Miércoles 18 de marzo de 2020 00:38
Por medio de una resolución del Ministerio de Trabajo, en base al decreto presidencial 260/2020 sobre medidas ante la emergencia sanitaria, se suspende por 30 días toda actividad sindical que implique “la celebración de los Procesos Electorales, todo tipo de Asambleas y/o Congresos, tanto Ordinarios como Extraordinarios”, ademas de "Asambleas y/o Congresos, tanto Ordinarios
como Extraordinarios" y cualquier evento que signifique aglomeración de personas, donde intervenga de manera directa el Ministerio de Trabajo como ente fiscalizador.
Sin embargo, en el artículo segundo de la misma, deja un vacío con respecto a los actos particulares en cada gremio, ante los que se señala que se analizará cada caso de manera particular.
De acuerdo a la resolución ya se suspendieron las elecciones de autoridades en el sindicato del neumático, SUTNA, del 19 y 20 de marzo, entre otros.
Lo que llama verdaderamente la atención es que mientras todas las medidas del gobierno se estipulan hasta el 31 de marzo, la resolución ministerial habla de 30 días.
Si bien no se prohíben las asambleas de base en los lugares de trabajo con el personal que no es de riesgo y continúa en sus puestos de trabajo, si esta medida se mantiene en el tiempo, podría hacer peligrar el derecho a organizarse .
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