De reciente publicación, un nuevo libro editado por Juan Pablo Bohoslavsky ¿Usted también, doctor? Complicidad de jueces, fiscales y abogados durante la dictadura, se propone un análisis de cómo actuó el Poder Judicial durante los años del genocidio. Reseñamos la obra y proponemos una visión crítica de la continuidad y del proceso de juzgamiento a jueces y fiscales en la actualidad.

Gloria Pagés @Gloria_Pages
Miércoles 15 de abril de 2015
Se trata de una serie de trabajos realizados por diferentes autores entre los que se destacan el propio Bohoslavsky; Roberto Gargarella; Enrique Groisman, Carolina Varsky, María José Sarrabayrouse Oliveira, Lucía Castro Feijóo, Sofía Lanzilotta, Paula Litvachky, Pablo Gabriel Salinas, entre tantos otros jóvenes autores.
Juan Pablo Bohoslavsky es doctor en Derecho, experto independiente en Deuda y Derechos Humanos de la ONU, es autor de libros y artículos sobre deuda pública, inversiones extranjeras y derechos humanos. Compiló junto a Horacio Verbitsky el libro Cuentas pendientes, los cómplices económicos de la dictadura.
El libro, conformado por los trabajos de los distintos autores, consta de veinticuatro capítulos que a su vez se estructuran en ejes temáticos tales como “Derecho e ideas jurídicas”; “La Corte Suprema”; “Casuísitica de la complicidad judicial en la Argentina”; “Los abogados”; “Responsabilidad jurídica por complicidad judicial”; “La complicidad desde 1983”; “Complicidad y democracia” y “Palabras finales”. Consta de dos prólogos: uno a cargo del juez español Baltasar Garzón y otro de Bohoslavsky.
Ante todo, se trata de un material que tiene la virtud de poner ante los ojos de los lectores el rol que cumplieron durante la dictadura tanto los integrantes de la Corte Suprema de Justicia como los jueces y fiscales. Bohoslavsky en su prólogo, distingue a grandes rasgos, entre “complicidad militante” y “complacencia banal” las categorías casi absolutas en las que se ubicó el Poder Judicial, sin olvidar los pocos casos de “actitudes independientes y valientes hacia las víctimas”, casos que por cierto han pagado con su vida esa valiente independencia. Sin embargo, la “complacencia” es, desde nuestro punto de vista, homólogo de “complicidad” si nos remitimos a las consecuencias nefastas que tuvo la actuación del Poder Judicial durante la dictadura, los matices son ínfimos. El autor parece confirmarlo también más adelante. Define Bohoslavsky al Poder Judicial como “coadyuvante y legitimador del régimen”, permite explicar el rol clave de sostén de la represión estatal y su legitimación política, legal e institucional: “interrogar a prisioneros ilegales, participar de sesiones tortura, ocultar cadáveres, autorizar adopciones irregulares de hijos de desaparecidos no pueden sino ser calificados como actos de contribución entusiasta a la política criminal del régimen”.
Digamos ante todo que la Junta Militar exigió a los integrantes del Poder Judicial prestar juramento de respetar “los Objetivos Básicos fijados por la Junta Militar, el Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional y la Constitución nacional”. Así lo hicieron, sin dudarlo.
Sin la participación cómplice del Poder Judicial no hubiese podido llevar a cabo el robo de los niños nacidos en cautiverio y el posterior robo también de su identidad, como un “botín de guerra” tal como fue denominado por las Abuelas de Plaza de Mayo. Carla Villalta y Sabina Regueiro realizan un detallado estudio de esta participación del ámbito judicial en el engranaje de la sustracción de bebés.
Al mismo tiempo, otro dato relevante de esa “complicidad militante” se plasma en el hecho de que entre 1976 y 1979 se prestaron 5487 hábeas corpus, de los cuales solo una ínfima porción fue acogido favorablemente. Eran rechazados de plano por los tribunales federales, clausurando así la investigación a la que aspiraban las familias de los desaparecidos. Gargarella y Bohoslavsky describen cómo, ante esta desprotección alevosa, en 1977 se presentan hábeas corpus colectivos ante la Corte Suprema que también fueron rechazados pero cínicamente encargaron al Poder Ejecutivo la investigación sobre el paradero de las personas secuestradas.
Quien escribe perdió dos hermanos en la última dictadura, y por ambos se presentaron más de cuatro habeas corpus. Uno de ellos, rechazado por el juez Bonorino Peró, que si de continuidad hablamos, hizo honor a la misma ordenando en el año 2002 uno de los desalojos a la fábrica Brukman, recuperada por sus obreras y obreros.
La Corte Suprema
El rol de la Corte Suprema es tratado a lo largo de tres trabajos. Para Etchichury, que analiza las decisiones de la Corte de la dictadura en el plano de derechos sociales, desempeñó la función de dotar de una “ficción jurídica” que legitimara el poder de los militares, cumpliendo formalmente “las exigencias técnicas del Derecho”, dotando de continuidad jurídica al régimen genocida. Los límites que se fijaron fueron: no interferir en la represión clandestina y preservar el mayor margen posible de discrecionalidad para la Junta. El capítulo detalla cómo la Corte legitimó todas las medidas tomadas, como la prescindibilidad de los empleados públicos, la suspensión del derecho a huelga y la “digitación” del movimiento obrero.
Gargarella y Bohoslavsky dedican un trabajo conjunto a reflexionar sobre el rol de la Corte. Parten del hecho de que la “Junta designó a los jueces de la Corte que luego reconocerían la validez del mismo régimen, las normas represivas que produciría”, de modo que los cortesanos convalidarían las normas impuestas por la Junta lo que facilitó la política represivas, además de abandonar a su suerte a los familiares de las víctimas. Además, es acertada la definición del Poder Judicial y la Corte en particular, como un “instrumento de opresión y represión, al mismo tiempo que procuraba presentarlo como un poder independiente y por ello restrictivo de la fuerza y por eso mismo generador de cierta legitimidad”.
La continuidad
Es clave si se estudia al Poder Judicial, y así lo resaltan varios autores, hablar de la continuidad entre aquel que se desempeñó durante la dictadura y el actual. Si bien los miembros de la Corte presentaron su renuncia el 9 de diciembre de 1983, un día antes de que asumiera Ricardo Alfonsín la presidencia, Paula Litvachky señala que “en los primeros años de la democracia se optó por poner en comisión a los jueces para que el Senado les diera el acuerdo, teniendo en cuenta que muchos habían sido directamente nombrados por la dictadura (...). Esta fue una estrategia política que intentó recuperar la legitimidad del sistema de justicia (…)”. Alfonsín resuelve una salida que en las formas parecía “democrática” pero en los hechos se trató de un acuerdo para salvar a los jueces: el Senado debía ratificar o no el pliego de cada uno. Finalmente, el Senado confirma en su cargo a la mayoría de los jueces haciendo concreta y palpable la continuidad. Caso contrario, debía iniciarse un proceso de impugnación para la destitución individual de cada juez, cosa que ni el gobierno ni el régimen estaban dispuestos a encarar.
Pobre proceso de juzgamiento y qué hacer
A mayo de 2014, indica Litvachky, los únicos jueces destituidos por hechos vinculados con el terrorismo de Estado son los excamaristas de Mendoza Luis Miret y Otilio Romano, a quienes se juzga por participación necesaria o secundaria en los delitos de lesa humanidad. Hace en su trabajo un detallado recorrido de los casos más resonantes de jueces que enfrentan procesos judiciales, tratándose básicamente de aquellos que tenían una trama de alianzas identificable con el terrorismos de Estado.
Sin embargo, hay que señalar que son muchos los miembros del Poder Judicial que están acusados de delitos de lesa humanidad y continúan ejerciendo hoy como jueces y fiscales, mientras otro tanto no fue siquiera imputado.
Filippini y Cavana aportan datos relevantes como conclusión de la investigación que realizaron: alrededor de 150 funcionarios han sido vinculados, con alguna formalidad, al terrorismo de Estado. Noventa fueron denunciados penalmente y cincuenta y tres se encuentran formalmente imputados. Sesenta enfrentaron cargos disciplinarios. Dos fueron removidos de sus cargos, mientras que solo uno registra condena firme.
Estos datos contrastan con las afirmaciones de Baltasar Garzón que en su prólogo señala que “la Argentina (…) desarrolla un período de enjuiciamiento y depuración de las instituciones”. Reclama avances en la independencia e imparcialidad del Poder Judicial y que los jueces no deben olvidar que administran justicia “en nombre del pueblo”. Acá nos detenemos. Porque no se puede omitir de quién vienen estas afirmaciones: de un juez sobre el que se ha creado una imagen de defensor de los derechos humanos pero del que la mayoría “olvida” que es el juez de Instrucción de la Audiencia Nacional (Estado Español), tribunal heredero directo del Tribunal de Orden Público de la dictadura, cuya arbitrariedad ha sido denunciada por el propio Relator de la ONU Martin Scheinin. Nunca ha investigado las torturas denunciadas en su Juzgado, desde donde, sin embargo, ha dictado sentencias como la ilegalización de Batasuna (el principal partido de la izquierda nacionalista vasca), el cierre del periodico de izquierdas vasco Egin, ha prohibido reuniones y manifestaciones, y detenido activistas políticos.
Es recién en el año 2012 que se empiezan a desarrollar acá juicios contra jueces. Hasta ese momento, la impunidad pesaba ensordecedora sobre ellos, a pesar de haberse reabierto el proceso de enjuiciamiento cerrado con las leyes de Obediencia Debida y Punto Final. Es que realmente se trata de una casta que tiene lazos enormes con el el poder, son quienes “administran justicia”, por lo tanto la lucha por su juicio y castigo ha venido siendo doblemente ardua, tanto como contra los empresarios, pertenecientes a la clase social que orquestó el golpe.
Hay algo que a través de las páginas el lector puede preguntarse una y otra vez, y es además de cómo hacer justicia con los miembros que fueron parte, con los que hoy están impunes, es qué hacer con la Corte Suprema y el Poder Judicial, porque si algo devela la obra, además de las atrocidades que se avalaron, es que en su matriz, la Corte y el Poder Judicial, más allá de excepciones extraordinarias, son instituciones monárquicas y absolutamente antidemocráticas: ante todo, el conjunto de la población permanece al margen de la elección de los jueces y esta se basa en criterios elitistas de la llamada “familia judicial”. Varios autores denuncian algunos de estos aspectos, como la misma tradición judicial argentina está signada por haber legitimado la sucesión de golpes de Estado desde 1930. Otros reclaman que la Corte analice y reconozca su rol cómplice.
Por un lado, Varsky y Balardini tienen una visión optimista respecto de los juicios a los genocidas, aunque planteen algunas críticas a Casación y a algunos tribunales provinciales centralmente por trabas impuestas en el primer período de la reapertura de los juicios. Señalan que “Hay que destacar que en los últimos años del proceso de justicia diversas instancias del Poder Judicial han tomado la prerrogativa de encauzar el juzgamiento, provocando una importante apertura en el blindaje construido desde la transición, lo que habilitó el avance de los juicios, a pesar de la resistencia de algunos sectores”. Y agregan que el avance en las investigaciones por los crímenes de la dictadura dejó “al descubierto la necesidad de mejorar la justicia federal de todo el país para asegurar el juzgamiento de los responsables”.
Por otro lado, Filipini y Cavana plantean que el rol de los magistrados durante el genocidio no ha sido aun tratado exaustiva ni metódicamente, lo que no colabora en el proceso de “enjuiciar su conducta”. Plantean con justeza que son las segundas o terceras líneas jueces y fiscales de aquel momento las que hoy “ocupan posiciones protagónicas o aspiran a ellas, sin que existan parámetros para la evaluación de su pasado”, habiendo aclarado antes que las primeras líneas que actuaron durante la dictadura se están retirando por la edad. Evaluar el prontuario de los jueces para recuperar la confianza en el poder judicial es lo que reclaman los autores.
Si bien nuestro balance sobre el desarrollo de los juicios a los genocidas y sostenes civiles es crítica, ya que no solo se desarrollan a cuenta gotas, a más de diez años de reabiertos los juicios apenas poco más de 600 han tenido condena (ver nota sobre los juicios a civiles y militares) y si tenemos en cuenta que hubo cerca de 500 centros clandestinos de detención, la cuenta es más que lamentable en el sentido de “hacer justicia”. Ya hablamos de las condenas a jueces y miembros del Poder Judicial, más que escasas.
Pero hay una cuestión de fondo que queremos poner en discusión que es el ausente planteo de todos los autores de discutir el Poder Judicial como órgano atado a los intereses de los poderosos y que la pregonada “democratización” es una utopía si no se piensa el problema atacando de raíz.
La elección directa de los jueces y su revocabilidad, versus la perpetuidad con la que se erigen, es una propuesta y una salida para un poder que no puede reformarse a sí mismo y que defiende con ahínco sus privilegios. Los autores no lo señalan de este modo categórico, pero de la lectura de esta obra imprescindible para quien quiera ahondar en el rol de la justicia durante la dictadura, esta conclusión casi podemos afirmar que se desprende como natural.
Finalmente tenemos que mencionar, a riesgo de dejar muchos aspectos de la obra de lado en las que los lectores podrán ahondar, un destacado capítulo sobre los abogados/as que resistieron, a cargo de Laura Saldivia Monajovsky, en la que se destaca la valiente tarea cumplida por, entre otros, la Asociación Gremial de Abogados; así como el dedicado a los abogados defensores de los derechos humanos como blanco de la represión, a cargo de Bacci, Barbuto, Oberti y Skura,que da cuenta no sólo de la durísima represión sufrida por este sector de abogados, sino de las estrategias de organización en organismos de derechos humanos y las prácticas nuevas que debieron enfrentar en la defensa legal.