También se retrotrajo la tarifa residencial al 31 de marzo. Así lo determinó hoy el gobierno de Macri a través de una resolución oficial. Las audiencias no serán vinculantes.
Viernes 19 de agosto de 2016 10:01
Luego del fallo de la Corte Suprema que anuló los incrementos de tarifas de gas para residenciales, el Gobierno nacional fijó esta mañana la convocatoria a la audiencia pública exigida por la corte para considerar el precio del servicio de gas para el próximo lunes 12 de septiembre. La misma se realizará en la Usina del Arte de la Ciudad de Buenos Aires y no será vinculante, como denuncia la izquierda.
Además, instruyó al Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) a que disponga las medidas para que las empresas distribuidoras del servicio apliquen a los usuarios los cuadros tarifarios vigentes hasta el 31 de marzo.
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"Convocar a Audiencia Pública a fin de considerar: a) el traslado a tarifas de los precios de gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte y b) las tarifas transitorias de transporte y distribución, que estarán vigentes hasta la aprobación definitiva de los cuadros tarifarios resultantes de la Revisión Tarifaria Integral", señala el artículo 1 de la Resolución 3953/2016 del Enargas, publicada hoy en el Boletín Oficial.
La audiencia se realizará el lunes 12 de septiembre, desde las 9, en la Usina del Arte, ubicada en Agustín Caffarena 1, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Según la resolución del Enargas, podrán participar "toda persona física o jurídica, pública o privada, que invoque un derecho subjetivo, interés simple o derecho de incidencia colectiva".
Quienes quieran inscribirse, así como informarse sobre las condiciones para participar, deberán presentarse en la Mesa de Entradas del Enargas, lunes a viernes de 10 a 17, hasta dos días antes de la realización de la audiencia.
En tanto, a través de la Resolución 152 - E/2016, el Ministerio de Energía instruye al Enargas a que "disponga las medidas necesarias a fin de que las prestadoras del servicio público de distribución de gas natural por redes de todo el país, apliquen a los usuarios residenciales, por los consumos efectuados a partir del 1 de abril de 2016, los cuadros tarifarios vigentes al 31 de marzo de 2016".
Además, señala que los usuarios que accedieron a la Tarifa Social no podrán abonar un monto mayor al que les hubiese correspondido por ese beneficio, según las Resoluciones que dispusieron los ajustes de precios a principio de año.
En tanto, establece que "los montos no abonados por los usuarios de cualquier categoría, por consumos efectuados a partir del 1 de abril de 2016", podrán pagarse hasta en "cuatro cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin intereses ni recargos relacionados con la falta de pago, la primera de ellas, con vencimiento en el mes de septiembre de 2016".
Los usuarios que ya abonaron sus facturas con el incremento recibirán un crédito en sus facturas "a partir de la primera facturación a emitirse con posterioridad a la presente, hasta cubrir la totalidad del monto respectivo".