Con los votos de dos jueces subrogantes, el ex jefe de la Unión Ferroviaria accedió a un beneficio inusual para la mayoría de los condenados que pueblan las cárceles argentinas.
Matías Aufieri Abogado | CeProDH
Viernes 26 de febrero de 2016
En horas de la mañana de este jueves se conoció la resolución del Tribunal Oral en lo Criminal n° 21, que dispuso conceder a José Pedraza el beneficio de la prisión domiciliaria, en el marco de la condena a 15 años que cumple desde 2013 por el homicidio de Mariano Ferreyra, militante del Partido Obrero, durante una de las tantas jornadas de lucha que los tercerizados del Ferrocarril Roca llevaron a cabo durante 2010 y 2011.
Desde que se hizo efectiva la condena del ex secretario general de la Unión Ferroviaria, sus abogados defensores sistemáticamente han solicitado este beneficio con distintos argumentos, ya sea por su condición de mayor de 70 años, como también por presuntos problemas de salud.
Es notoria la interpretación discrecional que la justicia del régimen aplica ante cada condenado que solicita el cambio de condiciones de su detención. Suele ser muy flexible cuando el condenado pertenece a la casta política o policial, o a la clase empresarial. A diferencia de la enorme mayoría de presos provenientes de sectores sociales oprimidos, que hasta son encarcelados sin condena, con prisión preventiva durante años y sin juicio.
Más allá de este señalamiento, existen antecedentes en relación a las controversias originadas en la aplicación del régimen de prisión domiciliaria, en numerosos casos de genocidas y ex represores condenados por delitos de lesa humanidad. La procuradora general Alejandra Gils Carbó concluyó en el caso “Torrá, Miguel Ángel s/ causa n° 15.838” de 2013, que para conceder la detención domiciliaria, incluso a un imputado con más de 70 años, se deberían brindar argumentos que demostraran que el encarcelamiento, a raíz de las condiciones personales excepcionales del sujeto, provocaría alguna de las dos consecuencias que la ley está encaminada a evitar: el trato cruel, inhumano o degradante del detenido, o la restricción de derechos fundamentales que la prisión no debe afectar. “Sólo en ese caso la concesión de la detención domiciliaria estaría bien fundada”, agregó la titular del Ministerio Público Fiscal.
En el caso de Pedraza, la argumentación sobre distintos supuestos que cumpliría el condenado para acogerse al régimen de ejecución domiciliaria de la pena, previsto en la Ley 24.660, ha sido planteada de modo recurrente por su defensa desde la condena dispuesta por el propio Tribunal N°21, lo cual fue rechazado por ese órgano, como así también por la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal y por la Corte Suprema de Justicia a finales de 2015.
En el día de ayer, y con una nueva mayoría compuesta por los subrogantes Liliana Barrionuevo y Horacio Barberis, el Tribunal que condenó a Pedraza, recepcionó favorablemente el pedido de Pedraza, basándose casi con exclusividad en los partes médicos del perito contratado por la defensa de Pedraza, es decir, un perito de parte.
El juez titular Diego Barroetaveña, en minoría, estimó que “José Ángel Pedraza no es un enfermo al que la privación de la libertad le impida recuperarse o tratar adecuadamente su dolencia, toda vez que así lo entendió la médica forense quien sostuvo que el señor Pedraza puede recibir en el establecimiento carcelario la atención médica que le permita tratar su salud […] El único médico que vinculó el agravamiento del estado de salud del encausado con una falta de tratamiento en el hospital Penitenciario Central I fue el perito de parte, doctor Pedro M. San Juan, mientras que el resto de los médicos describió la desfavorable evolución del paciente conforme al avance de la enfermedad".
En la resolución, se establece que Pedraza “será visitado cada cuatro meses por peritos del Cuerpo Médico Forense y también por una asistente social”, frecuencia que no parece condecirse con la cantidad y gravedad de las enfermedades enumeradas por su defensa.
Lo que pareciera claro, en el mismo día en que fueron sobreseídos todos los imputados por la autoría intelectual del asesinato del maestro neuquino Carlos Fuentealba, es que el presidente Mauricio Macri ha avanzado en la lógica de una de las promesas realizadas en su campaña electoral a los líderes de la burocracia sindical peronista, al afirmar que los iba a ayudar a frenar a los troskos en los sindicatos.
El ex burócrata y enemigo de los tercerizados, desde el día de hoy vive en un lujoso edificio ubicado en Bulnes y Cerviño, que se suma a su larga lista de propiedades, incluyendo otro suntuoso departamento en Puerto Madero. Esta medida parece enmarcarse en aquella promesa de campaña de Macri y, como se viene denunciando ante tantas otras, tampoco se puede definir precisamente como favorable a los trabajadores.