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Red Internacional
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No + AFP. La Caja de Seguro Obrero: un tipo de previsión de reparto solidario y financiamiento tripartito

A propósito de los debates previsionales y de seguridad social, exponemos una síntesis del modelo de "cajas de ahorro", señalando el funcionamiento, financiamiento, coberturas de protección sociolaboral y principios de solidaridad que tuvieron en Chile.

Viernes 17 de febrero de 2017

Al igual que las mutuales, mancomunales y sociedades de resistencias que los trabajadores fueron conquistando, fruto de su movilización, en un contexto de desprotección legal y social, el Estado respondió con acciones que permitieron brindar delimitadas garantías de protección, ante la pobreza que atravesaban las familias trabajadoras.

En este sentido, la Caja de Seguro Obrero fue una de las Cajas de Previsión Social de reparto solidario que logró, en la década de los 40, llegando a representar cerca del 80% del total de afiliados a cubrir pensiones, subsidios de invalidez, accidente de trabajo, enfermedades laborales , entre otras acciones de protección y seguridad social.

Esta caja de previsión era una institución semifiscal, administrada por representantes de los trabajadores, empleadores y del Estado.

Las Cajas buscaban mejorar las condiciones de los trabajadores, ya que quienes desarrollaban sus labores en situaciones precarias, carecía de seguros de accidentes, atención de salud y sistema de previsión social.

El marco legal que ampara las Cajas de Seguro Obrero fueron expresados en la ley Nº4054, que crea la denominada Caja de Seguro Obligatorio, donde su funcionamiento será a través de una caja central y de cajas locales. Su dirección y administración estuvo a cargo de un consejo, compuesto de nueve personas, seleccionadas de la siguiente forma: tres miembros elegidos por la asamblea de los asegurados; tres miembros elegidos por la asamblea de los patrones que estuvieren obligados a pagar derogaciones para servir el seguro, y tres miembros elegidos por el Presidente de la República (uno de estos se exigió que fuera un médico que no estuviese al servicio de la Caja).

La caja de seguro obrero cubrió a los asegurados en casos de enfermedad, invalidez y accidentes del trabajo, donde el financiamiento devenía de diferentes vías:

a) con las cuotas que pagaron a la Caja Local respectiva los aseguradores, patrones y el Estado;

b) con el producto de las multas impuestas en virtud de la Ley N°4.054, las cuales se entregaban a la Caja Local en cuyo territorio se cometió la infracción;

c) con el valor de las multas derivadas de infracciones del Código Sanitario y las disposiciones, contenidas en los párrafos 14 y 15 del título VI del libro II del Código Penal, las cuales se pagaban en la Caja Local correspondiente,

d) con los intereses de los capitales de las Cajas y rentas de sus bienes, los legados y donaciones que se le hicieron y las herencias que les dejaron;

e) con el producto de un impuesto de uno por ciento (1%) que se estableció sobre el valor de todas las cancelaciones, de cualquier motivo o título que hicieran el Estado o las municipalidades, con excepción del servicio de la deuda externa, subvenciones o instituciones de beneficencia o instrucción gratuita y de las compras de materiales o mercaderías en el extranjero;

f) con la resultante de una patente adicional que se aplicó a las Compañías de Seguro cuya dirección y capital no estuvieren radicados en Chile, equivalente al dos por ciento (2%) de sus entradas brutas, por pólizas expedidas o renovadas, con excepción de las de seguros de vida, que pagaban el uno por ciento (1%).

Los principios fundamentales, que se desprendían de la ley N°4.054 se podían distinguir claramente, el carácter obligatorio del seguro, que se vio respaldada por la contribución que hicieren los patrones y el Estado, además de los propios trabajadores. Quedan, igualmente, sometidos a esta obligación los artesanos o artistas que trabajan en su domicilio, los que hacen oficios o prestan servicios directamente al público en calles, plazas, portales y almacenes, los pequeños comerciantes, fijos o ambulantes, los industriales.

Otro principio que caracterizó a la Caja de Seguro Obrero, el carácter tripartito del financiamiento. Éste se explicaba porque la Caja era una entidad semifiscal financiada, a razón de porcentaje de distintos que se obtenían del salario: Patrón (3%), Trabajadores (2%), y el Estado (1%).

La Caja se preocupaba de que en el caso que el obrero se enfermare, tuviera
algunos ingresos, al igual que en el caso de fallecimiento su familia no quedara tan desprotegida, la situación de sus hijos/as. Es por eso que debemos mencionar dentro de sus principios de la Caja de Seguro Obrero el de la protección a las familias trabajadoras.

Los beneficios que otorgaba la Caja de Seguro Obrero, correspondía;

a) asistencia médica y provisión de todos los medios terapéuticos necesarios, hospitalización, vigilancia técnica especializada.

b) un subsidio en dinero, mientras duraba su incapacidad, el subsidio era igual al monto del salario, sueldo o renta que el asegurado.

c) atención profesional de las aseguradas durante el embarazo, parto o puerperio, y además, un auxilio igual al cincuenta por ciento (50%) del salario durante las tres primeras semanas que seguían al parto y de veinticinco por ciento (25%) en el período posterior, prolongado hasta el destete cuando amamantaban a su hijo;

d) La suma de trescientos pesos que se entregaba a la familia del asegurado en caso de fallecimiento de éste, para los gastos de funerales; pero si el asegurado carecía de familia que viviera con él, la Caja se hacía cargo por su cuenta de los gastos de funerales y sepultación; en ese caso, si algún pariente o amigo del difunto o alguna sociedad gremial o corporación a que aquél perteneciere, solicitaban costear este servicio, el Consejo de administración accedía inmediatamente a la petición;

e) Una pensión de invalidez a los asegurados que, fuera de los casos indemnizados por la ley de accidentes del trabajo, y siempre que no fueran consecuencia de un acto intencional o un delito o culpa grave imputables a ellos mismos, sufrieran de enfermedades crónicas que produjere su incapacidad absoluta y permanente para el trabajo. La pensión era igual a la renta, sueldo o salario medio que hubiere ganado en el año anterior,

f) Una pensión de invalidez a los que llegaban a la edad de 65 años y tenían, por lo menos, quince años de asegurados.

g) Una pensión de retiro que percibían los asegurados desde que cumplían 55 años de edad. Se debía declarar si para la constitución de sus pensiones de retiro, optaban entre el sistema de cuota o imposiciones cedidas, o el de cuotas o imposiciones reservadas.

La caja realizaba campañas algunas orientadas a la protección de la salubridad e higiene, otras se orientaron a la protección de la salud a través de una adecuada conducta Sexual, éstas recorrían Chile entero a través de afiches y consejos en la revista. Además realizaban actividades culturales, de promoción de salud, y animación infantil (entrega juguetes, premios).

Las cajas de ahorro podemos rescatar sus aspectos progresivos y evidenciar sus contradicciones, pero los trabajadores obtuvieron derechos sociales obtenidas a través de su movilización, donde algunas de sus conquistas fue, que se comenzara a garantizar la seguridad social y el ejercicio de los derechos democráticos por el Estado.

Estas instituciones de ahorro, salud y seguridad laboral, influyeron en la necesidad de cubrir no solo los seguros de pensiones de los trabajadores, sino los aspectos de la adversa vida laboral y precaria del trabajo en Chile.

Fuentes: HUMERES MAGNAN, Héctor. Patrones y Obreros. Editorial Jurídica. 1954 , y
GALAZ-MANDAKOVIC FERNÁNDEZ, Damir. Edificios Colectivos de La Caja del Seguro Obrero.