Según establece el contrato de fideicomiso entre el Estado y el nuevo agente de pago, el gobierno podrá invertir los fondos que los bonistas no retiren. No se especifica en qué podrán invertirse las divisas.
Viernes 26 de septiembre de 2014 07:30
Imagen: Prensa Ministerio de Economía
El Ministerio de Economía podrá usar los fondos que queden depositados en las cuentas de Nación Fideicomisos (NFSA) a disposición de los bonistas e invertirlos con discrecionalidad.
Así consta en el contrato firmado entre el Gobierno y el nuevo agente de pago de la deuda reestructurada, encargado de llevar adelante la ejecución de la ley de Pago Soberano. El punto 4.7 del contrato con NFSA da cuenta de las Inversiones Elegibles. “Los fondos disponibles en las Cuentas Fiduciarias podrán mantenerse en efectivo o, si así lo dispone el Mecon (Ministerio de Economía), ser invertidos de acuerdo a las instrucciones específicas y fehacientes remitidas por el Mecon”, dispone la cláusula.
Las Cuentas Fiduciarias se crearon para cursar los pagos a los acreedores que la justicia de Estados Unidos obstruyó. Un contrato tipo de fideicomiso suele contener esta cláusula. Pero las inversiones posibles suelen mencionarse de forma taxativa en los contratos.
Un fiduciario puede colocar el dinero en un plazo fijo o en fondos de renta fija, por ejemplo, siempre que así esté escrito. En este caso, en cambio, se faculta a Hacienda a dar “las instrucciones específicas y fehacientes” para administrar los fondos.