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Red Internacional
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ABORTO EN 3 CAUSALES. Nuevos peros al aborto en 3 causales

Esta enmarca las acciones de los establecimientos y el personal dentro del proceso.

Jueves 8 de febrero de 2018

Por Paulina Rojas, estudiante de Medicina y militante de Vencer.

Durante la pasada jornada se dio a conocer la nueva normativa del MINSAL para la ley de aborto en 3 causales, donde se determina el actuar del personal de salud y el rol de los distintos establecimientos al recibir a una paciente que declare querer realizarse este procedimiento.

El documento especifica que los centros primarios de salud, tales como CESFAM, CECOF, SAPU, etc., en caso de recibir a una mujer que quiera acogerse a una de las 3 causales, deben derivarla a un establecimiento especializado en un plazo menor a 24 hrs.

En cualquiera de los casos el proceso se realiza con un consentimiento informado y el personal “debe acoger e informar la decisión de la víctima, sin dar sugerencias, recomendaciones o instrucciones”.

Causal de Violación

En el documento se expresa explícitamente que “se debe evitar la revictimización y estigmatización de la mujer”, además de “actuar con empatía y profundo respeto”.

Para estos casos a las mujeres mayores de 18 años se puede utilizar su declaración de la denuncia previamente realizada para evitar que ella deba volver a dar el relato, si no hay denuncia el centro asistencial la puede realizar posteriormente en fiscalía. En el caso de las menores de 18 y mayores de 14 años se pueden utilizar declaraciones previas y en las menores de 14 no es necesario, ya que legalmente cualquier tipo de relación sexual a esa edad es considerada violación, en ambos casos el centro médico debe realizar la denuncia. En cualquiera de los casos se tomarán restos del feto para posteriores análisis de ADN, a utilizarse en el contexto de persecución del violador.

Para que se realice el aborto se verificará en el recinto a través de ecografías (las cuales la mujer puede optar por no ver ni oír), que el embarazo esté dentro del plazo autorizado, que es de las primeras 12 semanas para mayores de 14 años y hasta las 14 semanas si es menor de 14 años. Después de realizado el análisis de las ecografías y de los relatos se le informará a la paciente dentro de un plazo de 24 hrs. si califica o no para realizarse un aborto, ya que se considerará, entre otros, que los hechos relatados puedan producir un embarazo, concordancia entre la fecha de la violación y la edad gestacional.

Sin embargo, la actual normativa deja a juicio del servicio de salud, si se le realizará el procedimiento o no a la mujer basado en sus declaraciones, cuando justamente sólo las mujeres deberían decidir si quieren realizarse o no un aborto, siendo que desde ya este derecho está acotado a menos del 5% de los abortos realizados anualmente en Chile (porcentaje que cubre la ley de aborto en 3 causales) y a la voluntad tanto del establecimiento como del personal a realizar dicho procedimiento, sesgando y criminalizando a las mujeres que eligen abortar.

Esta normativa profundiza la brecha de clase entre las mujeres pobres y las mujeres millonarias, siendo que las últimas pueden costearse sin mayores problemas abortos en clínicas privadas o en viajes al extranjero. Mientras que las mujeres pobres se ven enfrentadas a condiciones de insalubridad y precariedad, que incluso cobra la muerte de cientos de mujeres por abortos clandestinos.

No podemos dejar que se siga limitando la libertad de acción, debemos seguir en pie de lucha demandando un aborto libre, legal, seguro y gratuito, no bajar los brazos frente a este nuevo gobierno de derecha que se aproxima con políticas machistas, conservadoras y la doble moral pro-vida, que mientras defienden la vida de los fetos también plantean la pena de muerte.