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Red Internacional
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MEDIDAS OFICIALES. ¿Qué implica el nuevo cepo al dólar del Gobierno de Macri?

Las empresas deberán pedir autorización al BCRA para comprar dólares. Las personas podrán adquirir y transferir al exterior hasta U$S 10.000 dólares por mes, aunque no habrá límites para extraer dólares de las cuentas. El gobierno busca pisar la demanda de divisas.

Domingo 1ro de septiembre de 2019 23:30

Luego del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que emitió el Gobierno en la mañana del domingo, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) difundió algunos detalles de la letra chica de la implementación del "cepo" para personas físicas y empresas y los plazos para la liquidación de los dólares de exportación.

Esto fue informado este domingo por la tarde mediante la Comunicación “A 6770” del BCRA. Algunos de sus puntos clave son:

Compra de dólares y transferencias al exterior

  • La compra de divisas por empresas e instituciones (Personas Jurídicas, gobiernos locales, Fondos Comunes de Inversión, Fideicomisos y otras) sólo podrá ser realizada con autorización del BCRA.
  • Las empresas no podrán comprar dólares para atesorar.
  • Las Personas Humanas (individuos) podrán adquirir hasta U$S 10.000 por mes. Para montos superiores deberán contar con autorización del BCRA. Si el monto supera los U$S 1.000 la operación debe realizarse con débito en una cuenta bancaria local.
  • Podrán realizarse transferencias de fondos de cuentas al exterior hasta de U$S 10.000 por persona por mes.
  • No hay límites para la extracción de dólares de las cuentas, ni para personas físicas ni jurídicas.
  • No hay impedimentos al comercio exterior (excepto la compra de dólares para la precancelación de deuda por importaciones de bienes y servicios o el pago de deudas vencidas) ni restricciones sobre viajes.
  • Se prohíbe el acceso al mercado de cambios para el pago de deudas y otras obligaciones en moneda extranjera entre residentes.
  • Se establece el requisito de conformidad previa del BCRA para el acceso al mercado de cambios para el giro de utilidades y dividendos.

Liquidación de exportaciones

  • Los exportadores tienen que vender las divisas fruto de sus exportaciones en el mercado local dentro de un máximo de 5 días hábiles después del cobro o 180 días después del permiso de embarque (15 días para las commodities)
  • No hay restricciones para la importación o pago de deudas a su vencimiento.
  • Los bancos estarán habilitados para extender su horario hasta las 17 horas por un mes.
  • Las medidas adoptadas regirán hasta el 31 de diciembre de 2019.

Analistas advierten que este lunes podría observarse un mayor retiro de depósitos en dólares en los bancos y que se ampliará la brecha entre la cotización del dólar oficial y el dólar blue (del mercado paralelo). Asimismo, se espera que estas medidas tengan repercusión en la apertura de los mercados financieros este lunes.

El Gobierno busca frenar la sangría de dólares y asegurarse la liquidación por parte de los exportadores para evitar mayores complicaciones en los vencimientos de deuda en el corto plazo. En el mes de agosto las reservas del Banco Central cayeron U$S 13.793 millones, la mayoría luego de las elecciones PASO.

Si bien las medidas "blindarían" el sistema financiero y significarían un alivio a las presiones de la coyuntura, los problemas de fondo permanecen y se estiran hacia adelante. Asimismo, persiste la incógnita de cuándo y cómo el Fondo Monetario Internacional (FMI) desembolsara los U$S 5.400 millones del préstamo stand by.

El gobierno de Macri asumió proponiéndose como el representante de la liberalización del mercado de cambios y externo y terminó aplicando medidas de emergencia, como el "default selectivo" y el "cepo", que no sólo contradicen su discurso, sino que están lejos de aplacar la crisis.

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