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Red Internacional
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Estado Español. Se abre una perspectiva de lucha para los trabajadores interinos tras un fallo judicial favorable

El profesor, que estuvo cubriendo una sustitución, cobrará una indemnización de 20 días por año trabajado, equiparando su despido a uno por razones objetivas.

Miércoles 12 de julio de 2017

La sentencia ha sido dictada por el Juzgado Contencioso-Administrativo número 2 de A Coruña y reconoce el derecho de un funcionario interino de educación a cobrar una indemnización de 20 días por año trabajado tras el fin de su relación laboral.

Esta decisión judicial parte de un recurso presentado por este docente, quien realizó una sustitución entre el 13 de octubre de 2015 y 14 de septiembre de 2016. Al finalizar la misma, este profesor reclamó a la Consejería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria de Galicia una indemnización de 20 días por año trabajado (unos 1.581,32 euros más intereses). La Consejería le denegó tal petición y el profesor presentó un recurso a través de los servicios jurídicos de la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI-F).

En el fallo, contra el que sólo cabe un recurso ante el Tribunal Supremo, el juez se basa en la doctrina comunitaria, especialmente en la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE del 14 de septiembre de 2016, en el que se reconoció el derecho de una contratada laboral del Ministerio de Defensa -Ana de Diego Porras- a cobrar indemnización tras finalizar su relación laboral.

Sentencia histórica que abre grandes posibilidades

Esta sentencia se puede calificar de histórica y de muy positiva, ya que porque por primera vez en el Estado español se reconoce este derecho a los funcionarios interinos. Hasta la fecha, los tribunales únicamente se habían pronunciado a favor del personal laboral de las Administraciones Públicas, si bien aún no se reconocía este derecho a los funcionarios interinos.

Estos, recordemos, son los que por razones de necesidad o urgencia son nombrados para cubrir plazas vacantes, realizar sustituciones o afrontar exceso de tareas o programas, en ámbitos como la Enseñanza, la Justicia o la Sanidad.

El texto de la sentencia lo deja claro al afirmar que hay una "manifiesta discriminación" entre este profesor y un empleado temporal laboral en la Administración Pública. Ésta se da ya que al segundo se le reconoce el derecho a indemnización por cese o finalización de la relación laboral, y al primero se le niega, solo por el hecho de su condición de funcionario interino.

Todos los sindicatos, empezando por el demandante CSI-F, valoran muy positivamente la sentencia ya que da un gran empuje a las reclamaciones de este colectivo. Reclamaciones, como la de los profesores interinos que son cesados durante los meses de verano para reincorporarse en septiembre con el comienzo del curso escolar.

Según sus propios datos el pasado mes de junio fueron cesados 51.487 docentes, la cifra más alta de los últimos nueve años. Si vamos al cómputo global, la cifra de funcionarios interinos en el Estado español, alcanza el escandaloso número de 250.000, centrándose en los sectores de la Enseñanza, la Justicia o la Sanidad.

En Aragón, nada más conocerse esta sentencia, el sindicato CGT (el segundo más votado en la Enseñanza pública), ha exigido a la Consejera de Educación que, en aplicación de este fallo judicial, pague las indemnizaciones por despido de los profesores interinos a la mayor brevedad.

Hay que recordar que esta organización sindical fue pionera en Aragón realizando más de 300 reclamaciones de profesores y profesoras aragonesas, para solicitar la indemnización que les corresponde por haber sido despedidos.

Unidad y lucha para conseguir la estabilidad permanente en el empleo público

Cualquier persona que trabaje en este sector, que lea este artículo puede pensar que ya está todo conseguido, que debido a esta sentencia la administración ya va reconocer este derecho.

Si a esto le sumamos el compromiso del gobierno central de convocar oposiciones para cubrir 250.000 plazas en los próximos cuatro años, la alegría puede ser completa. Sin embargo, la experiencia nos dice que por desgracia, las cosas nunca son tan fáciles como parecen.

En cuanto a la sentencia, solo se trata de un primer paso que abre la perspectiva de que con la organización y la lucha de los trabajadores se pueden alcanzar mayores logros y más duraderos, y no de una victoria definitiva.

La administración, ya ha demostrado en anteriores ocasiones que por muchas sentencias que haya nunca va a reconocer un derecho de “oficio”, para el sector, y más, como es este caso, si le cuesta dinero.

Si hablamos de la promesa de empleo público hecha por el gobierno del PP, poca esperanza hay, solo hay que recordar que es el que más empleo público ha recortado de la historia reciente del país. Además si por otra cosa se caracteriza es por incumplir sus promesas o pactos con los sindicatos y tomar siempre la medida que más perjudique al conjunto de trabajadores y trabajadoras.

Como vemos no podemos ni debemos caer en ilusiones vagas e irreales. La consecución de la estabilidad y la igualdad plena de los trabajadores y trabajadoras no vendrá de los tribunales o el gobierno, ni mucho menos de las direcciones de los sindicatos mayoritarios que fueron claves para crear esta situación de precariedad y desigualdad.

Por ello, frente a la vía meramente judicial que, en muchos casos, no aporta garantía de cumplimiento por parte de gobiernos y patronales, es necesaria la organización de la clase trabajadora para imponer victorias más duraderas y asentadas sobre una verdadera relación de fuerzas favorable para los trabajadores.

Es por ello necesario que las direcciones sindicales mayoritarias sumen y pongan por delante de la vía judicial, la vía de la movilización y de la organización de los trabajadores interinos, del mismo modo que el resto de sindicatos deben mostrar solidaridad con ellos. Unas medidas que más allá de pelear por las débiles sentencias judiciales, busque crear una resistencia real en los puestos de trabajo capaz de torcer los abusos del Gobierno.