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Proceso Constituyente. Hagamos memoria: 6 trampas de la Convención Constitucional

El enorme triunfo del Apruebo es una señal clara: el pueblo quiere terminar con la Constitución de Pinochet y con la herencia de la dictadura, para recuperar los derechos que les fueron arrebatados. Pero eso no está asegurado con la Convención Constitucional.

Miércoles 28 de octubre de 2020

Hemos visto como los partidos tradicionales de los 30 años y esos nuevos partidos que se sumaron al Acuerdo por la paz como el Frente Amplio, y también el Partido Comunista, han celebrado este triunfo tratando de mostrar que con este proceso constitucional se podrán asegurar esas reivindicaciones.

Pero esto está lejos de la verdad. La Convención Constitucional, si bien no estará compuesta en su mitad por parlamentarios designados, sí tiene una gran cantidad de trabas y trampas que obstaculizarán cualquier transformación profunda a los pilares del neoliberalismo en Chile.

No debemos olvidar que la Constitución de 1980 no contenía legalmente ningún mecanismo que permitiese modificar toda la “Carta Magna”. Por eso los partidos tradicionales firmaron la ley 21.200 que, como reforma constitucional, abre esa vía, y a su vez fijó las reglas y límites del proceso y su Convención.

A continuación refrescamos la memoria con 6 de las trampas de la Convención.

Pero no podemos iniciar la lista sin dar cuenta que este proceso constitucional ocurre en mitad de un escenario de brutal represión de parte del gobierno de Piñera, con Aníbal Villarroel asesinado hace poco más de una semana en La Victoria, con casi 600 presos políticos de la revuelta, mientras los represores se mantienen en total impunidad.

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El cómo se eligen los convencionales: favoreciendo a las listas de los partidos de los 30 años

Un primer hecho fundamental es que el sistema de elección de los convencionales será a través del modelo D’Hondt, que actualmente se utiliza para las elecciones de diputados. Esto favorece a las listas de los partidos tradicionales y minimiza la posibilidad de que sean electos independientes, quienes además no podrán realizar pactos si es que llegan a constituir listas. Un partido puede presentar, por ejemplo, 58 candidaturas en la Región Metropolitana si es que está legalmente constituido, mientras que un independiente o una lista pueden presentar máximo 9, si reúnen las firmas requeridas, y sólo en un distrito.

Por otro lado no debemos olvidar que se estableció un veto en los hechos a los partidos nacidos posteriormente al 18 de octubre del 2019, porque no se modificaron las exigencias para que pudiesen adquirir personalidad legal y presentarse a elecciones, y estaban obligados a reunir firmas ante notario, cuando nos encontramos en una pandemia de carácter totalmente excepcional que obligó a millones de personas a permanecer confinadas, en algunos casos hasta el día de hoy.

A esto hay que agregarle que en este sistema electoral los distritos electorales se expandieron notablemente, por ejemplo, el distrito 10 se amplió cerca de 5 veces, pasando de ser sólo la comuna de Santiago Centro a incluir también a las comunas de Providencia, Ñuñoa, Macul, La Granja y San Joaquín, lo que ha debilitado el peso del voto de comunas populares como ocurre con Peñalolén que pasó a formar parte de un distrito común con la mayoría de las “comunas del rechazo”. Y por otro lado, al expandir tanto los distritos, esto evidentemente favorece a los partidos que tengan más recursos y dinero para poder hacer campaña y llegar a más amplios sectores.

El quórum de 2/3 que le entrega poder de veto a una minoría

El artículo 133 de la ley 21.200 señala que se requieren 2/3 de quórum para tomar los acuerdos al interior de la Convención. En los hechos esto otorga a una minoría de un tercio, con lo que la derecha y la oposición neoliberal de la ex Concertación pueden fácilmente bloquear cualquier discusión que atente contra sus intereses o los de los empresarios.

Esto entrega en los hechos la capacidad de imponer sus propios intereses a un sector totalmente minoritario, cuando las grandes mayorías han planteado sus demandas en las calles e incluso a través del voto masivo del Apruebo.

Estudiantes secundarios excluidos del proceso

Quienes iniciaron la rebelión saltando los torniquetes no podrán participar por ser menores de 18 años. Así no podrán elegir ni ser electos como convencionales. También existen dificultades para los dirigentes sindicales o vecinales que tienen que suspender sus cargos para poder postularse.

Artículo 135: Las instituciones del régimen pinochetista siguen actuando sobre ella con Piñera a la cabeza

El artículo 135 señala que “La Convención no podrá intervenir ni ejercer ninguna función o atribución de otros órganos o autoridades establecidas en esta constitución o en las leyes”. Es decir, la Convención no es Soberana en el sentido de que las viejas instituciones del régimen heredado de la dictadura militar seguirán operando y funcionando con total normalidad. Esto incluye la figura del Presidente Sebastián Piñera, fuertemente cuestionado, y de quién se exigió su salida y renuncia durante la rebelión, por reprimir con brutalidad y declararle la guerra al pueblo.

No se pueden discutir las necesidades urgentes actuales del pueblo trabajador
Otra limitación que tiene la convención será que no puede discutir sobre leyes que afecten en lo inmediato al pueblo trabajador. Es decir, el proceso demorará dos años mientras seguirá siendo este gobierno y este Parlamento quienes seguirán legislando y gobernando para descargar los costos de la crisis económica y sanitaria sobre los hombros del pueblo trabajador.

Los Tratados Internacionales no se tocan

Por otro lado este proceso tiene vetos previos establecidos entre cuatro paredes: Los tratados internacionales no pueden ser tocados. No sólo los que incumben a los Derechos Humanos, sino que también los Tratados de Libre Comercio, cuestión que es clave si consideramos que Chile es uno de los países que es parte de más TLCs del mundo, ya que se encuentra suscrito a 29, los cuales favorecen el saqueo de los recursos y del pueblo por parte de las grandes trasnacionales.

Vamos por una Asamblea Constituyente Libre y Soberana

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Ante este escenario, es necesario confiar en nuestras propias fuerzas de movilización, avanzando a retomar el camino que abrió octubre y especialmente la jornada de paro nacional del 12 de noviembre, la más importante desde el fin de la dictadura.

Sólo con la huelga general de la clase trabajadora y los sectores populares podremos derrotar a Piñera e imponer una verdadera Asamblea Constituyente libre y soberana, que pueda discutir sobre todo, sin vetos ni restricciones, con un constituyente electo cada 20 mil votantes, que sean revocables y que ganen lo mismo que un trabajador calificado, donde puedan votar y postularse jóvenes mayores de 14 años, para que sea el pueblo trabajador el que pueda decidir, para terminar con toda la herencia de Pinochet.