Martes 14 de julio de 2015 16:00
En el día de ayer se dictó un importante fallo a favor de siete luchadores que fueron sobreseídos, después de haber sido imputados por participar del corte de Panamericana del 8 de Julio de 2014, realizado en apoyo a los despedidos de Lear.
El fallo, firmado por el Juzgado Federal n° 2 de San Martín a cargo de la Dra. Alicia Vence, significa un antecedente muy importante para todos los que luchan y enfrentan la represión. En efecto, la sentencia es un valioso antecedente ya que como fundamento del sobreseimiento reconoce que el derecho de protesta, incluso interrumpiendo una vía de comunicación como la Autopista Panamericana, es un derecho jerárquicamente superior a los derechos afectados por las manifestaciones.
El fallo contiene la siguiente cita dándole la razón a la defensa de los compañeros: “(...) en el momento de hacer un balance sobre el derecho de tránsito, por ejemplo, y el derecho de reunión, corresponde tener en cuenta que el derecho a la libertad de expresión no es un derecho más sino, en todo caso, uno de los primeros y más importantes fundamentos de toda la estructura democrática: el socavamiento de la libertad de expresión afecta directamente al nervio principal del sistema democrático”.
Este fallo toma los fundamentos de la defensa que llevamos adelante junto a la diputada y miembro del CeProDH, Myriam Bregman; y acepta que el derecho de manifestación, expresión y protesta es un derecho democrático elemental que no debe ser cercenado, ya que es el derecho que actúa como generador del resto de los derechos y como su real garantía. En la sentencia se pone en consideración la justeza del reclamo de los manifestantes: “Sin lugar a dudas, en el caso en estudio hemos de privilegiar el derecho de los imputados de peticionar ante las autoridades, sobre todo teniendo en cuenta los antecedentes que llevaron a manifestarse: el despido de doscientas personas de la fábrica Lear”.
Es el secretario de Seguridad Sergio Berni el que tiene que dar explicaciones.
Para el lector que quiera recordar los hechos del 8 de Julio del 2014 puede ver este video. Donde se puede apreciar una imagen escalofriante. Aquella mañana decenas de carros de asalto, carros hidrantes y centenares de uniformados formaron parte de un operativo que cercó a trabajadores y estudiantes completamente desarmados. Pese a las amenazas de una segura y despiadada represión los manifestantes no se movieron. Existía en ellos la convicción de la necesidad de parar los despidos en la zona norte. De defender a los combativos trabajadores de Lear y su Comisión Interna. Había que proteger al valioso proceso antiburocrático que se desarrolló en la zona norte del conurbano. Es así que aquella mañana las mujeres que participaban de la movilización decidieron ponerse al frente de la misma con el fin de disuadir a los responsables del operativo de avanzar. Con idéntico fin, unos metros más adelante, nos ubicamos junto a la hija de desaparecidos y nieta recuperada por las Abuelas de Plaza de Mayo, María Victoria Moyano Artigas. Ese operativo represivo fue conducido por un matón que semanas más tarde será conocido nacionalmente como el gendarme carancho.
Si bien el fallo es un importante antecedente para todos los procesos que se llevan adelante en nuestro país contra luchadores, no estamos satisfechos. Aquella mañana decenas de compañeros fueron heridos, detenidos ilegalmente y sometidos a vejámenes por parte de la Gendarmería. Los abogados del CeProDH formulamos una denuncia contra los gendarmes y solicitamos que se los investigue por esos delitos. El fallo plantea que no se pudo determinar quién es el responsable de esas lesiones. La Gendarmería respondió a la acusación indicando que en sus filas había varios uniformados heridos. Algo completamente falso y demostrado por los testimonios y los valiosos videos registrados aquel día.