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Red Internacional
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Privilegio de clase. Un fallo judicial exceptúa a ejecutivo de Globant de pagar el impuesto a la riqueza

Se trata de Alejandro Scannapieco, ejecutivo de Globant, había presentado un amparo para que no le cobren el aporte solidario por la pandemia. ¿El primero de muchos?

Lunes 22 de marzo de 2021 13:09

La jueza federal, Cecilia Gilardi Madariaga de Negre ordenó a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) no cobrarle el “Aporte solidario y extraordinario para ayudar a morigerar los efectos de la pandemia” a Alejandro Scannapieco.

El ejecutivo de la empresa de tecnología Globant presentó un amparo con el objetivo de no pagar el impuesto a la riqueza con el argumento que afecta el derecho a la propiedad privada.

El tribunal resolvió “Hacer lugar a la medida cautelar solicitada y, consecuentemente, disponer que la parte accionada (NdA: la AFIP) se abstenga de aplicarle las disposiciones emergentes de la Ley 27.605”. Ley impulsada por el Gobierno de Alberto Fernández que incluye a personas con patrimonios superiores a los 200 millones de pesos y aprobó el Congreso Nacional en diciembre del 2020.

La decisión de la jueza tendrá una vigencia de tres meses con una caución de $ 100.000 que debe pagar el empresario hasta que se resuelva el amparo que exige no se le cobre impuesto a la riqueza. Al momento la resolución solo afecta al ejecutivo de Globant pero puede ser un caso testigo para que más empresarios queden exentos de pagar dicho impuesto.

La ley de Aporte Solidario y Extraordinario

El Gobierno nacional anunció el año pasado la nueva ley con el fin de amortiguar los efectos de la pandemia, sin embargo al poco tiempo se vieron los límites del proyecto. No solo porque es insuficiente si lo comparamos con los recortes a la salud pública o el quite del IFE en el presupuesto previsto para este año, sino también porque se le otorgaron más beneficios a los empresarios, como el pago del impuesto en cuotas.

La AFIP, habilitó así que en un plazo de más de un mes, los que más tienen, paguen el aporte extraordinario de la manera que más les convenga: pueden realizar un anticipo de 20% de la deuda consolidada, o pagar todo el saldo obligatorio en 5 cuotas a una tasa de interés de poco más del 3%.

No conformes, y después de vender el impuesto a las grandes fortunas como una excelente medida de transferencia de ingresos de los más ricos para los más pobres, la Justicia Federal habilita a los grandes empresarios a no pagarlo cuidando y garantizando una vez más sus ganancias. Mientras los efectos de la pandemia continúan afectando al pueblo trabajador que cada vez le cuesta más llegar a fin de mes.