La Izquierda Diario entrevistó a Edgardo Moyano, abogado de los trabajadores despedidos de Lear.
Miércoles 17 de diciembre de 2014
¿Qué implica la medida cautelar de reinstalación?
Es un importante precedente que deja sentado la heroica lucha de los obreros de Lear, ya que de ahora en más los trabajadores de este país tendrán un precedente para lograr reinstalaciones judiciales “masivas” de manera incluso cautelar si las empresas despiden masivamente sin respetar el Procedimiento Preventivo de Crisis.
¿Qué es este procedimiento?
La Ley de Contrato de Trabajo vigente desde la dictadura, e incluso la anterior al golpe, habilitaba a las empresas a despedir masivamente si argumentaban que tenían crisis económica. Sucesivamente se han dictado decretos que les exigían a las empresas que antes de despedir colectivamente a un porcentaje determinado de personal, tengan que acreditar previamente que verdaderamente tienen crisis. Esto fue finalmente establecido en la ley 24.013.
Es un procedimiento que usan las empresas para negociar con los sindicatos y buscar el aval del Ministerio de Trabajo para despedir masivamente y a la mitad de la indemnización, o suspensiones, e incluso negociar condiciones de trabajo a la baja. Pero contradictoriamente con esta “utilidad”, la ley 24.013 y el decreto 265/02 establecen que si las empresas despiden masivamente sin realizar este procedimiento como hizo Lear, la relación laboral de los trabajadores se considera vigente. Esto es lo que utilizamos para la estrategia jurídico-política que formulamos con los compañeros del Ce.Pro.D.H., ya que era el punto débil de la empresa, la mayor ilegalidad de los despidos.
Entonces planteamos que si esto es así, corresponde que la justicia ordene de manera cautelar la reinstalación “colectiva” de los obreros. Los jueces de primera instancia nos habían rechazado estas cautelares. Pero la Sala X, siguiendo el Dictamen del Fiscal General Eduardo Álvarez, avaló nuestros fundamentos y ordenó la reinstalación.
Cuando estudiamos profundamente este “instituto” no encontramos otros antecedentes de fallos que ordenaran reinstalar a trabajadores por este motivo. Si existe al día de hoy, luego del antecedente que hemos logrado desde el Ce.Pro.D.H. en la causa que patrocinó el Dr. Ruben Tripi de “Balaguer c/ Pepsico”, y la Corte Suprema lo ha ratificado, la reinstalación individual o de varios trabajadores cuando los despidos hayan sido de manera discriminatoria o antisindical, donde el trabajador debe demostrar que era activista sindical, pero casos de despidos masivos donde la justicia ordena reinstalar porque no se hizo el Procedimiento Preventivo de Crisis no encontramos, pero la contradicción que estable la ley y las condiciones del conflicto encuadraban perfectamente y así lo planteamos. Hoy podemos decir que el conflicto de Lear dejo su huella también en la justicia, sentando un importante precedente que favorece al conjunto de los trabajadores de este país.
Pero, ¿no es contradictorio usar como fundamento un “procedimiento” que en última instancia favorece a las empresas?
Nosotros no usamos categorías “absolutas”, depende la situación del conflicto. Nos guiamos por lo que planteaba Lenin en “El Izquierdismo, enfermedad infantil del Comunismo” cuando afirmaba que se debe estudiar con minucioso rigor la más mínima brecha en la burguesía para desarrollar la causa obrera, y si no, no somos buenos revolucionarios.
Por ejemplo en Donnelley cuando la empresa se presentó en el Ministerio de Trabajo pidiendo que se abra el Procedimiento Preventivo de Crisis, porque necesitaba despedir a un tercio del personal, y sino iba a la quiebra, nosotros contestamos exigiendo que se abran los libros contables, y junto a los trabajadores develamos las maniobras fraudulentas que hacia la empresa tercerizando su producción en otras fábricas y demostramos que no existía tal crisis, sino que la empresa era viable y los empresarios solo querían ajustar.
De esta manera fuimos preparando el terreno para la lucha contra los despidos y si la empresa persistía, quedaba planteada la necesidad de la expropiación y estatización bajo control obrero, organizando a los trabajadores que veían con claridad las maniobras de la empresa y así pudieron impedir pagar la crisis que decía tener la empresa. Al día de hoy los trabajadores de Donnelley, hoy Madygraf, con su lucha lograron preservar la Planta, controlan la fábrica logrando el aval de la justicia comercial, que nadie puede decir que sea muy pro obrera, y han conseguido media sanción de la Ley de Expropiación de la fábrica en la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires.
¿Cuántos trabajadores deben ser reincorporados por la medida cautelar en Lear?
De los 240 trabajadores despedidos, 61 de ellos fueron reincorporados en el transcurso de la lucha. Alrededor de 161 llegaron a acuerdos económicos obligados por el no pago de los salarios durante meses. Presentamos todo tipo de recursos legales por la reinstalación, pero hasta ahora nos venían rechazando las medidas cautelares. Así, por causas entendibles varios de los despedidos fueron decidiendo no continuar y aceptaron los “retiros voluntarios”. Fue una situación muy difícil para todos los despedidos, porque, si por ellos fuera, los 240 hoy estarían volviendo a sus puestos.
Enfrentaron enemigos muy poderosos como una trasnacional estadounidense, un Sindicato completamente traidor a los intereses de los trabajadores, la represión de la Gendarmería Nacional de Sergio Berni, la Policía Bonaerense de Scioli, el juez penal Ricardo Costa que ordenó militarizar la Planta, el Ministerio de Industria de Deberá Giorgi que le permitió a la Ford importar los mazos de cables que produce Lear en Pacheco para que la empresa “aguantara” el conflicto generado por los despidos ilegales y un Ministerio de Trabajo en el que Carlos Tomada no tomó una sola medida para preservar las fuentes de empleo, ni siquiera intimó a la empresa a que los deje sin efecto. Esto lo hicieron notar los jueces en su sentencia cuando afirmaron que “resulta clara la omisión de la autoridad administrativa del trabajo (…) se limitó a fijar audiencias y efectuar exhortaciones a fin de arribar a una conciliación voluntaria, pero sin adecuar su conducta a las previsiones del referido decreto”.
En estas condiciones, los últimos 15 trabajadores y trabajadoras que llegaron a acuerdos económicos con la empresa, importantes activistas que originalmente eran parte de estas cautelares, venían planteando en las asambleas que querían bajarse de la pelea y ya no deseaban volver a la fábrica. Hace un par de semanas nos enteramos por una carta pública que ya habían firmado acuerdos con la empresa para cobrar la indemnización. Aunque fue un golpe importante para la lucha cuando estábamos esperando el resultado de nuestra presentación ante la Cámara, igualmente reconocemos que esos compañeros y compañeras fueron parte importante del conflicto y aguantaron mucho tiempo en una situación difícil. Quedaron así los 28 trabajadores y trabajadoras afectados por la sentencia de la Cámara.
No caben dudas que este triunfo judicial es una expresión más de la heroica lucha que llevaron adelante todos los trabajadores de Lear. Seguiremos hasta el final apoyando su lucha hasta que esta firme vanguardia de la clase obrera logre su reincorporación definitiva en sus puestos de trabajo y expandir una férrea oposición al SMATA que ya esta mostrando el camino para enfrenar los ataques patronales y de los dirigentes sindicales vendidos.