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Red Internacional
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Derechos laborales. Propuesta de reforma de la 4T al aguinaldo ¿llegaría a toda la clase trabajadora?

La 4T propone una reforma para aumentar los días sobre los cuales se calcula el aguinaldo, ¿será posible que a todxs lxs trabajadorxs se les garantice este derecho?

Lunes 14 de agosto de 2023

El 9 de agosto la Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados, por medio de un diputado del Morena, propuso una reforma al aguinaldo ante la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, para que el aguinaldo se calcule sobre 30 días de salario, el doble del mínimo actual, con el fin de asimilar a los 40 días de salario de los trabajadores estatales.

Además del Morena, otros partidos del régimen como el Partido Verde, el Partido Revolucionario Institucional (PRI) y el Partido del Trabajo (PT), previamente también han presentado proyectos para aumentar a 30 los días sobre los cuales se calcula el aguinaldo. No obstante, en 50 años esto no ha sido modificado, por lo que ninguna de esas propuestas de reforma ha sido una realidad.

¿Qué es el aguinaldo y cómo se conquistó este derecho?

El aguinaldo se establece en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), es una prestación que se recibe cada año por este tiempo laborado, es obligación del patrón pagarla antes del 20 de diciembre y consta de 15 días de salario.

Y ¿qué pasa si no se ha cumplido un año en el trabajo? Si se sigue laborando, corresponde una parte proporcional de los quince días. En caso de que se haya concluido la relación de trabajo antes de la fecha, correspondería en este caso la liquidación y el aguinaldo, es decir, se tiene derecho a la parte proporcional del mismo, de acuerdo al tiempo trabajado.

¿Qué le ocurre al patrón si no paga el aguinaldo? En caso de incumplimiento, por ejemplo, si llega a pagar menos de lo que corresponde o lo pague a destiempo, el patrón puede ser sancionado con una multa y el trabajador tiene un año para reclamar ante la autoridad laboral el pago del aguinaldo, es decir, tienen hasta el 20 de diciembre del siguiente año para solicitar el pago pendiente, y pueden hacerlo a través de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), el Centro de Conciliación o mediante una denuncia anónima al área de inspección de la Secretaria de Trabajo y Previsión Social (STPS).

El aguinaldo fue reconocido en 1970 con una reforma a la LFT, luego de una ardua lucha por parte de las y los trabajadores, por lo que pasó a ser una prestación monetaria obligatoria. Y si bien no hubo un movimiento particular que reivindicara este derecho, fue una conquista producto de estas luchas y de que el régimen político pasaba por una crisis luego de crueles años de represión.

Además, en época de bonanza económica los patrones cedían ciertas concesiones o cantidades de dinero en el mes de diciembre con el aparente motivo de la navidad, cuando lo que estaba detrás eran las exigencias del pueblo trabajador. Pero estas pequeñas concesiones tenían el objetivo de contener los movimientos sociales.

Sin embargo, aunque se presente como dádiva la realidad es que, durante los años sucesivos, el derecho al aguinaldo fue negado cada vez más a las nuevas generaciones de trabajadores, mientras que los ajustes y subidas de precio en los productos de la canasta básica, sin un incremento sustancial al salario, han hecho que el aguinaldo amortigüe la situación económica cada vez más difícil para las familias trabajadoras.

Los límites de la reforma al aguinaldo

Cada vez hay menos trabajadores que reciben aguinaldo. Según la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), el 34% de los trabajadores no cuenta con este derecho, lo que equivale a 13.7 millones. Otros trabajadores, debido a la inestabilidad laboral, permanecen muy poco en sus empleos, por lo que ni con el aguinaldo llegan a sufragar los gastos del alza de precios al cierre del año. También hay trabajadores que no son considerados como tal -informales y con contrataciones precarias- y se les niega ilegalmente este derecho, los cuales son la mayoría.

La propuesta de reforma al aguinaldo de la 4T, así como las de los partidos del régimen, presenta un gran límite, pues por muy progresiva que parezca, esta asentada sobre propaganda política para la legitimación del gobierno, pero sus alcances reales son muy cortos, porque en realidad de aprobase esta reforma en las condiciones en que se establece, este derecho no llegaría a la inmensa mayoría de los trabajadores. Esta situación también ha ocurrido con otras reformas laborales similares de la 4T, como el aumento al salario, las vacaciones, el outsourcing, la reducción de la jornada laboral, etc.

El limitado alcance del aguinaldo alerta sobre las condiciones de los derechos laborales en general, pues quien no cuenta con aguinaldo tiene una forma de contratación precaria. Por ello es importante que las y los trabajadores precarizados estén sindicalizados y basificados, que conquistemos plenos derechos laborales, sin que éstos sean un botín político de los partidos del régimen. Nuestro desafío es construir la unidad más amplia junto con nuestros compañeros trabajadores y que luchemos por tener acceso a ese y todos los derechos.

Si te han negado el derecho al aguinaldo, te invitamos a enviar tu denuncia a La Izquierda Diario México, por WhatsApp al +52 55 7899 0213, o a nuestro correo electrónico [email protected]

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