Compartimos con ustedes esta columna escrita por Paulina Muñoz Bastías, activista por los Derechos Humanos e integrante de la Comisión Jurídica y de DDHH de la Asamblea de chilenxs en Buenos Aires y del Comité de Solidaridad Para Los Pueblos de América Latina y El Caribe , que nos da su testimonio y análisis respecto a la situación de los y las presos y presas políticos.
Jueves 27 de febrero de 2020
La vida de muchas familias ha cambiado del cielo a la tierra. Durante la semana madrugando, pero esta esta vez para preparar la encomienda o lo que se comerá el día de la visita, para hacer la fila que te conducirá a tu hijo, tu hermano, tu amigo para así poder abrazarlo y decirle que estás haciendo lo humanamente imposible para sacarlo de ese lugar donde te apresaron tan injustamente.
Hoy que se sepa que las audiencias que tanto esperan estas familias se están aplazando porque no están listos los peritajes, las cautelares se niegan y los jóvenes se quedan esperando en el centro penitenciario para que los vayan a buscar a declarar sin que nadie les diga por qué eso nunca sucede.
Mientras lees esto, estos jóvenes siguen otro día más en la cárcel y sus familias siguen preparando sus visitas con la certeza de que se hará justicia.
Desde diciembre 2019 me encuentro en Chile y durante este tiempo he podido constatar en persona las diversas irregularidades vividas tanto en el momento de detención, como en el proceso judicial de los presos políticos.
Las familias han quedado en total desamparo por el Estado que debiese estar para cuidar, proteger, amparar y velar por los derechos de la ciudadanía. El detalle de irregularidades que se presentarán a continuación surge de la redacción del grupo de Familiares de Presos Políticos de Santiago 1 presentado ante la CIDH en su visita In loco la última semana de enero de 2020:
Detenciones:
Las detenciones no están cumpliendo con los protocolos correspondientes en cuanto a la fuerza utilizada en ellas. Se usa fuerza desmedida en las detenciones y torturas.
No se les están leyendo sus derechos, se les está negando la llamada telefónica, lo que implica que no puedan tener la presencia de sus abogados en su estadía en la comisaría.
Las detenciones están siendo arbitrarias, muchas veces sin haber motivos razonables.
La constatación de lesiones es uno de las primeras gestiones que deben ser realizadas, pero esto no está siendo respetado, ya que estas se están realizando horas después de la detención, en presencia de carabineros, lo que amedrenta la declaración de detenido al momento de ser consultados por los médicos. O bien se hace la constatación de lesiones y posterior a esto han sido maltratados por los agentes que los han tomado detenidos.
Control de detención:
En muchos de los controles de detención están dejando a los chicos solos, no se le está permitiendo tener la compañía de sus familiares o en el caso de que permitan el ingreso lo hacen solo a una persona, sin considerar que las audiencias son públicas.
Actualmente cada uno de los chicos que han sido detenidos están en prisión preventiva pues son considerados “un peligro para la sociedad”, vulnerando su derecho a la presunción de inocencia.
Investigación:
Existe un retraso en la entrega de las carpetas investigativas, algunas se han demorado incluso hasta un mes.
Los fiscales no están respetando los tiempos de investigación, no cumplen con las diligencias solicitadas por los defensores en el tiempo estipulado para dicha investigación. Demoran las diligencias para poder luego solicitar extensión en el plazo inicial, solo para lograr mantener a los chicos por más tiempo en prisión preventiva.
Al demorar sin justificación las diligencias, esto no permite que los nuevos antecedentes sean ingresados de forma inmediata a la carpeta investigativa, por ende hace difícil el hecho de hacer una revisión o apelación a la medida cautelar.
En el caso específico de los presos que están siendo acusados por la ley de tenencia de armas (Ley 17.798) se encuentran cumpliendo pena efectiva en prisión preventiva por la ley 18.216 la cual establece penas que indica como sustitutivas a las penas privativas o restrictivas de libertad para los artículos 8°, 9°, 10°, 13°, 14 y 14 D de la ley N° 17.798: o de los delito o cuasidelitos que se cometan empleando alguna de las armas o elementos mencionados en las letras a), b), c), d) y e) de los artículos 2° y 3° de dicha ley.
El tribunal constitucional se ha pronunciado en varios casos sobre la inconstitucionalidad de la ley 18.216, la cual no les permite tener una pena sustitutiva a pesar de tener una irreprochable conducta anterior.
No me queda más que señalar que desde la Asamblea de Chilenxs en Buenos Aires y CoSEPALC, organismos de los cuales formo parte tenemos un férreo compromiso y convicción de que se haga justicia.
Seguiremos acompañando en la lucha y la invitación es a que se sumen a la denuncia frente a este Estado Chileno que ha tomado la decisión de criminalizar la protesta.
¡LIBERTDAS A LXS PRESXS POLÍTICXS!