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ESTADO Y GOBIERNO REPRESIVO. Se cumplirán tres años de estado de excepción bajo el Gobierno de Maduro

Viernes 24 de noviembre de 2017 00:31

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) aprobó este miércoles que se prorrogue por 60 días el Estado de Excepción y de Emergencia Económica decretado por primera vez el 14 de enero del 2015, y desde entonces se ha venido extendiendo permanentemente, con lo que se cumplirán tres años de vigencia en enero de 2018. El mismo fue presentado por Maduro ante el TSJ el pasado 10 de noviembre.

De esta manera, el gobierno sigue gobernando por decreto y bajo restricción de derechos democráticos. Existiendo un condicionamiento de las libertades públicas y democráticas y ampliación de las atribuciones de las fuerzas represivas, reforzando el control social ante el malestar popular que puede llevar a explosiones sociales, así como contra los paros y luchas de los trabajadores, justificando una mayor militarización de las zonas populares, la criminalización de la protesta obrera y popular y, si lo considera necesario, la represión. Desde que lo lanzó por primera vez, Maduro argumentó que “necesita poderes especiales” para luchar contra una supuesta "guerra económica" de empresarios y “contra la derecha”.

La Sala Constitucional del TSJ sigue hablado de “circunstancias extraordinarias” para la aplicación del Estado de Excepción, según se lee en un comunicado, luego de declararse competente para revisar la constitucionalidad del decreto N. 3.157 y "dadas las circunstancias extraordinarias en el ámbito social, económico y político, que afectan el orden constitucional, la paz social, la seguridad de la nación".

Esto "a fin de que el Ejecutivo nacional adopte las medidas urgentes, contundentes, excepcionales y necesarias, para asegurar a la población el disfrute pleno de sus derechos, preservar el orden interno, el acceso oportuno a bienes, servicios, alimentos, medicinas y otros productos esenciales para la vida", continúa el texto jurídico.

Maduro aprobó en enero de 2015 un decreto de emergencia económica que fue prorrogado durante todo el año, y en mayo de 2017 publicó un nuevo decreto en el que se señala que "podrán ser restringidas las garantías" para el ejercicio de los derechos constitucionales. Pero en verdad se trata del mismo decreto.

Así mismo, la Sala Constitucional del TSJ también declaró este miércoles "nulo, inexistente e ineficaz cualquier acto en el cual la Asamblea Nacional pretenda desaprobar el Decreto de Estado de Excepción y Emergencia Económica N° 3.157" y reitera que los actos emanados del Parlamento serán nulos "mientras se mantenga el desacato" a las sentencias del Tribunal Supremo.

Desde la perspectiva de los intereses de las clases explotadas y sectores oprimidos, ninguna justificación puede llevarnos a aceptar que el Estado burgués recorte las libertades de los explotados y el pueblo pobre. En una sociedad dividida en clases, basada en la explotación y dominación sobre las mayorías trabajadoras, donde el Estado es el principal instrumento político de ese orden social, cualquier restricción de las libertades democráticas caerá con seguridad mucho más fuerte sobre las masas explotadas que sobre las facciones de las clases dominantes que circunstancialmente estén en la oposición que el gobierno dice enfrentar.

Estos decretos son parte y fortalecen el bonapartismo del gobierno, es decir autoritarios, opuesto a los intereses de los trabajadores y el pueblo, y así lo denunciamos desde el primer momento en que por la primera vez fue anunciado. Hasta la fecha los poderes especiales que ha pedido Maduro en nada han servido para solventar la profunda crisis económica que se vive, y menos aún para evitar que sea el pueblo el que siga sufriendo lo peor de esta situación agobiante, y más aún, cuando se disponen a luchar están maniatados por estos decretos y demás leyes que cohíben y cercenan derechos elementales para protestar. Hay que luchar para tirar abajo estos decretos que solo sirven para implementar los planes económicos, favorecer a los empresarios y contra los trabajadores.

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