lid bot

BLANQUEO. La AFIP amplió las condiciones para ingresar al Sinceramiento Fiscal

Mediante una resolución publicada ayer en el Boletín Oficial se otorgan nuevas facilidades para sumarse al blanqueo y moratoria.

La Izquierda Diario

La Izquierda Diario @izquierdadiario

Martes 6 de septiembre de 2016

Mediante la resolución 3.935 del Boletín Oficial publicada ayer, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció algunos cambios y precisiones para la adhesión a la moratoria impositiva, lanzada en el marco del “Régimen de Sinceramiento Fiscal”.

Las modificaciones incluidas en la resolución establecen modificaciones para adherir al régimen de regularización excepcional de obligaciones tributarias, y de la seguridad social y aduaneras cuyas presentaciones deberán hacerse entre el 1 de agosto de 2016 y 31 de marzo de 2017 inclusive.

Como parte de la moratoria, se agregan las obligaciones que surgen de declaraciones juradas determinativas de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, que se presenten con posterioridad al día 31 de mayo de 2016, por períodos fiscales vencidos a dicha fecha.

A su vez, establece que cuando se trate de deudas en ejecución judicial, que este acreditada la adhesión al régimen, firme la resolución judicial y regularizada en su totalidad la deuda demandada, la AFIP solicitará al juez interviniente dar por finalizado la ejecución judicial.

En el caso que la solicitud de adhesión resulte anulada o rechazada se continuara con las acciones destinadas al cobro de la deuda y, en caso de que el plan de facilidades caduque la AFIP podrá iniciar acciones para cobrar lo adeudado.

También se precisó que la adhesión al régimen se considerará aceptada mientras se cumpla con el ingreso del pago a cuenta (en el caso de elegir pagar la penalidad en cuotas) o la cancelación del pago al contado de la deuda.

También se especifica que la adhesión al régimen implicará para la persona que blanquee o entre en la moratoria, el reconocimiento de la deuda incluida en los planes de facilidades de pago. Por último, se define que los funcionarios de la AFIP no podrán efectuar una denuncia penal contra quienes regularicen las obligaciones comprendidas en el régimen.