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Red Internacional
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TRIBUNA ABIERTA. Nueva extensión de la Ley de Emergencia Económica

Ayer se votó en el Senado de la Nación el presupuesto 2016, que contiene la extensión de la Ley de Emergencia Económica que vencerá en diciembre de este año; y rige desde el año 2002.

Lilen Reyes Abogada CeProDH | Docente UBA Derecho

Miércoles 28 de octubre de 2015

La ley 25.561 sancionada el 6 de enero de 2002 declaró la emergencia pública en materia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria. Ahora bien, intentando ir un poco más allá, delegó en el Poder Ejecutivo nacional las facultades que esa misma ley enuncia.

Esta ley fijaba su propia vigencia hasta el 31 de diciembre de 2004, pero fue sucesivamente prorrogada. Esto sucedió en 8 ocasiones en los últimos desde 2004 a 2013. La más reciente fue el 2013 que fijó la vigencia de esta ley hasta el 31 de diciembre de 2015.

Esta norma traslada facultades que podrían ser reguladas en el Congreso Nacional, al Poder Ejecutivo, en virtud de “dar respuesta a la emergencia generalizada” y con arreglo a lo dispuesto en el art. 76 de la Constitución Nacional.

Luego de la década ganada, ¿sigue vigente la emergencia económica?

Este artículo prohíbe expresamente la delegación legislativa de las atribuciones del Congreso en el Poder Ejecutivo. Esto es, se prohíbe que el Poder Legislativo delegue en el Poder Ejecutivo la creación de normas. Ahora bien, este mismo precepto contiene dos excepciones que son, materias determinadas de administración y la emergencia pública. Del mismo modo enuncia 2 requisitos fundamentales, a saber un plazo fijado para que se ejerza esta delegación y que esta se lleve a cabo dentro de las bases que el mismo Congreso fijará en la ley que delegue estas facultades.

Entonces en caso de emergencia pública, el Congreso Nacional puede otorgarle facultades legisferantes al Poder Ejecutivo, siempre que fije un plazo para ello y le siente las bases dentro de las cuales puede ejercerla.

Ahora bien, aunque se pueda considerar que la ley respeta los requisitos constitucionales, al establecer un tiempo de vigencia, ¿no es absurdo considerar a esta ley “con plazo determinado” cuando ha tenido ininterrumpidas prórrogas? Por el contrario, la emergencia parecería ser una excusa para atribuir al Poder Ejecutivo facultades directas en materia legislativa y su plazo fijado, totalmente formal.

¿Qué delega la Ley de Emergencia en el Poder Ejecutivo?

A grandes rasgos, el reordenamiento del sistema financiero, bancario y del mercado de cambios, para lo cual dispone la fijación del cambio entre el peso y las monedas extranjeras por el Poder Ejecutivo.

También, la reactivación del funcionamiento de la economía, la mejora en el nivel de empleo y distribución de ingresos, para lo cual otorga al Poder Ejecutivo Nacional la facultad de regula los precios de insumos, bienes y servicios, con el fin de proteger a los consumidores de la distorsión del mercado por los monopolios u oligopolios.
Por último, la creación de las condiciones para el crecimiento económico sustentable y compatible con la reestructuración de la deuda pública y la reestructuración de las obligaciones afectadas por el nuevo régimen cambiario (que es facultad de este mismo Poder fijar).

Nueva prórroga

Ayer, tras un debate de casi ocho horas, el oficialismo consiguió convertir en ley, con 39 votos a favor y 28 en contra, el proyecto sobre los gastos y recursos para la próxima gestión, que contempla un crecimiento de la economía del 3%, una inflación de 14,5% y un dólar promedio de 10,6 pesos.

El vencedor en la segunda vuelta electoral, que se dirimirá entre Daniel Scioli (Frente para la Victoria) y Mauricio Macri (Cambiemos) no sólo heredará el Presupuesto kirchnerista, sino también la Ley de Emergencia Económica.

Si bien se especuló con la fecha para tratar el presupuesto, postergándolo hasta conocer los resultados de las elecciones generales del 25 de octubre, finalmente el kirchnerismo votó la nueva prórroga de la Emergencia económica que le garantiza sus “beneficios” al próximo gobierno, este liderado por Scioli o Macri.