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Desaparición y muerte. Santiago Maldonado: se reabre la causa y apartan al juez que dio impunidad a Gendarmería

La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia atendió los pedidos de la Fiscalía y las querellas. Tras casi siete años de impunidad, el juez Gustavo Lleral ya no manejará el expediente. Lo reemplazará el juez de Ushuaia, Federico Calvete. Según la sentencia a la que accedió La Izquierda Diario, el nuevo juez deberá adoptar “máxima diligencia y premura” para “procurar un significativo avance procesal en tiempo breve”. Otra mala noticia para Patricia Bullrich.

Daniel Satur

Daniel Satur @saturnetroc

Viernes 10 de mayo 16:25

Este viernes la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia (Chubut) emitió un fallo en el que ordena reabrir la causa en la que se debe investigar qué pasó con Santiago Maldonado. A su vez, en el escrito de 26 páginas al que accedió La Izquierda Diario, los jueces Javier Leal de Ibarra y Aldo Suárez decidieron apartar de la causa a Gustavo Lleral, titular del Juzgado Federal de Rawson. El caso pasará a estar en manos de su par Federico Calvete, hoy a cargo del Juzgado Federal de Ushuaia (Tierra del Fuego).

Si bien desde hace cinco años la misma Cámara Federal comodorense viene descartando la hipótesis de la desaparición forzada de Maldonado, la decisión que se conoció hoy reafirma lo que vienen denunciando desde el principio tanto la familia como organismos de derechos humanos: que Santiago no se ahogó de casualidad sino que fue víctima directa de una represión brutal de la Gendarmería, entonces al mando de la ministra de Seguridad Patricia Bullrich. Y que hoy, a casi siete años de los hechos, sigue pendiente que el Estado diga cuándo, dónde y cómo murió.

Maldonado estuvo desaparecido entre el 1° de agosto y el 17 de octubre de 2017. La última vez que se lo vio con vida escapaba de la balacera de los gendarmes que, cumpliendo órdenes precisas, arremetieron contra la comunidad mapuche Pu Lof en Resistencia Cushamen. El cuerpo del joven artesano fue hallado luego de 78 días en las aguas del Río Chubut, en las cercanías de la Pu Lof, pese a que con anterioridad la zona había sido rastrillada varias veces por buzos de Prefectura y de la Policía Federal.

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La causa judicial, que sigue caratulada como “Desaparición Forzada de Persona”, tuvo muchas idas y vueltas pero pocas definiciones que permitan saber con certeza qué pasó con Santiago. De hecho, en su nuevo fallo, los camaristas de Comodoro Rivadavia reconocen que se ha perdido mucho tiempo sin investigar y que el juez Lleral hizo mal en cerrar el expediente hace casi un año y sobreseer a los cuatro gendarmes imputados.

En la sentencia, Leal de Ibarra y Suárez revocan aquella resolución de Lleral, ordenan la producción de nuevas medidas probatorias y apartan al juez de Rawson del caso. En tanto que a su reemplazante, el juez Calvete, le recomiendan “que adopte máxima diligencia y premura en la producción de las medidas de prueba”, a los fines de “procurar un significativo avance procesal en tiempo breve”.

Extracto del fallo de la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia conocido este viernes
Extracto del fallo de la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia conocido este viernes

Un larga trama de impunidad

La resolución que se conoció este viernes es una respuesta a los recursos de apelación presentados tanto por la Fiscalía General como por las querellas contra el cierre de la causa. Vale decir que, además de la familia Maldonado, son querellantes la Asociación de Ex Detenidos Desaparecidos, la Comisión Provincial por la Memoria (en común con la APDH) y el CELS.

Tal como informó La Izquierda Diario , el 28 de febrero pasado la Cámara Federal patagónica convocó a las partes a una audiencia para escuchar sus apelaciones. Allí la fiscala general Verónica Escribano y las abogadas y abogados de las querellas afirmaron que el juez Lleral decidió cerrar la causa y sobreseer a Emmanuel Echazú, Juan Pablo Escola, Víctor Vaquila Ocampo y Marcelo Ferreyra “sin mediar una investigación exhaustiva sobre lo ocurrido”.

En su reclamo, fiscalía y querellas denunciaron que Lleral ni siquiera cumplió con lo ordenado por la misma Cámara en septiembre de 2019, cuando a través de un fallo pidió “esclarecer definitivamente las circunstancias en que se produjo el fallecimiento” del joven. En aquel momento las querellas habían pedido el apartamiento de Lleral, pero los camaristas rechazaron el pedido dejando el caso en las manos del mismo injusto juez.

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En su apelación, las partes acusadoras volvieron a exigir que la Cámara aparte al juez garante de impunidad. “Ha incurrido en prejuzgamiento”, dijeron. Y resaltaron que se verificó en él “un temor fundado de parcialidad, al haber afirmado, en reiteradas oportunidades, que la única hipótesis posible es la que ha expuesto y desarrollado en sus considerandos, como fundamento de la decisión conclusiva que adoptó”.

En otras palabras, Lleral primero armó la explicación más conveniente para el entonces Gobierno de Mauricio Macri, luego buscó las “pruebas” que sustentaran esa hipótesis y, finalmente, sentenció que no hubo delito, librando de culpa y cargo a los gendarmes. Por eso la exigencia de la familia de Santiago y el resto de los querellantes de que se cambie al juez y se realice una investigación que arroje conclusiones certeras respecto a si la muerte se produjo (o no) por una conducta delictiva de Gendarmería (que, lógicamente, debió contar con complicidad política).

Entre las razones irrefutables de fiscales y querellas está el reconocimiento de la propia Cámara Federal en su fallo de 2019 respecto a que la autopsia realizada al cuerpo de Maldonado sólo dio información “estimativa” respecto a la fecha del deceso y al tiempo que estuvo sumergido en las agua del Río Chubut, por lo que para tener alguna certeza sería imperioso realizar nuevas pericias y obtener más información.

Vale recordar que en aquella sentencia (revocatoria del archivo de la causa que el juez Lleal había dictado en noviembre de 2018), los camaristas exigieron al juez diversas medidas para continuar la investigación. Por caso, que determinara si el cadáver estuvo siempre en un mismo sitio o fue trasladado previo al hallazgo. También que investigara cuánto tiempo estuvieron bajo el agua las pertenencias encontradas en las ropas del joven (en teoría debería coincidir con el tiempo estimado de sumersión del cuerpo, pero no hubo pericias). Agregaron el pedido de una “reconstrucción virtual” de la represión y sus consecuencias. Y que se llamara nuevamente a declarar a uno de los testigos de la comunidad mapuche.

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De todo eso, Lleral no hizo nada. Recién en octubre de 2022 firmó un papel ordenando la “reconstrucción virtual” y una pericia tecnológica sobre videos de Gendarmería durante la represión. Esas medidas nunca se concretaron y casi un año después, el 11 de agosto de 2023, el juez cerró intempestivamente la causa. No sólo había incumplido lo ordenado por la Cámara en 2019 sino que sobreseyó a los cuatro gendarmes. La fecha no fue casual, faltaban apenas dos días para las PASO presidenciales, donde Patricia Bullrich competía con Rodríguez Larreta en la interna de Juntos por el Cambio.

Un gran equipo. Patricia Bullrich, Gendarmería y Gustavo Lleral
Un gran equipo. Patricia Bullrich, Gendarmería y Gustavo Lleral

Crueldades judiciales

En su sentencia de este viernes, los camaristas reconocieron que “el transcurso del tiempo atenta contra el éxito de las investigaciones, en especial de aquellas con características como la presente”, dando fundamento a su resolución de apartar a Lleral. Aunque la sentencia sea escandalosamente tardía, no deja de confirmar lo que siempre se denunció: la parcialidad manifiesta del juez para con Bullrich y sus perros rabiosos.

En su escrito los jueces dicen que, además de la familia Maldonado y el resto de las querellas, es la sociedad entera la que tiene el derecho a “saber cómo se desarrollaron los acontecimientos, cuál fue el escenario y eventualmente, quiénes son los responsables que llevaron o contribuyeron a tal luctuoso desenlace, sin poder permitirse que las líneas de investigación queden truncas o sean dirigidas en una única dirección”.

Para no caer en contradicciones propias, los jueces vuelven a remarcar lo que dijeron en 2019 respecto que, para ellos, la hipótesis de la desaparición forzada debe seguir siendo descartada. Específicamente dicen que “los elementos probatorios incorporados al expediente” son suficientes para descartar la hipótesis de que Maldonado “había sido privado de su libertad durante el procedimiento llevado a cabo en el Pu Lof, y luego conducido, de manera clandestina y sin reconocer dicha detención, hacia un lugar distinto en que le provocaron la muerte”.

Nuevamente la afirmación de la Cámara suena prematura. Si reconocen que ni siquiera hubo una reconstrucción de los hechos y de que la autopsia no pudo ser determinante para afirmar cuándo, dónde y cómo murió Santiago; ¿en qué se basan los jueces para negar de plano esa hipótesis? Eso es lo que no termina de convencer a los familiares del joven y a una gran parte de la sociedad. Pero para los camaristas, con Maldonado puede haber ocurrido cualquier cosa menos una desaparición forzada a manos de Gendarmería. Irónicamente, la causa sigue estando caratulada como “Echazu, Emmanuel y otros s/desaparición forzada de persona”.

Para Leal de Ibarra y Suárez, “la injustificada reticencia que ha evidenciado el magistrado instructor en la tarea de agotar las alternativas que se hallaban a su disposición para despejar los interrogantes que persisten, dejando transcurrir un extensísimo plazo - que tales medidas no hubieran requerido - es suficientemente demostrativa de que ya tiene una posición tomada”. Lo cual, afirman, “resulta incompatible con la actitud y apertura mental que debe adoptar quien se encuentra a cargo de la investigación de un hecho ilícito de estas características”.

En una confesión de los rasgos crueles del Poder Judicial, la misma Cámara Federal que en 2019 se había negado a apartar al juez Lleral gira 180° y ahora decide quitarle al magistrado el poder sobre el expediente. Y para agregarle angustia al asunto, ponen en su reemplazo a un juez de Ushuaia. ¿Por qué ahora el caso se investigará a 2.000 kilómetros de Esquel, sede “natural” por cercanía con Cushamen? Porque, según los propios camaristas, en los juzgados federales más cercanos (Comodoro Rivadavia y Caleta Olivia) hay funcionarios que no pueden garantizar imparcialidad en una causa de este calibre.

La decisión adoptada por la Cámara Federal comodorense fue bien recibida por las querellas. No es para menos, tras años de campaña de desacreditación contra Santiago Maldonado y su familia por parte de funcionarios y propagandistas mediáticos de lengua y dedos fáciles.

Sin embargo, no escapa al análisis que el regreso de Bullrich al Ministerio de Seguridad de la mano de Javier Milei le dio un punto de apoyo crucial para “bancar” la impunidad. A eso se suma que en los cuatro años de gobierno de Alberto Fernández y Cristina Kirchner no se garantizó la preservación de pruebas en ese Ministerio. Menos aún se sumarió y expulsó a quienes protagonizaron represiones criminales como las que se llevaron las vidas de Maldonado y de Rafael Nahuel. Incluso con Aníbal Fernández como ministro, el Estado siguió reprimiendo a las comunidades originarias.

Que esta nueva etapa que se abre, gracias a la lucha de la familia de Santiago y los organismos de derechos humanos, sirva para esclarecer qué pasó con el joven artesano y quiénes fueron todos los culpables. Para ello será fundamental reforzar la organización y la movilización en las calles, independiente de todos los gobiernos y los partidos políticos patronales.


Daniel Satur

Nació en La Plata en 1975. Trabajó en diferentes oficios (tornero, librero, técnico de TV por cable, tapicero y vendedor de varias cosas, desde planes de salud a pastelitos calientes). Estudió periodismo en la UNLP. Ejerce el violento oficio como editor y cronista de La Izquierda Diario. Milita hace más de dos décadas en el Partido de Trabajadores Socialistas (PTS).

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