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Red Internacional
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BENEFICIOS PARA EMPRESAS. Repro: mientras sacan el IFE, siguen los beneficios para las empresas

Mientras el presupuesto para el próximo año prevé recortes en salud, asistencia social y ajuste a los jubilados y jubiladas, el Gobierno nacional decidió relanzar el Programa de Recuperación Productiva II (Repro II), que beneficia a las empresas con sumas para el pago de salarios de hasta $ 9.000 mensuales.

Viernes 13 de noviembre de 2020 13:02

A través de la Resolución 938/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional relanzó el REPRO II, otro beneficio para las empresas que se extenderá por 2 meses. Mientras tanto, en los últimos días varios funcionarios reconocieron que no habrá IFE 4 a pesar de la grave crisis económica y social agudizada por la pandemia.

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De acuerdo a lo publicado en el Boletín Oficial se determinará a las empresas que alcanzará "considerando la cantidad de empleadoras y empleadores postulantes, la situación económica, patrimonial y financiera de los mismos, las condiciones imperantes de la economía nacional y el presupuesto asignado al Programa”.

Además, la norma indica que el beneficio se extenderá por dos meses, aunque la inscripción será mensual, y las empresas a las que alcanzará “se determinará considerando la cantidad de empleadoras y empleadores postulantes, la situación económica, patrimonial y financiera de los mismos, las condiciones imperantes de la economía nacional y el presupuesto asignado al Programa”.

Recordemos que la ATP cubre hasta el 50% del salario y acá solo alcanza los 9000 pesos, aunque el primero seguirá siendo cobrado por empresas que cumplan determinados criterios.

Para acceder al Programa las empresas deberán postularse a través del servicio ATP disponible en la web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y tendrán que presentar la información solicitada por ese programa, es decir, nómina de personal dependiente, incluyendo la remuneración total y clave bancaria uniforme (CBU), además del Balance del Ejercicio 2019 certificado por el Colegio de Profesionales de Ciencias Económicas. Además tendrán que presentar una planilla electrónica con un conjunto de indicadores económicos, patrimoniales y financieros, que deberá estar firmada por un o una profesional contable.

También habrá una serie de criterios de preselección y selección para acceder al beneficio, como que la actividad principal del empleador o empleadora debe encuadrarse dentro de las no críticas incluidas en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) y registrar una variación interanual de la facturación negativa.

Mientras la desocupación, la falta de acceso a derechos fundamentales como la vivienda y la alimentación golpean a las familias trabajadoras, el Gobierno vuelve a beneficiar a las empresas, que más allá de la pandemia mantienen salarios que no cubren ni la canasta básica de sus trabajadores.