Elián Dominguez tiene 26 años, es un chico trans y asistió al Correo para poder mandar un telegrama frente a un despido laboral. Como su nuevo DNI esta en trámite en el Correo le obligaron a usar su nombre anterior desconociendo la Ley 26.743.

Tomás Máscolo @PibeTiger
Jueves 26 de julio de 2018 08:52
La sucursal que no quiso reconocerle su identidad esta ubicada en el barrio de Almagro. "Cuando me presento al Correo a enviar los telegramas rechazan mi identidad porque no tengo el DNI actualizado. Yo les cito la Ley de Identidad de género y me respondieron que no nuevamente", dijo en declaraciones para La Izquierda Diario.
“La encargada me dijo que a ella no le importaba la ley de identidad de género, que trabajaban con la Ley de Correos de 1973 y que si quería enviar el telegrama ese era el requisito”, agregó Elián.
Blas Radi, fue testigo de la discriminación que atravesó Elián. Trabaja en la Oficina de Identidad de Género y Orientación Sexual del Observatorio de Género en la justicia de la CABA. "Si bien el Observatorio es un organismo de investigación y capacitación (o sea, no hace atención al público), periódicamente recibo consultas de instituciones o de personas trans que necesitan ayuda. Me comprometo porque soy activista, es decir, lo hago a título personal y con frecuencia el Observatorio acompaña con asesoramiento interinstitucional. Le expliqué de qué se trata la ley de Identidad de Género, qué significa el "trato digno", cuál es el mecanismo de encriptado que la ley establece para aquellos casos en que las gestiones exijan registrar los datos obrantes en el DNI... Pero no hubo caso. La señora me dijo que en el Correo Argentino desconocen la ley de identidad de género. La ignorancia es un fenómeno muy interesante. No se trata necesariamente de un fenómeno pasivo que se produce debido a la falta de conocimiento, sino que es el resultado de una acción deliberada, de una voluntad explícita de ignorar".
El artículo 13 de la Ley de identidad dice que "toda norma, reglamentación o procedimiento deberá respetar el derecho humano a la identidad de género de las personas. Ninguna norma, reglamentación o procedimiento podrá limitar, restringir, excluir o suprimir el ejercicio del derecho a la identidad de género de las personas, debiendo interpretarse y aplicarse las normas siempre a favor del acceso al mismo", derecho que a Elián no le fue reconocido.
La igualdad ante la Ley no es la igualdad ante la vida. La aprobación de la Ley de Identidad sancionada en el año 2012 fue histórica para el colectivo LGTBI, fue la primera en el mundo que no requiere diagnósticos médicos o psiquiátricos, ni operaciones de “adecuación corporal” para el acceso a este derecho.
El avance en términos de introducir la noción de identidad de género fue mucho antes en los “Principios de Yogyakarta sobre la aplicación de la legislación internacional de derechos humanos en relación con la orientación sexual y la identidad de género”, en 2007. En los Principios de Yogyakarta se buscó destilar el estado actual de la legislación internacional que ahora ya se aplica a las personas discriminadas por su orientación sexual e identidad de género en la forma de veintinueve principios que cruzan por una gama de derechos, entre ellos, los derechos civiles, políticos, sociales, culturales y económicos. Estos Principios definieron por primera vez en la legislación internacional el término de “orientación sexual” y el de “identidad de género”.
"No puede ser que todavía se desconozca el derecho a mi identidad", dijo la entrevista Elián quien también radicó la denuncia en el Inadi. Finalmente Elian no pudo enviar el telegrama en Almagro, pero lo hizo en otra entidad renunciando a su identidad.

Tomás Máscolo
Militante del PTS y activista de la diversidad sexual. Editor de la sección Géneros y Sexualidades de La Izquierda Diario.