El reparto de utilidades es el derecho constitucional que tenemos los trabajadores a participar de las ganancias del patrón o empresa para quien laboramos por la actividad productiva del mismo, o al menos así debería ser.
Viernes 27 de abril de 2018
El reparto de utilidades es una conquista de los trabajadores que va más allá del salario pagado a los mismos, ya que es claro que la actividad productiva de éstos genera un amplio margen de ganancia para los patrones.
Dicha conquista fue plasmada en la Constitución de 1917 tras la Revolución Mexicana. Sin embargo, aún cuando se trata de una conquista que se ha logrado conservar en la constitución a pesar de las recientes reformas en materia laboral también es cierto que en los hechos el reparto de utilidades rara vez es pagado de manera regular en los centros de trabajo.
Según los datos del SAT de entre los años 2011 y 2015, durante este último año sólo 8% de las empresas obligadas a pagar utilidades a sus trabajadores lo hizo y en muchos casos se paga en base a un salario inferior al debido.
¿En qué consiste el reparto de utilidades?
Cómo decíamos el Reparto de Utilidades es un derecho constitucional de los trabajadores para recibir una parte de las ganancias o utilidades generadas por la empresa en la cual laboran.
El Reparto de Utilidades (PTU) es exigible a partir de los meses de mayo y junio de cada año; sin embargo, el porcentaje del mismo es determinado por la Comisión Nacional Para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.
Dicha Comisión debe tomar en consideración factores como la situación económica nacional, el derecho del capital a percibir un interés “razonable” así como la necesidad de reinversión, lo cual cobra especial relevancia si tomamos en cuenta que dicha Comisión ha puesto de manifiesto “la necesidad de fomentar el desarrollo industrial del país”.
Esto muestra el principio propatronal que define la actuación de las autoridades laborales, quienes decisiones parciales que golpean a los trabajadores, quienes vienen ya de por sí desempeñando sus labores bajo condiciones más precarias y complicadas cada vez.
Además, para realizar el cálculo se debe considerar en primer término la cantidad declarada por la empresa o patrón como utilidad, por lo que si la misma declara ganancias en ceros o pérdidas mediante mañas contables y fiscales el Reparto de Utilidades no es exigible.
En caso contrario, se debe tomar el porcentaje determinado por la Comisión (10% en 2016) de la cantidad declarada y es lo que se repartirá entre los trabajadores posteriormente se debe tomar en cuenta los días laborados y el total del salario percibido en el año para realizar el cálculo y en base a ello repartir el porcentaje de utilidad entre los trabajadores.
Estragos de la reforma laboral y violación de los derechos laborales
La Reforma laboral, que legaliza y reglamenta la figura de la subcontratación (outsourcing) hace que muchos trabajadores no tengan la posibilidad de hacer efectivo entre otros, éste derecho en relación al patrón para quien efectivamente prestan sus servicios. Quienes se encuentren desempeñando sus labores bajo esta figura no lo pueden reclamar ni hacer efectivo sino únicamente para con la empresa que los subcontrata y tomando como referencia la declaración fiscal que haga la misma. Y no es extraño que éstas declaren incluso que no tuvieron ganancias.
Mientras tanto, contradictoriamente grandes empresas que se valen de la subcontratación para maximizar ganancias como Walmart de México, que refleja un crecimiento de 6.1% en lo que va del año. Se encuentra junto a empresas como América Móvil, General Motors (México) y Grupo Bimbo en el ranking de las 500 empresas más importantes de México, según la lista de la revista Expansión.
Ante situaciones de evasión del reparto de utilidades la Ley Federal del Trabajo contempla la posibilidad de que los patrones sean acreedores a una multa de hasta 500 salarios mínimos.
Sanción muy difícil de exigir tomando en cuenta la precarización y la desorganización de la clase trabajadora en México que mira cada vez más reducidos los trabajos que respeten las prestaciones mínimas de ley.
Además, en el caso de que exista controversia al respecto, la autoridad competente para conocer de la misma es la Juntas de Conciliación y Arbitraje, dependiente del ejecutivo, y que cotidianamente muestra su carácter propatronal al momento de emitir sus resoluciones.
El camino para recuperar derechos laborales y defender los intereses de los trabajadores
Este problema se debe la falta de organización en los centros de trabajo, sin derecho a sindicalización y contratación colectiva, donde muchas veces no hay ni contratos o éstos son temporales, la subcontratación y desde luego la amenaza de desempleo que hacen el caldo de cultivo perfecto para que la patronal avance contra los derechos de los trabajadores. Se trata pues, de un efecto de la ofensiva patronal y la reformas laboral de los últimos años.
Para defender y recuperar un derecho como el derecho al reparto de utilidades, y muchos otros, es necesario que los trabajadores retomen confianza en sus fuerzas, mismas con las cuales se han conquistado derechos como la jornada de 8 horas, derecho a la seguridad social y otros todo como resultado de la histórica lucha de la clase trabajadora para mejorar sus condiciones de vida.
Es necesario que en los centros de trabajo la clase trabajadora discuta sobre sus derechos e intereses, sobre la construcción de sindicatos, sobre la democratización de los mismos dónde ya existen, sobre la contratación colectiva y el derecho a huelga como herramientas que les permitan conquistar mejores condiciones laborales.
Los conflictos que surgen en torno al Reparto de Utilidades suele animar en algunas empresas a los trabajadores a alzar la voz, reclamar derechos y hasta a organizarse y realizar medidas de lucha como paros y movilizaciones para exigir el pago de utilidades. Este texto intenta ser un aporte para abrir una reflexión entre esos trabajadores y trabajadoras.
Desde luego, que en La Izquierda Diario estamos dispuestos a respaldar cualquier lucha de los trabajadores en defensa de sus derechos, a difundirla y a empujar la solidaridad con la misma. Estamos abiertos a recibir denuncias, opiniones y reflexiones de los trabajadores sobre sus condiciones de trabajo o cualquier pelea por sus derechos.
Con este texto intentamos aportar a la reflexión en este sentido. La palabra la tienen las y los trabajadores.
*Isabel Robledo es abogada laboralista.