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¿Poder Judicial y lawfare en México?

Víctor Romero

EFE/Isaac Esquivel

¿Poder Judicial y lawfare en México?

Víctor Romero

Ideas de Izquierda

El debate sobre el Poder Judicial en México se encuentra muy vivo, porque el gobierno de la 4T impulsa una reforma que busca modificar varias de las bases estructurales de la Judicatura. Dicha iniciativa ha sido bien recibida por la mayoría de población, debido a que los privilegios de los que gozan los jueces son percibidos como injustos en un país en el cual domina la precariedad laboral. Esto nos obliga a reflexionar críticamente cómo llegamos a este punto y el carácter de clase de los jueces.

En la sociedad francesa feudal previa a la revolución burguesa, el poder se encontraba concentrado en una sola persona, el rey. El Estado absoluto había llegado a un alto grado de centralización político con el fin de desenvolver aceleradamente las condiciones económicas, que desarrollaron al capitalismo moderno. El Estado tuvo como fin la protección de las principales economías nacionales europeas. Se impusieron aranceles a las mercancías extranjeras, se monopolizó el comercio con las colonias, se fortaleció al ejército con el fin de pelear guerras con países rivales, entre otras medidas.

Esta contradicción entre la vieja aristocracia y los nuevos capitalistas fue mantenida a flote gracias a la excesiva concentración de poder político en la figura del monarca, que, si bien trataba de beneficiar a su clase social, también debió negociar con la burguesía, pues esta última se había convertido en su prestamista y apoyo político.

Este delicado equilibrio se vio perturbado por una tremenda crisis fiscal, que sufrió Francia a finales del siglo XVIII debido, entre otros factores, a la mala cosecha, al estancamiento de la industria y al apoyo excesivo a la guerra de independencia de los Estados Unidos. El rey fue perdiendo, de a poco, el control de la situación llegando, incluso, a afectar la propiedad de los grandes inversores; lo que la burguesía, por supuesto, no permitió y dirigió la Revolución de 1789 apoyándose en la masa de campesinos, artesanos y obreros.

A la par, y como correlato de la situación social, surgieron toda una serie de pensadores y filósofos liberales (por reivindicar la libertad innata del hombre [1] frente al Estado) que representaban, a veces consciente y otras inconscientemente, los intereses de la pequeña burguesía, que buscaron dar un fundamento y justificación ideológica a la revolución y a la toma del poder por una nueva clase social. En este sentido, para Montesquieu “todo hombre que tiene poder se inclina por abusar del mismo; va hasta que encuentra límites. Para que no se pueda abusar de este, hace falta disponer las cosas de tal forma que el poder detenga al poder”. [2]

Aquí Montesquieu se refiere a los derechos que la burguesía considera como “naturales”: la propiedad, la libertad y la seguridad, por lo que ninguna persona debía perturbarlo, a pesar de que se viera tentado a ello. No obstante, la única manera de garantizarlo era por medio de un Estado de leyes [3] que se lo impusiera a los individuos; lo que, en teoría, es incompatible con la monarquía, bajo el argumento de que nadie puede estar por “encima de la ley”.

Recordemos, que para los capitalistas todo gira en torno a la ganancia, al lucro. Pero para fundamentar su interés de clase frente a la aristocracia, que invocaba la voluntad divina y la tradición, estos ideólogos recurrieron a la idea de naturaleza; es decir, que los derechos (sobre todo el de propiedad) son una parte consustancial de los seres humanos, una sustancia inmutable que no puede ser afectada por la voluntad y que puede ser captada y deducida por los sentidos para ser aplicada.

Con este discurso los liberales proponían una visión universal, que alcanzaba a toda sociedad política. Ahora, dado que el rey concentraba en su persona todo el poder, la propuesta de parte de los librepensadores fue eliminar la figura del monarca y sustituirla por una república de ciudadanos quienes debían dividir el poder en tres instancias diferenciadas, que debían aplicarlo, y cada una hacer el contra peso de la otra. La famosa división de poderes. Sin embargo, no debemos perder de vista que el Estado capitalista es una unidad, una totalidad que tiene bajo su manto a todas las relaciones de la sociedad.

¿Quién tiene la capacidad de juzgar?

El tribunal, desde la perspectiva occidental, tiene su origen en Roma. Existió un funcionario especializado del Estado llamado pretor, que tenía autoridad conferida por el emperador. Este personaje poseía la facultad y la obligación de atender los problemas que se presentaran entre los particulares y dar la razón a alguna de las partes para solucionar el conflicto. En las revoluciones burguesas se utilizaron las estructuras de los viejos tribunales reales, pero envestidos de una nueva ideología: la separación de poderes. Uno de los principios básicos fue la “independencia” o “neutralidad”, la cual implicaba, según sus fundadores, que la magistratura no estuviera atada a las decisiones de los otros dos poderes (ejecutivo y legislativo). [4]

¿Pero, qué entienden por independencia? A grandes rasgos, y según la definición de la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación mexicana (SCJN), es que los jueces sólo están sometidos a las leyes y a la constitución, por lo que ni órganos, funcionarios o particulares deben influir en sus fallos. [5] Vayamos por partes con estas ideas.

Primero, porque toda ley se discute en un espacio político como lo son los parlamentos o los congresos, en donde las diferentes fuerzas políticas –que en su mayoría defienden el orden capitalista— luchan para imponer su programa. Por tanto, cuando los jueces ejercen, están aplicando la visión política de alguna fracción política en particular.

Segundo, los presupuestos de todos los poderes judiciales del mundo se proponen por el poder ejecutivo y se aprueban por el legislativo. Por lo que podemos observar, en este sentido no hay “independencia”, porque depende directamente de los que se les asigne. Para nadie es una sorpresa, que la independencia política vaya de la mano de la independencia económica, porque si un ente basa su funcionamiento a los ingresos que recibe de un tercero, esto quiere decir que estará siempre condicionado a lo que el tercero decida, porque en el capitalismo la asignación de recursos (o no) de parte del Estado está supeditado a un plan mayor, por lo que si el poder judicial decidiera no cooperar perdería su fuente de financiamiento.

Tercero, al ser parte integrante del régimen, los funcionarios del poder judicial reciben, de parte de los otros dos poderes, salarios y otros privilegios económicos exorbitantes, que en nada se comparan con los bajísimos ingresos de la mayoría de la clase trabajadora y demás sectores populares. Esto representa, que la separación de poderes también es sostenida, porque significa una serie de privilegios enormes; por lo que, los jueces siempre estarán en disposición de atacar los derechos de las mayorías para mantener su posición de casta.

El Poder Judicial como actor político

Durante muchas décadas la Suprema Corte no fue un actor principal en la lucha política y de clases en México. Su actuar estaba muy delimitada a atender los conflictos dentro de la sociedad civil, lo cual tenía una gran importancia para mantener la normalidad de las instituciones del Estado. Esto reflejaba el grado de hegemonía que tenía el Partido Revolucionario Institucional (PRI). No obstante, a medida que la hegemonía del PRI se fue debilitando, fue surgiendo la necesidad de buscar otros mecanismos de legitimación de sus políticas que en la mayoría de las veces eran antipopulares. Fue así que se fortaleció conscientemente el papel de los jueces y sus decisiones “técnicas.” Por supuesto la conflictividad social no disminuyó, pero se encontró otra vía para desviarlo.

En un momento en que la lucha de clases y la inestabilidad política se manifiesta con fuerza, podemos preguntarnos ¿a quién le cabe la tarea de estabilizar el orden capitalista? ¿Al bonapartismo judicial o al bonapartismo presidencialista? ¿Al ejército? De entrada, podemos decir son los tres responsables porque forman parte del mismo Estado o, más bien, cada uno entra en momentos diferentes de forma desigual y combinada.

Cuando hay mayores reflectores sobre los tribunales se robustece la idea de que estos se sitúan por encima de los enfrentamientos políticos cada vez más agudos, que amenazaban a la democracia burguesa. Así se quiso instalar la idea de que sólo los tribunales pueden garantizar la coherencia de las instituciones del Estado y de la Constitución; sin embargo, la cuestión es la siguiente: Que un tribunal interprete el derecho constitucional por encima de la política es una posición sustancialmente autoritaria, porque se ignora el debate y la posición de los ciudadanos que votaron y se somete a una norma abstracta, como es una constitución que, en las circunstancias actuales, defiende la gran propiedad privada y la explotación capitalista.

¿Lawfare o bonapartismo de toga en México?

En los últimos años los golpes institucionales orquestados desde el Poder Judicial en varios países de América Latina se han vuelto relativamente comunes. Tenemos el caso de la Operação Lava Jato en Brasil, en que se destituyó a Dilma Rouseff como presidenta y terminó con la encarcelación de Lula Da Silva, lo que abrió la puerta para la victoria de Jair Bolsonaro. También el caso abierto contra Cristina Fernández de Kirchner en Argentina, que buscó evitar que se reeligiera como presidenta, entre otros.

Entre los medios académicos se popularizó el concepto de lawfare o guerra jurídica. Esta teoría explica que la derecha golpista tergiversa y viola las propias leyes del régimen para derribar a gobiernos progresistas e imponer su política. [6] En el caso brasileño, por ejemplo, por supuesto hubo una violación a la legalidad de parte de los grupos golpistas, o sea, que no fueron capaces de respetar las reglas establecidas en las leyes, que, desde un punto de vista formal, los vuelve actos ilegales, independientemente que después los jueces puedan declararlos como “válidos”.

Empero, lo esencial es que no debemos pasar por alto que el Estado es una organización política, que nació con el fin de contener el choque de clases en favor de la burguesía; es decir, su sentido original ya va dirigido para mantener en el poder a una clase social. Por lo anterior, podemos recurrir a la categoría de “bonapartismo” acuñada por Marx y ampliada por Trotsky.

En El 18 Brumario de Luis Bonaparte de Marx se explican las medidas de fuerza del sobrino de Napoleón para imponerse ante los órganos legislativos salidos de la Revolución de 1848, apoyado en los sectores atrasados del campesinado. Marx, sin embargo, veía la degradación bonapartista del conjunto del régimen, anotando los golpes y contragolpes que se pegaban mutuamente Bonaparte y la Asamblea Legislativa, con la participación más o menos directa del Poder Judicial francés. Con la derrota de las jornadas de junio en París y de la Primavera de los Pueblos en el ámbito europeo, cada uno de los poderes que se había unificado para aplastar al nuevo proletariado parisino desarrolló sus divergencias, cada cual buscando elevarse como fiel de balanza al interior del nuevo régimen que, finalmente, decantaría el Segundo Imperio.

León Trotsky señalaba, que, en su definición más general, el bonapartismo busca elevarse por sobre los campos en lucha para preservar la propiedad capitalista e imponer el orden, y agregaba, “elimina la guerra civil, o se le sobrepone, o impide que vuelva a encenderse”. Ahora bien, el “bonapartismo judicial” que estamos intentando explicar no refiere a un régimen bonapartista plenamente formado, sino al desarrollo de tendencias al bonapartismo más o menos inscriptas dentro de regímenes democrático-burgueses. Pero tampoco se trata de tendencias aisladas, sino de un período de incubación de regímenes más bonapartistas y crisis de la democracia capitalista.

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El Poder Judicial es una de las cajas de resonancia de esa presión. En América Latina, la vertiente del bonapartismo judicial (o de la toga), sustituyendo en alguna medida la actuación de los partidos militares latinoamericanos de las décadas de 1960 y 1970, viene siendo utilizada para dirimir disputas interburguesas, imponer a la derecha más rancia y evitar los choques de clases.

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En México, el gobierno del priista Enrique Peña Nieto tuvo niveles de aprobación fueron históricamente bajos luego de la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa. La crisis de hegemonía colocó a su régimen en jaque, pues más de una vez se barajeó la exigencia de la renuncia del presidente de la república; no obstante, esto no aconteció, en buena medida, porque la mayor parte de las fuerzas políticas del régimen mexicano cerraron filas para evitar la renuncia del presidente de la república por la movilización popular. Aconteció un desvió de la fuerza popular, pues en lugar de impulsar asambleas en las cuales se discutiera democráticamente qué hacer sobre qué rumbo debía tomar la política nacional, se llamó a esperar las elecciones presidenciales y que fuera el nuevo gobierno quien resolviera el problema. En este contexto es que fue incubándose de a poco la necesidad de que el Poder Judicial se fortaleciera, aún más, para mantener el equilibrio inestable.

Los togados desde hace décadas vienen construyendo una imagen ante el pueblo como “garantes de los derechos” y de democratización de ciertos derechos para la población; por ejemplo, encontramos el caso de los derechos sexuales. La SCJN se ha pronunciado, limitadamente, a favor por los derechos de la mujeres y diversidad sexogenérica. En cierta medida, fuimos testigos de una mayor democratización en el terreno de lo jurídico-formal, que amplió el abanico de los derechos de los ciudadanos. Esta situación fue vista como una medida progresista por amplios sectores de la población, mientras que las posiciones más reaccionarias de la derecha y la ultraderecha lo tachaban como medidas populistas e “ideología de género”. Esta polarización discursiva jugó a favor del actual gobierno, porque desenmascaró a la derecha política y su perspectiva anti derechos, fortaleciéndolo al igual que algunos ministros de la Corte.

Sin embargo, no aclaran que la conquista de nuevos derechos a nivel jurídico es producto de las intensas movilizaciones y la necesidad de responder las exigencias del movimiento de mujeres. Al mismo tiempo, la mayoría de los miembros de la SCJN han fallado, desde los sexenios pasados, contra los derechos laborales y las condiciones de vida de la clase trabajadora, como cuando avaló la extinción de Luz y Fuerza del Centro, legalizó las leyes de pensiones que afectan las jubilaciones de los trabajadores, declararon legal la militarización del país vía la Guardia Nacional. Estas medidas legales, que repercuten en el plano económico y social, han servido para perpetuar la desigualdad estructural que prevalece en la sociedad mexicana.

A partir de la victoria del Morena en 2018 gracias a la legítima aspiración de las masas a una vida mejor, el que se ubicó como árbitro de la gran política nacional fue el actual presidente de la república, lo que llevó a la SCJN a endurecer un papel que tradicionalmente ha cumplido: un refugio del conservadurismo y políticas antipopulares. Esta situación se fortaleció cuando AMLO empezó a impulsar los programas sociales progresistas, la elección por voto popular de los jueces y el cuestionamiento de algunos de los más escandalosos privilegios de la alta jerarquía de la Judicatura, lo que se tradujo en una propuesta de reforma al Poder Judicial.

La restructuración propuesta por el gobierno implica reducir el número de ministros de la SCJN, de 11 a 9; disminuir el periodo en el cargo a 12 años en lugar de 15; desaparecer las dos salas y resolver todos los asuntos en pleno en sesiones públicas; eliminar la pensión vitalicia de los ministros en retiro; ningún ministro o ministra podrá ganar más que el ejecutivo federal. En lo que se refiere al Tribunal Electoral, busca reducir a 5 magistrados y que su periodo en el cargo dure 6 años en lugar de 5; se propone desaparecer el Consejo de la Judicatura Federal y sustituirlo por el Tribunal de Disciplina Judicial y, respecto a la elección de los ministros, la iniciativa legislativa dice que será por voto popular para el 2025, las candidaturas serán presentadas por los 3 poderes de la Unión. Al presidente le corresponde postular a 10 candidatos, a cada cámara legislativa 5 —un total de 10— y al Poder Judicial otros 10.

Por su parte, la SCJN ha bloqueado cualquier intento de reforma con argumentos técnico-legales y con una fuerte campaña mediática. El presidente reaccionó y acusó a los ministros de la Corte de ser privilegiados, a lo que los togados respondieron que eran prerrogativas que les daba la ley; es decir, no negaron la acusación de sus privilegios. Esta reforma no garantiza que se haga justicia para las clases explotadas, pero se ve como algo urgente y justo de parte de las y los trabajadores, quienes hemos sufrido décadas de precarización en nuestras condiciones de vida.

Con la victoria de Claudia Sheinbaum, este debate toma un nuevo impulso, pues la presidenta electa ya aseguró que impulsará la reforma, aunque primero hará una serie de consultas entre personalidades del mundo del derecho. También es la reforma más resistida por capitales internacionales y por la derecha —como se vio con las caídas del peso y de la bolsa, con el argumento del "temor" de la falta de contrapesos al nuevo gobierno— pues su voluntad se expresa a través de la SCJN. [9] Es una cuestión democrática básica que los jueces sean elegidos por voto popular, pero esto por sí mismo no termina de solucionar los grandes problemas del sistema de justicia nacional. [10]

Así, es necesario exigir más: la SCJN debe disolverse y que los jueces de tribunales inferiores sean elegidos por el voto popular, con cargos revocables y que cobren lo mismo que un trabajador, además, que se implemente el juicio por jurados para que la clase trabajadora y los sectores populares tengan poder de decisión en los procesos judiciales. [11]

En esta disputa, entraron todas las fuerzas políticas del país. El Partido Acción Nacional (PAN) no perdió la oportunidad para ponerse del lado de la Corte, arguyendo que se atacaba la “autonomía e independencia” del Poder Judicial. Provocando una lluvia de amparos dirigidos contra los grandes proyectos del gobierno federal —como el tren maya— y que en la mayoría de los casos fallaban contra la 4T, lo que, por supuesto, no detuvo al poder ejecutivo en continuar las obras hasta finalizarlas.

Cabe señalar, que la Corte no es homogénea, en su interior también estaba representada la fuerza lopezobradorista por medio del ahora exministro, Arturo Zaldívar, que se caracterizó por defender todos los proyectos de AMLO —a pesar de negarlo— pero que no logró sacar adelante cuando la Corte declaró inconstitucional el decreto presidencial de que las obras de infraestructura son de seguridad nacional. Asimismo, se confirmó dicha alianza cuando renunció a sus funciones en el máximo tribunal del país y se unió al equipo de campaña de la candidata oficialista, Claudia Sheinbaum. Su puesto fue ocupado por Lenia Batres, reconocida militante de la causa de la 4T desde hace años. [12]

En resumen. La SCJN desde hace años ha tomado mayor peso dentro de la gran política nacional. En los gobiernos panistas y priista la Corte convalidó las reformas estructurales propuestas por el ejecutivo y que eran un atentado contra los derechos de la clase trabajadores y otros sectores populares. En cuanto llegó el gobierno de Morena, la Corte se erigió como un rival político en las mayorías de las reformas del gobierno pues la mayoría de sus ministros y ministras se alinearon a las posiciones de la derecha. Por último, no debemos perder de vista que el Poder Judicial es un elemento más que conforma el régimen político mexicano, es decir, que sus principios y lógica de funcionamiento esta signado para mantener el status quo de la sociedad al igual que los otros dos poderes del Estado.


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NOTAS AL PIE

[1Lo cual no incluyó a mujeres, obreros, esclavos negros, etc.

[2Montesquieu, El espíritu de las leyes, Biblioteca Digital Minerd-Dominicana LEE, p. 123

[3Término que significa que las decisiones tomadas por las autoridades deben se acorde con las leyes y no a la voluntad del soberano.

[4Para sus defensores, las normas jurídicas deben aplicarse en forma de silogismo, o sea, si la conducta X se encuadra o no con la legislación, por lo que debe aplicarse o no la sanción Z. Este razonamiento de orden enteramente técnico tiene varias falencias. Primero, porque toda ley se discute en un espacio político como lo son los parlamentos o congresos, en donde las diferentes fuerzas políticas –que en su mayoría defienden el orden capitalista— luchan para imponer su programa político. Un segundo elemento para considerar es que toda aplicación de la norma está mediada, inevitablemente, por la interpretación y esta, a su vez, está condicionada por la ideología —todo contenido de consciencia— del juzgador; por ende, los jueces que están imbuidos por una ideología conservadora y que justifica la división de clases siempre darán un sentido a sus sentencias acorde a las reglas del propio capitalismo.

[5SCJN, La independencia del poder judicial de la federación, México, SCJN, 2006, p. 30.

[6Al mismo tiempo, se ha querido pasar como obvio que las leyes, al menos la mayoría de ellas, son justas y neutrales y que ciertos grupos deforman su sentido original. Lo cual también hay que problematizar, porque en la mayoría de las normas jurídicas hay un sesgo de clase. Esta discusión, sobre el carácter clasista del derecho, la desarrollamos en nuestro artículo “La Revolución Rusa y el intento de extinguir el derecho”.

[7Maiello, M. “Bonapartismo de toga”, Ideas de Izquierda, 26 de agosto de 2018. Recuperado de: https://www.laizquierdadiario.com/Bonapartismo-de-toga

[8Barbieri, A. “Bonapartismo de toga y el desafío de lo político como autonomía del Estado”. Ideas de Izquierda, 19 de marzo de 2023. Recuperado de: https://www.laizquierdadiario.mx/Bonapartismo-de-toga-y-el-desafio-de-lo-politico-como-autonomia-del-Estado

[9Como paradigma histórico tenemos lo sucedido en 1871, en Francia, en donde las obreras y los obreros organizados en la Comuna de Paris tomaron el poder. Entre las múltiples tareas que se propusieron fue la de levantar nuevos tribunales organizados desde abajo, o sea, que los jueces y los jurados fueron conformados por obreros y obreras, que cobraban el mismo salario que el resto de los trabajadores, que fueran votados en asamblea, rotativos y revocables en todo momento.

[10El sistema de justicia penal castiga a la pobreza. Según datos de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, el 90% de los internos en el sistema penitenciario está detenido por delitos menores relacionados con la pobreza. Por esta razón no es de extrañar que para la población más marginada vea al sistema judicial como algo profundamente injusto, pues sólo ha servido para reprimirlo. Caso distinto es de los personajes como Rosario Robles o Emilio Lozoya, que fueron acusados de desfalcos millonarios en contra de las finanzas públicas. Cada uno tuvo privilegios mientras duró su detención, como espacios separados del resto de la población, comida especial, acceso a entreteniendo etc. para que al final, en el caso de Robles, fuera absuelta. Como se puede apreciar, la aplicación de la “justicia” es más benigna para los ricos y adictos al sistema.

[11Funes, B. “Reunión entre López Obrador y Sheinbaum: planes sociales y reforma al poder judicial”, La Izquierda Diario México, 11 de junio de 2024. Recuperado de: https://www.laizquierdadiario.com/Reunion-entre-Lopez-Obrador-y-Sheinbaum-planes-sociales-y-reforma-al-poder-judicial

[12Para Trotsky los países de América Latina son: “industrialmente atrasados por lo que el capital extranjero juega un rol decisivo. De ahí la relativa debilidad de la burguesía nacional en relación con el proletariado nacional. Esto crea condiciones especiales de poder estatal”. Con este esquema analizaba las características sui géneris del bonapartismo en la periferia. Los consideraba bonapartismos sui géneris “de izquierda” cuando se apoyaban en el movimiento obrero regimentado para regatear con el imperialismo (Cárdenas en México o Perón en Argentina, por ejemplo). Ver el ya citado artículo de “Bonapartismo de toga”. Ahora, el gobierno de AMLO no es un bonapartismo sui generis, sino más bien un progresismo tardío; es decir, un administrador del Estado y los negocios capitalistas. Es verdad que ha tenido algunos roces con el imperialismo y un sector del empresariado nativo, no obstante, también ha garantizado enormes ganancias a los empresarios nacionales y extranjeros sobre la base de mayor precarización laboral y profundizando la subordinación a los Estados Unidos.
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Víctor Romero

Profesor de Derecho