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Red Internacional
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Tribuna Abierta. El facilismo y utilidad de la inclusión educativa a la mexicana

Detrás de la llamada "inclusión educativa" está la intención de privatizar la Educación Especial y eliminarla de la escuela pública.

Miércoles 1ro de abril de 2020

Los múltiples y sistemáticos errores cometidos por investigadores, políticos, autoridades educativas, docentes y demás personas en la interpretación del significado real de la Educación Inclusiva, tienen hoy en situación de riesgo latente a la población escolar con discapacidad y su ejercicio efectivo del derecho humano a la educación.

Sin embargo, las “malinterpretaciones” y “errores” cometidos por políticos y autoridades educativas, obedecen a intenciones oscuras y hasta perversas, un uso a modo de la política de inclusión cuya intención es la privatización de la Educación Especial y su eliminación de la escuela pública.

El Artículo 3° constitucional vigente, promulgado el 15 de mayo de 2019, expresa con claridad la falta de recorrido cognitivo-conceptual por quienes toman decisiones y por quienes les acompañan en su aventura; dicho así, para no explicitar el planteamiento de que deja ver sus intenciones de lucro con una de las poblaciones en mayor desventaja económica, política y social: las personas con discapacidad.

El entrecomillado Acuerdo Educativo Nacional, afirma en uno de los incisos de su fracción II que el Sistema Educativo:

“Será inclusivo, al tomar en cuenta las diversas capacidades, circunstancias y necesidades de los educandos. Con base en el principio de accesibilidad se realizarán ajustes razonables y se implementarán medidas específicas con el objetivo de eliminar las barreras para el aprendizaje y la participación”.

La primera frase de la citada redacción parece alentadora, pues en efecto, algunos de los aspectos de la Educación Inclusiva se relacionan con el reconocimiento y respeto de la diversidad humana, y, por tanto, de las diferencias individuales y colectivas. Sin embargo, la segunda idea del párrafo echa a perder el mediano buen inicio de este, debido a que rompe con la esencia filosófica de un texto constitucional de tal magnitud.

Introducir en el Artículo 3° los conceptos de accesibilidad, ajustes razonables, medidas específicas y barreras para el aprendizaje y la participación, por lo menos, tiene dos errores fundamentales que deben ser corregidos. Veamos por qué:

  • 1. El estudio de los significados conceptuales y legales de esas nociones, con excepción de la de Barreras para el aprendizaje y la participación, muestra que no son ideas concretas ni exclusivas del entorno educativo, sino de complementariedad general, para que las poblaciones con discapacidad ejerzan cualquiera de los derechos humanos y libertades fundamentales reconocidas a niveles mundial y nacional.
  • Es decir que, tanto en el ámbito de la educación, así como en los de salud, trabajo, vivienda, acceso a la información, etc., es necesaria la implementación de principios de accesibilidad, ajustes razonables y de medidas específicas, pero, en cada uno de ellos, se deben representar de manera distinta para que sean realizables.
  • 2. La implementación del principio de accesibilidad, ajustes razonables y medidas específicas, son acciones que pueden eliminar algunas barreras para el aprendizaje y la participación que enfrentan las poblaciones escolares con discapacidad, pero de ningún modo, esas tareas enfocan y resuelven muchas otras problemáticas que viven día con día antes de llegar a la escuela, estar en ella, participar y aprender de manera efectiva lo que necesitan.
  • Planteado del modo en que está actualmente el inciso F de la fracción II, lejos de orientar los actos educativos para la eliminación real de algunas barreras para el aprendizaje y la participación, aparecen de manera tan genérica y ambigua, que carecen de significado. Al ser aspectos operativos y de infraestructura, la realización de ajustes razonables y la implementación de medidas específicas como redacción, necesariamente deben salir del lugar en que se encuentran actualmente.
  • En todo caso, se tendría que explicar en la Ley General de Educación, lo que para ese ámbito significa la accesibilidad, los ajustes razonables y las medidas específicas, e indispensablemente, debe quedar desglosado por tipo de discapacidad, porque justamente para eso es una ley secundaria, para explicar y reglamentar lo que en el Artículo 3ro se mandata.
  • Dejarlo como está significa a la vez todo y nada, -con riesgo de que sea más nada que todo-, pues indudablemente, cada tipo e intratipo de discapacidad exige toma de decisiones, modificaciones y acciones distintas, no sólo escolares, metodológicas o didácticas, sino fundamentalmente filosóficas, políticas, de diseño y económicas. Principios, criterios y recursos que, de llevarse a la práctica, aportarían a la garantía del derecho a la educación con mayor efectividad.

Decir que inclusión significa "tener a todos juntos en un salón independientemente de su discapacidad", es el discurso más tramposo que utilizan autoridades educativas y académicas para penetrar en el pensamiento de docentes, estudiantes y sus familias, pero a la vez, sin perder su carácter falaz, tiene una gran potencia social por estar disfrazado de Derecho Humano.

Además de ser tramposo, tiene una cualidad auto-reproductiva impresionante, saca provecho de la carencia y juega con la culpa profesional. Por un lado, no hay necesidad de imponer la "inclusión a la mexicana" por la fuerza, pues las pocas personas con discapacidad que son escuchadas, lo que piden es inclusión al modo de la UNESCO, de la OCDE y del FMI.

Por el otro lado, quienes no se asumen como incluyentes desde esa idea, son estigmatizados como discriminadores e inhumanos porque, supuestamente, están negando un derecho. Así, con gran dificultad alguien se opone abierta y públicamente a la "inclusión a la mexicana", pues considera que ha dejado de ser profesional, de tener ética, y de estar a la vanguardia educativa.

Lejos de que inclusión signifique "tener a todos juntos en un salón independientemente de su discapacidad", o de que la Educación Inclusiva elimina a la Educación Especial, podría entenderse como una ruptura de la actual educación única, de los conocimientos absolutos, de la cultura hegemónica, de las prácticas socialmente normalizadas y de todas las formas de dominación que impiden el autodesarrollo identitario en lo individual y en distintas colectividades.

Resulta claro, que el trasfondo es debilitar aún más la ya endeble fuerza del Estado para responder al amplio espectro de requerimientos de las y los estudiantes con discapacidad, y a su vez, introducir un nuevo dispositivo persecutorio y fiscalizador de la base frente a grupo. En un sentido, se trata de crear las condiciones suficientes para que las familias de estudiantes con discapacidad, al no recibir atenciones adecuadas para sus hijos, se decepcionen del Sistema Educativo Nacional y lo abandonen.

Ante ese estado de decepción, las familias, o dejan a sus hijos dentro de casa, o buscan cualquier escuelita particular donde se los reciban y haga tareas que la oferta pública no hace, pero que al final de cuentas les son necesarias. Por supuesto que, con esto, a quienes se pretende captar es a quienes aún acuden a los centros educativos del gobierno, porque las familias que tienen lana ya han pagado por servicios especializados, pagan por ellos y lo seguirán haciendo.

Es necesaria la consulta y participación de los colectivos de personas con discapacidad -personas, no sólo asociaciones- y sus familias para la toma de decisiones que afectan sus vidas, pero, no sólo en lo relacionado con el tema educativo, sino en todos los demás ámbitos de su vida cotidiana. Ese también es un mandato de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, sin embargo, parece que las autoridades educativas y el grupo de organizaciones de la sociedad civil que les acompañan, toman a conveniencia lo que les es útil para sus fines personales y de grupo.

Se trata de un grupo de organizaciones que se asumen como representantes de todas las personas con discapacidad en México y cuyos nexos con el sector privado y con grupos empresariales como Mexicanos Primero y Fundación Azteca se han construido y fortalecido durante años. El más visible de estos grupos, es el que conforma el Movimiento Tres Doce.

Quizá, no sea coincidencia que al principio de accesibilidad siempre se le relacione con la construcción de rampas, barandales, pasamanos y baños adaptados, y que algunas organizaciones o empresas quieran la concesión para hacerlo. Parece que tampoco lo es, que junto a los ajustes razonables aparezca siempre la figura de "maestro sombra", justo en el momento cuando se pugna fuertemente por la desaparición de la Licenciatura en Educación Especial a nivel público, y cuando la contratación de especialistas por parte de la SEP y de la SHCP es mínima o nula.

En ese supuesto, ¿quién preparará y contratará a los maestros sombra?

Posiblemente alguien tenga la respuesta.

* Maestro en Desarrollo Educativo / Colectivo Educación Especial Hoy