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Red Internacional
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Salario mínimo. Unos cuantos deciden por millones

El salario mínimo se devalúa con la creciente inflación. ¿Quién decide el monto de su incremento?

Miércoles 8 de diciembre de 2021

El Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami) decidió que, a partir del 1º de enero de 2022, el salario mínimo general, el de la Zona Libre de la Frontera Norte y los mínimos profesionales, aumentarán 22%.

El salario mínimo, que al mes equivaldría a $5,258.12, es la cantidad mínima recibida por jornada de trabajo que debe satisfacer las necesidades materiales, sociales y culturales, de las y los trabajadores y sus familias, según el artículo 90 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).

No obstante, el aumento de salario se reduce con el incremento del 7% en la inflación, que se reflejará en la subida de precios. El aumento del salario mínimo aplicará solo para para 6 millones de trabajadores.

La situación anterior, también ocurre con el incremento promedio en las negociaciones salariales, que según la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), entre enero y octubre fuer de 4.5% en términos nominales, pero en términos reales, con el incremento de la inflación retrocedieron 0.94%.

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Breve historia del salario mínimo

El salario mínimo fue una conquista de la revolución mexicana, en contraste con los salarios miserables que se pagaban a destajo durante el porfiriato. Se estableció el 5 de febrero de 1917, con la promulgación de la Constitución, junto con otros derechos laborales.

Posteriormente, se crearon comisiones especiales en cada municipio, subordinadas a la Junta Central de Conciliación. Pero fue hasta agosto de 1931 que se promulgó la LFT y en 1933 se formó una Comisión de los Salarios Mínimos, por lo que hasta 1934 se hizo vigente el primer salario mínimo de $0.0015. En 1962 se creó la Conasami.

¿Quiénes deciden el salario mínimo?

La Conasami cuenta con un Consejo de Representantes, que a la vez representa 11 grupos económicos, a lxs trabajadorxs sindicalizados, las patronales y el gobierno con el presidente de la Comisión. Dichos representantes duran en el cargo 4 años. Cabe señalar que el presidente es elegido por el Ejecutivo Federal.

¿Y cómo deciden el monto del salario? A través de un análisis del Informe Anual de la Dirección Técnica y el diálogo entre sectores sobre las propuestas de incremento, de lo que queda excluida la base trabajadora, ya que sus “representantes” son los líderes sindicales corruptos y burocráticos que responden a los intereses de la patronal.

La LFT abre la posibilidad de que los salarios mínimos sean revisados en cualquier momento cuando las circunstancias económicas lo justifiquen. Los sindicatos, federaciones y confederaciones de trabajadores que representen al menos el 51 % de los trabajadores sindicalizados, pueden solicitar ante la STPS la revisión del salario. Lo que, por supuesto, nunca hacen.

No se necesita que haya un órgano que decida unilateralmente el aumento del salario mínimo, para que siempre sea menor a lo necesario, sino que los trabajadores sindicalizados y no sindicalizados, formales e informales, de base y precarios, nos unamos y organicemos en asambleas, para determinar qué salarios requerimos para satisfacer nuestras necesidades y las de nuestras familias. Así como un plan de acción que nos permita imponérselos a los patrones.

Es menester que esta lucha y organización como clase trabajadora sea permanente, porque todos los días vemos cómo aumentan los productos de la canasta básica, en contraste con el poder adquisitivo del salario. Por ello, hay que exigirles a los dirigentes y centrales sindicales que rompan su tregua con el gobierno y las patronales, para luchar por mejores condiciones salariales y de vida.