El joven de Mar del Plata fue asesinado por el policía bonaerense Arcángel Bogado el 5 de julio. La familia de Brandon convoca a realizar una jornada virtual de visualización y reiterado pedido de justicia. La Izquierda Diario acompaña realizando un resumen de los acontecimientos del último mes.
Miércoles 5 de mayo de 2021 09:17
Fotos Enfoque Rojo
En abril, a poco de cumplirse nueve meses del asesinato de Brandon Romero, su madre Romina tomó conocimiento del pedido formal de sobreseimiento del oficial bonaerense por parte de los fiscales Alejandro Pellegrinelli, David Bruna y Fernando Berlingeri, para quienes, luego de una investigación según ellos “adecuada, completa y exhaustiva” a pesar de la negativa de los pedidos de la familia de sumar más pruebas a la causa, esa madrugada del 5 de julio de 2020 el oficial Pedro Arcángel Bogado vació el cargador de su pistola y mató a Brandon Romero (quien se encontraba desarmado) en defensa de su propia vida y en conocimiento “del peligro que corrían sus bienes e integridad física”.
La Fiscalía General encabezada por Fabián Fernández Garello y Marcos Pagella, acompañó el pedido de sobreseimiento.
De esta manera el Ministerio Publico Fiscal deja sola a la familia de la víctima en su búsqueda de verdad y justicia, evidenciando cómo fue desde el primer momento la parcialidad en la investigación por parte de la fiscalía, donde sólo se escuchó la voz del policía.
A nueve meses acampe contra la impunidad
El pasado 5 de abril, y como lo hace todos los meses, la familia trató de visibilizar una vez más el caso de Brandon, victima de gatillo fácil. En esta oportunidad y ante el abandono por parte del Poder Judicial, Romina decidió realizar un acampe frente a las puertas de los Tribunales de Tucumán y Brown de Mar del Plata, hasta ser atendida por el juez de Garantías Saúl Errandonea.
El acampe en la puerta de Tribunales, que había comenzado la familia el lunes 5 al cumplirse nueve meses del asesinato, fue levantado el martes 6 pasado el mediodía luego de que autoridades judiciales le prometieran a la familia para el viernes ser recibidos por el juez.
La misma se concretó ese viernes 9 de abril a las 10, con el titular del Juzgado de Garantías N°2. Allí Romina Vergara ingresó acompañada por Marcelo Roldán, hijo de desaparecido y miembro del Centro de Profesionales por los Derechos Humanos (CeProDH). La mamá del joven pudo brindar su versión de los hechos y de quién era su hijo, cómo era como amigo, hermano, vecino y compañero de trabajo.
Romina le expresó al juez que no quiere que el asesinato de su hijo quede en la nada como intenta la Fiscalía.
Ante el cuestionamiento del juez por el acampe, ya que según sus dichos no era necesario el mismo para ser recibida, Roldán intervino haciendo mención al destrato que recibe la familia Romero-Vergara por parte del Poder Judicial desde el primer día: “usted debería tener en cuenta que la mayoría de los medios locales titularon que Brandon era un delincuente de frondosos antecedentes, que murió en un intento de robo. Sabe muy bien que esa versión fue proporcionada a los medios desde la Policía y la Fiscalía. Brandon era un joven trabajador, no poseía armas ni antecedentes. Es lógico que Romina no crea en la justicia.”
El juez explicó los pasos procesales a seguir: el abogado de la familia debe presentar el requerimiento de elevación a juicio en los tiempos legales correspondientes para dar lugar a la actuación de la otra parte. Su compromiso fue el de resolver dentro de los plazos establecidos judicialmente en el menor tiempo posible sin dar garantía que la resolución sea favorable al pedido de la familia.
La familia formalizó el requerimiento de elevación a juicio
El 21 de abril el abogado de la familia, César Sivo, presentó formalmente ante el Juzgado de Garantías N°2 el requerimiento de elevación a juicio de la causa que investiga el homicidio.
El mismo consta de mas de 65 páginas, en cual el abogado deja plasmado que el pedido de sobreseimiento de Bogado responde a “un acto procesal viciado de inconmensurables falacias; absurdos en la valoración en la prueba; perjuicios; e interpretaciones parcializadas y tendenciosas de la totalidad del material probatorio”.
Menciona además que “la Fiscalía ha actuado como un reproductor de violencia estatal, dando por cierto que determinadas personas, por el solo hecho de ser etiquetadas (por caso, como “delincuentes”), pueden ser ultimadas y que quien así lo haga no será pasible de persecución criminal, reproche ni castigo”.
“La violencia institucional es posible porque hay discursos y prácticas que estigmatizan, que excluyen, que segregan. Y esta Investigación Penal Preparatoria no ha sido una excepción a la regla, desde que puede hacerse un recorrido -desde el comienzo de la investigación hasta el pedido de sobreseimiento- en el que no dejaremos de avizorar las discriminatorias perspectivas con las que se ha abordado el caso que nos convoca”, escribió el letrado de la querella.
Y agrega que “no puede dejar de llamar la atención el aspecto sobre el que ha circundado toda la pesquisa: estamos hablando de que la víctima era en vida un pibe de barrio, con códigos de conducta social ampliamente diferenciados a los de los operadores de la justicia penal -véase que circulaban en moto por la Ruta 226 y no por Güemes, Alem o Playa Grande”
El texto continúa diciendo que “una y otra vez las distintas agencias del sistema criminal analizan, prejuzgan y entienden conductas similares de diferentes formas. Para ser más gráfico, todas las noches en las zonas ya referenciadas de nuestra ciudad, jóvenes de clase media-alta y alta deambulan, circulan, gritan, se pelean, generan incidentes de todo tipo y color -incluso, empleando la utilización de armas de fuego- y eso muchas veces no solo se tolera, sino además justifica entendiéndolos como una suerte de pecados de juventud. En los barrios, ocurre otro tanto, pero la principal diferencia no es el rango etario ni el comportamiento propiamente dicho de los adolescentes sino la distinta mirada que el Poder Judicial deposita no solo la pertenencia social y sino, básicamente, en su lugar de arraigo. Acá descansa el punto de inflexión de todos los prejuicios ya que, en el caso, por ejemplo, se está partiendo de la base de que un grupo de adolescentes que da vueltas en moto durante algún tiempo, lo está haciendo “de cacería” para buscar una víctima y no simplemente para divertirse”.
La reconstrucción de los hechos
En relación a la reconstrucción de los hechos, la familia de Brandon a través de su abogado afirma que “la relación circunstanciada del hecho que corresponde tener presente es la siguiente: el día 5 de julio de 2020, siendo aproximadamente las 6.34 horas, un sujeto de sexo masculino identificado como Bogado Pedro Arcángel -con el cargo de subteniente de Policía de la Provincia de Buenos Aires y en ejercicio funcional- que circulaba a bordo de su motovehículo tipo scooter eléctrico, marca Sunra de color negro por la Ruta 226 con dirección a la ciudad de Mar del Plata, en inmediaciones de la rotonda Hipódromo coincidió circunstancialmente con un grupo de tres sujetos masculinos que también circulaba a bordo de un motovehículo provenientes de la calle Tarantino, con quienes mantuvo algún tipo de incidente, breve y fugaz, que ni siquiera motivó la detención de su marcha y que concluyó con la continuidad inmediata de la circulación de cada uno de los rodados en distintos sentidos y dirección; es decir, sin ser seguido Bogado por aquellos”.
“El efectivo policial mencionado continúo la marcha, desviándose nuevamente por la rotonda e incorporándose en contramano a la Ruta 226 con dirección a Sierra de los Padres, decidiendo detenerse a la altura del kilómetro 6. Allí, descendió, dejando la moto sobre la vera de la ruta, apagada, sin llaves y sin luces y se apostó por detrás de la misma, ocultándose y empuñando su arma reglamentaria -una pistola Bersa marca Thunder 9mm nro. de serie 1378373-, con la que disparó la totalidad de su cargador, en franca violación a todos los mandatos de actuación policial y con la intención deliberada de ultimar a los dos ocupantes de otra moto que circulaba por la misma Ruta y que ninguna conexión tenían con lo sucedido en la secuencia anteriormente descripta.”
“Los disparos que efectuó -y de los que dio noticia, a través de la Central 911, a la autoridad policial a las 6.41 horas- hirieron a Kevin Farías ocasionándole una lesión en hombro izquierdo y a Brandon Romero siete (...) produciéndole la muerte en forma inmediata como consecuencia de un paro cardio-respiratorio secundario a traumatismo severo de cráneo.”
“Disparó los primeros proyectiles en dirección a las piernas de Romero para inmovilizarlo y, luego, poniéndose de pie y aproximándose a él, ya incluso imposibilitado de correr, cuando estuvo a su lado (de ahí las vainas halladas junto al cuerpo) le gatilló los últimos cuatro de los que la víctima habría intentado cubrirse -girando su cuerpo y anteponiendo su mano- de manera ineficaz.”
Claramente el abogado en su escrito, de lo que estos párrafos son sólo fragmentos, descarta la posibilidad de que haya habido legítima defensa. Y refiere que “nos encontramos ante un hecho de homicidio enmarcado en un contexto de violencia institucional en los está comprobado científicamente que las instituciones estatales funcionan de forma mancomunada y corporativa para proteger a sus agentes.”
El Estado capitalista usa a su favor todos los medios de los que dispone, policías asesinos, fiscales y jueces encubridores, un poder político que ampara y los medios como voceros.
De este lado, la familia de Brandon lleva adelante junto a organizaciones de derechos humanos independientes, la juventud, organizaciones sociales, partidos de izquierda y medios independientes como La Izquierda Diario, una lucha incansable por juicio y castigo al policía Bonaerense Pedro Arcángel Bogado.
Porque la organización y la lucha es el único camino hacia la búsqueda de verdad y justicia