el Ministerio de Trabajo suspendió la dispensa a los padres, madres o cuidadores de niños y niñas en edad escolar, que permitía la posibilidad de quedarse a cargo de los niños sin tener que recurrir a trabajar o teletrabajar durante la pandemia. Esta decisión estuvo a tono con la intención del Gobierno de sostener la actividad económica plenamente activa, a pesar de la pandemia que lejos está de terminar en lo que va de 2021. La discusión de la escolaridad, las licencias y la necesidad de cuidar de niños y niñas en edad escolar, ya era un problema para las familias trabajadoras antes de la pandemia y ahora es una dificultad cada vez más grave.


Redacción

Redacción central La Izquierda Diario