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Red Internacional
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¿Qué es el salario contractual y cuál es su relación con el salario mínimo?

Luego de que se aprobara el aumento al salario mínimo, ¿qué pasa con el salario contractual? ¿ha tenido aumentos reales?

Lunes 5 de diciembre de 2022

El 1ro. de diciembre la CONASAMI estableció un aumento del 20% al salario mínimo, por lo que el general pasará de 260 a 312 pesos en la Zona Libre de la Frontera Norte (ZLFN) y de 172 pesos a 207 pesos para el resto del país. Pero la realidad, es que no hay un aumento salarial efectivo, que independiente de los aumentos porcentuales con respecto a sí mismo, recupere el poder adquisitivo, sea superior a la inflación y suficiente para cubrir los gastos de la canasta básica de las familias trabajadoras; tampoco alcanza para quienes se encuentran precarizades y laboran en la informalidad.

De acuerdo con el artículo 90 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), el salario mínimo es la cantidad mínima en efectivo que se debe recibir por la actividad desempeñada en una jornada de trabajo y satisfacer las necesidades del trabajador: una canasta básica. El monto de este salario se ajusta cada año, para cada zona económica del país y no debe ser menor que la inflación. La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (CONASAMI) -integrada por un Consejo de Representantes de grupos económicos, trabajadorxs sindicalizados, las patronales y el gobierno- es quien lo define, excluyendo a la base trabajadora.

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¿Y qué pasa con el salario contractual?

Aunque el salario mínimo sigue sin ser suficiente, veamos ahora ¿qué pasa con el salario contractual? Ningún salario contractual puede estar por debajo de un salario mínimo, por lo que éste también debería aumentar.

De acuerdo con el artículo 393 de la Ley Federal del Trabajo, el salario contractual es aquel que debe establecerse en los contratos colectivos de trabajo (CCT), de lo contrario el propio contrato no produce efectos.

El aumento se deriva de la revisión contractual que es el derecho de los sindicatos para revisar sus condiciones del CCT con el patrón. El propósito de éste es mejorar las condiciones laborales, se realiza cada dos años del salario y clausulado. Por lo que este salario se va moviendo y crece –aunque por detrás de las necesidades de las y los trabajadores- con el paso del tiempo; y también depende del tabulador.

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La situación actual del salario contractual

En el mes de octubre, el salario contractual tuvo el menor aumento desde 1997. De manera general, aunque hubo aumentos salariales en este mes, fueron en promedio de 4.4% y en términos nominales registraron un decremento real de 3.7%, según la CONASAMI.

Esta misma Comisión señala que durante el 2022 ocurrieron 2,455 revisiones salariales, para 1 millón 638,844 trabajadores, con un aumento promedio de 5.8% en términos nominales y un decremento de 2.1 por ciento.

Por central obrera, seis de siete organizaciones tuvieron una disminución real como Independientes del Congreso del Trabajo con 4.4%; la Confederación Regional Obrera Mexicana (CROM) con 3.0%; Sindicatos Nacionales Autónomos y Asociaciones Sindicales Autónomas 2.2%; la Confederación de Trabajadores de México (CTM) con 0.8%. El único incremento fue para la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC) de 0.9%.

Los sectores que tuvieron los mayores decrementos reales fueron el de servicios profesionales, científicos y técnicos con 5.9%, de salud y de asistencia social con 4.5% y el de medios de comunicación con 4.5%.

A nivel local (en las entidades federativas), se han realizado 5,697 revisiones salariales para 695,050 trabajadores, con un incremento salarial en promedio de 9.2% en términos nominales y de 1.4% en términos reales.

Frente a ello, lxs trabajadores sindicalizadxs hasta marzo de 2022 eran 4 millones 869 mil 45, según la CONASAMI y de acuerdo con datos de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). Mediante su organización desde las bases, en espacios amplios y democráticos, como asambleas (que es necesario arrancar a las dirigencias sindicales), ellos podrían ponerse al frente en la exigencia de mejores condiciones, tanto del salario contractual como del mínimo, pues éste último constituye de alguna manera una base sobre la que se conquista un mejor sueldo.

Además, es necesaria la coordinación entre trabajadorxs sindicalizadxs y no sindicalizadxs, para arrancar derechos colectivos, en la exigencia de mejores condiciones laborales, como un salario digno en las diversas modalidades, y que aumente de acuerdo a la inflación, de manera que las familias trabajadoras puedan cumplir sus necesidades.

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