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Mundo Obrero. Fate: histórico triunfo obrero

Tras 6 años de campaña, con el apoyo de organizaciones obreras, estudiantiles y el trabajo de los abogados del CeProDH, la Corte Suprema debió darle la razón a un delegado de base y reconocerle el derecho de revisión de una sentencia de desafuero con la que la empresa pretende despedirlo.

Victor Ottoboni

Victor Ottoboni Trabajador de Fate | Lista Granate del Neumático

Miércoles 9 de septiembre de 2015

En el año 2008, en medio de una lucha salarial, la patronal de Fate responde con 79 despidos, y una serie de juicios de desafuero hacia miembros de la Seccional San Fernando y delegados de base. En mi caso se trata del primer juicio donde la patronal busca el despido de un delegado, ya que los demás eran por suspensiones. En 2010, Fate consigue un fallo favorable del Tribunal Nº 1 de San Isidro, quien me quita los fueros sindicales, allanándole camino para despedirme.

En ese momento, junto a la Seccional San Fernando, delegados y trabajadores de Fate, al equipo de abogados del CeProDH (Centro de Profesionales por los Derechos Humanos), a mis camaradas del PTS y en especial a la juventud, logramos llevar adelante una gran campaña junto a organizaciones sindicales, de DDHH, estudiantiles y políticas. Así obligamos que el mismo tribunal tuviera que conceder un recurso extraordinario que presentamos y remitió el expediente a la Corte de la Provincia de Buenos Aires para que revea su propia sentencia. Lográbamos así impedir que el fallo quedara firme, por lo que Fate no pudo avanzar con el despido que pretende. 
Sin embargo, la Corte de la Provincia de Buenos Aires se negó a revisar el fallo de desafuero del Tribunal del Trabajo Nº 1 de San Isidro, o sea, se me negó el elemental derecho para que una segunda instancia pueda rever o confirmar el fallo. Esto hizo la Corte de la Provincia de Buenos porque tiene un criterio por el cual las sentencia de desafuero no son apelables para el trabajador, o sea no tiene derecho de apelación, derecho que sí es concedido a las patronales.

Ese criterio fue impuesto en noviembre del año 1990 en la Provincia de Buenos Aires para impedir la resistencia de los trabajadores a las privatizaciones y leyes flexibilizadoras.

Ante semejante arbitrariedad con los abogados del Ce.Pro.D.H. presentamos un Recurso Extraordinario Federal con la Tesis de que ese criterio es inconstitucional porque viola el Derecho de Defensa en Juicio y el Derecho a la Libertan Sindical, ya que no permitir que un Tribunal superior revise una sentencia de desafuero, atenta contra la protección constitucional a la Estabilidad de los Delegados gremiales. Hicimos una gran campaña, denunciando en todos lados que en la Provincia el genocida Videla tenía más derechos constitucionales que un delegado de base. Con una serie de acciones como parte de una campaña más amplia, nos entrevistamos con el secretario laboral de la Corte Provincial una delegación muy destacada de delegados de fabricas de la zona norte y personalidades de organismos de DDHH, dejando claro que este ataque a la figura del delegado sindical lo considerábamos un ataque a todos los trabajadores del país. Era el precedente que las patronales querían imponer, para avanzar en desarticular a las organizaciones sindicales y los delegados combativos.

Finalmente la Corte Suprema bonaerense concedió nuestro Recurso Extraordinario Federal y envió el expediente a la Corte Suprema de la Nación para que resuelva el caso, ya que consideró que consideró que su propia “doctrina” estaba en “tela de juicio”. De esta manera sentó un importante precedente judicial para en el camino de lograr que ese tipo de sentencias puedan ser apeladas por los representantes sindicales. Mientras FATE no puede despedirme, pues el desafuero no está firme.