El sindicato de Petroleros Privados había convocado a un paro total de actividades por 24 horas. La medida se levantó esta noche, luego de un acuerdo entre las empresas, el sindicato y el Ministerio de Trabajo de Río Negro.
Lunes 26 de octubre de 2020 20:35
Esta semana las partes trabajarían en idear un plan de rotación de personal programadas, con el objetivo de incorporar a los trabajadores suspendidos en cada una de las áreas. La medida de fuerza planificada para las 8 de la mañana de este martes acaba de ser levantada por el sindicato petrolero.
A través de un comunicado de prensa, la Comisión Directiva del Sindicato de Petróleo y Gas Privado de Rìo Negro, Neuquén y La Pampa y el cuerpo de delegados de Río Negro, informó el incumplimiento de los convenios de trabajo y que las empresas teniendo los mismos niveles de producción previos a la pandemia ocupan apenas al 30% de los trabajadores.
En el mismo afirmaban que la empresa Petróleos Sudamericanos ha hecho abuso del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo, que permite las suspensiones con rebajas salariales, usándolo como método de presión. Desde el gremio afirman que estas suspensiones no cumplen con la ley. Una ley ya muy desigual porque quienes están en esta situación cobran sólo un porcentaje de sus sueldos y sus aguinaldos.
Desde la organización sindical indican que se han elevado informes y reclamos a la secretaría de Energía y de Trabajo de la provincia sin recibir respuestas.
Por otra parte denuncian también que la empresa no cumplió con los compromisos de inversión ni las tareas de remediación sobre el pasivo ambiental que dejó la empresa YPF S.A.
“Es imposible quedarse callado cuando vemos este cuadro que atenta contra el entramado social y el empresariado pyme”. Afirma el comunicado.
Las suspensiones en medio de la pandemia profundizaron las condiciones de precarización laboral, porque existen también trabajadores registrados que se encuentran suspendidos en el marco del art 223 bis y que vienen cobrando no remunerativo, es decir ítems dentro del sueldo de los que no se deducen (restan) aportes ni contribuciones, es decir, que quedan desafectados de las cargas de la seguridad social, del cálculo de la indemnización por despido y, según el convenio, quedan también excluidas al hacerse la liquidación de aguinaldos, horas extras y vacaciones.
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