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Red Internacional
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PRO-NEGOCIOS. Obra pública: con un fideicomiso se reglamentó la Participación Público Privada

El gobierno reglamento a través de un Fideicomiso la Participación Público Privada en obras de infraestructura por un plazo de 30 años.

Lunes 26 de febrero de 2018

A través del Fideicomiso creado por el decreto 153/2018, publicado ayer en el Boletín Oficial, se reglamentó la Participación Público Privada (PPP), modalidad que el gobierno pretende aplicar a la obra pública en procesos “mixtos” de inversión.

En el decreto se lee: “Que mediante la Ley N° 27.328 se estableció el régimen relativo a los contratos de participación público privada, y se definió a los mismos en su artículo 1° como aquellos celebrados entre los órganos y entes que integran el sector público nacional …(en carácter de contratante), y los sujetos privados o públicos (en carácter de contratistas), con el objeto de desarrollar proyectos en los campos de infraestructura, vivienda, actividades y servicios, inversión productiva, investigación aplicada y/o innovación tecnológica.”

Además, la ley mencionada estableció que “las obligaciones de pago asumidas por los entes contratantes, en el marco de lo establecido en dicha ley podrán ser solventadas o garantizadas mediante la creación de fideicomisos.”

Ante eso y para garantizar los pagos “la Ley N° 27.431 creó el Fideicomiso de Participación Público-Privada (“Fideicomiso PPP”).” Y agrega: “Que el artículo 59 de la referida Ley autorizó la contratación de una serie de obras o adquisición de bienes y servicios, a ser ejecutados como proyectos de participación público-privada durante el ejercicio 2018 y subsiguientes.”

Algunos de los ejes principales del Fideicomiso PPP:

  •  El plazo de duración del Fideicomiso PPP es de 30 años.
  •  El Fideicomiso PPP podrá constituirse mediante un único fideicomiso y/o a través de distintos fideicomisos individuales denominados “Fideicomisos Individuales PPP”.
  •  El Fideicomiso PPP (y/o los Fideicomisos Individuales PPP) se regirá por un Acuerdo y Reglamento Marco del Fideicomiso PPP.
  •  Se designó al Banco de Inversión y Comercio Exterior S.A. como organizador y fiduciario del Fideicomiso PPP y de los Fideicomisos Individuales PPP. Su presidente desde 2016 es Pablo García, quien supo trabajar en el BID y tiene escritos relacionados a integración y comercio donde recomienda la modalidad PPP.
  •  Los fiduciantes serán los Ministerios a cuya jurisdicción correspondieren los proyectos a ser desarrollados mediante contratos de participación público-privada.
  •  Mientras los beneficiarios serán aquellas personas humanas o jurídicas titulares de los valores fiduciarios PPP, certificados, valores negociables, títulos valores, actas, instrumentos o títulos de reconocimiento de inversión que sean emitidos por los Fideicomisos Individuales PPP, así como todo otro ente u organismo que se determine en cada contrato de fideicomiso de acuerdo con el proyecto.
  •  El decreto de reglamentación del Fideicomiso PPP entra en vigencia a partir de hoy.

    ¿Podrá la modalidad PPP atraer inversiones?

    Mientras el gobierno presenta la Participación Público Provida como una herramienta novedosa que podría estimular inversiones del sector privado dirigidas a las obras públicas, el inicio del PPP se remonta a Inglaterra en los años del Thatcherismo.
    La modalidad PPP funciona, a grandes rasgos, a través de prestamos a privados por parte del sector publico para la realización de obras, que permite no agrandar el déficit fiscal (se contabilizan como prestamos a privados), achicando el rol del Estado en la obra pública.

    Desde el gobierno han vaticinado que mediante esta modalidad se aportaría mayor transparencia a las contrataciones, pero muchos informes del desarrollo de los contratos bajo PPP en países como Inglaterra o España denuncian graves casos de sobreprecio y de obras no finalizadas.

    En pocas palabras, las empresas contratistas se hacen de dinero rápido del Estado, con amplias garantías por décadas. Bajo el macrismo vimos como a través de la Ley de blanqueo muchos amigos y familiares del gobierno se vieron beneficiados “declarando” dinero que tenían en cuevas fiscales, provenientes de evasión fiscal entre otras. La renuncia y actual acusación por lavado de dinero de Díaz Gilligan es un claro ejemplo.

    Bajo estas condiciones y experiencias, seguramente la implementación de contratos PPP atraigan inversión privada pero no garantiza la realización de obras con mayor eficiencia y por otra parte ocultan el endeudamiento público.

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