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28 de mayo de 2018 Twitter Faceboock

Opinión
Decanas y decanos de Psicología defienden la devaluación de los títulos de grado
Juan Duarte | Ciencia y Ambiente | tw: @elzahir2006

Los de la UBA, UNLP, San Luís, Mar del Plata y Tucumán emitieron un comunicado defendiendo la resolución 1254/18 del ministerio de Educación, que recorta las actividades reservadas. Detrás, asoma el negocio de los posgrados arancelados.

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La Resolución 1254/18 publicada el 15 de Mayo en el Boletín Oficial constituye un avance de modelo privatista y mercantilizante de la Ley de Educación Superior (LES) sobre la formación universitaria en psicología y de consecuencias precarizantes sobre el ejercicio de la profesión al disminuir de 16 a 5 las “actividades profesionales reservadas exclusivamente al título” contempladas en el artículo 43 de dicha Ley. Esto tiene un doble efecto, académico y laboral: por un lado, contribuye a vaciar de contenido las carreras de grado ya que las gestiones de las facultades, que ya vienen pasando contenidos a posgrados arancelados desde hace años, van a tener vía libre para avanzar en áreas cuya formación en el ciclo de grado ya no estará regulada. Dichos contenidos pasarán a formar parte entonces de posgrados pagos o de carreras cortas específicas de carácter técnico no universitario, públicas y (sobre todo) privadas, que suplirán la demandas “del marcado” de un modo más barato que una licenciatura, devaluando dicho título y las condiciones de trabajo asociadas.

Recordemos los objetivos estratégicos privatistas de la LES: no pudiendo privatizar lisa y llanamente (dada la resistencia con que las masas defienden esa conquista social), apunta a crear un ciclo de grado degradado (que aún mantiene, aunque cada vez más formalmente, un carácter público no arancelado), igualado en sus alcances a títulos cortos específicos (en psicología, counselling, psicología social, coaching, por ejemplo); mientras, fortalece el sector arancelado de la educación superior pública y permite a las facultades vender sus producciones en el mercado (los “recursos propios”), mercantilizando saberes y prácticas.

Mirá también: "¿Qué universidad para qué sociedad?"

Desde aquí se pueden entender a qué apunta la afirmación de los considerandos de la resolución: “ [el artículo 43] homogeneizó los campos de las carreras de riesgo cercenando la propia naturaleza de las autonomías que el artículo 42 garantiza a las instituciones universitarias; y profundizó una lógica disciplinaria de las titulaciones que se tensionó con el crecimiento y expansión interdisciplinaria propia de la expansión y diversificación de la ciencia estrechando las posibilidades de generación de nuevas titulaciones o campos de formación.” Lejos de la “expansión interdisciplinaria” (ya posible, dado que las actividades reservadas pueden ser comunes a varias carreras, lo que se busca acá, entonces, es soltar las manos a las camarillas académicas para que generen mercancías universitarias, sean “titulaciones” de posgrado o campos de formación (nuevas carreras cortas).

Alcances del título y “prácticas profesionales reservadas”

Es necesario aclarar una confusión que viene circulando mucho en medios y redes, en algunos casos de forma intencionada –como veremos abajo– y en otros por desconocimiento, pero que contribuye a ocultar la magnitud de las consecuencias que supone la resolución: no son los alcances del título los que se ven afectados directamente por esta resolución. Los mismos están contemplados en el artículo 42 de la LES, regulados por los gobiernos (antidemocráticos) de las facultades y de momento no sufren cambios. Lo que se recorta, como decíamos arriba, son los anexos del artículo 43, las “actividades profesionales reservadas” o “incumbencias”.

Es que entre las distintas normativas que dispone, la LES divide en dos la totalidad de títulos y carreras: los que certifican y habilitan para el ejercicio profesional, solo requieren una carga horaria mínima y cuyos contenidos son establecidos por cada Universidad (artículo 42); y un subconjuto de aquellas, las definidas como “profesiones reguladas por el Estado, cuyo ejercicio pudiera comprometer el interés público poniendo en riesgo de modo directo la salud, la seguridad, los derechos, los bienes o la formación de los habitantes” (artículo 43). El artículo 43 señala que estas últimas deben cumplir, además, ciertos contenidos básicos determinados por el Ministerio de Educación, y establece un listado de “actividades profesionales reservadas exclusivamente al título” (previamente llamadas “incumbencias”) para dichas carreras. ​La resolución 1254/ modifica justamente dicho listado recortando y modificando más de 50 títulos y más de 40 carreras de grado.

Entre ellas Psicología, donde en el recorte pasan de 16 a 5, en las cuales termina predominando un enfoque clínico y no queda ni mención a áreas enteras como educacional, jurídica, intervención comunitaria, gestión de dispositivos de salud o psicología del trabajo.

De lado de las tendencias disciplinares específicas en psicología, en otro lugar hemos discutido las consecuencias de la aplicación de estos criterios neoliberales: avance de concepciones medicalizantes de los padecimientos mentales, de una psicología como instrumento de control de las conductas sobre bases positivistas y de una ideología “peritaje generalizado” (Roudinesco), sobre la base de un pensamiento único y la eliminación de la crítica social. Mientras, los sectores clínicos psicoanaliticos que tienen peso de dirección en facultades como Psicología de la UBA, se recluyen en sus nichos negociados previamente (los posgrados arancelados y los cursos de posgrado privados en instituciones como la EOL que mientras tuvo un funcionario en el gobierno de kirchner no perdió el tiempo y acreditó sus cursos en la Coneau. Este proceso también implicó la persecución a las cátedras críticas y la eliminación de areas enteras del programa, como antropología (reemplazada por matemática). La situación es realmente grave: siendo la formación de sesgo clínico psicoanalítico, no existen ya materias de filosofìa, antropología, sociología, lingüística en la formación común básica obligatoria, la base mínima de una carrera “humanista”. Mientras, nos encontramos con que hay, por ejemplo, convenios entre la Facultad y monstruos farmacéuticos como Roche o Novartis, o con el Instituto de Sicoterapia Sagrado Corazón de Jesús, que sostiene "la meta final del encuentro del sentido de la vida, identidad, creatividad, inteligencia y autenticidad en lo referido al bienestar en la relación consigo mismo, con sus próximos y con Dios". Business are business. Lo que queda claro es que, como diría Roudinesco, está todo listo para el avance de las neurociencias, la medicalización de padecimiento psíquico y su contracara metafísica.

Antes de seguir, bien vale recordar que la LES, puntal de los planes de organismos como el Banco Mundial y el FMI hacia la educación superior, se mantuvo y avanzó durante todos los gobiernos desde 1995, incluido por supuesto el ciclo K, en el cual carreras enteras fueron acreditadas por su órgano evaluador: la CONEAU.

Las y los aplicadores de la LES “aclaran” para oscurecer

Inmediatamente después de conocida la resolución, los decanos Jorge Antonio Biglieri (UBA), Xavier Oñativia (UNLP), Ana María Hermosilla (Universidad Nacional de Mar del Plata), Silvia Luques (Universidad Nacional de San Luis), Rosa Castaldo (Universidad Nacional de Tucumán) emitieron un comunicado de defensa de la resolución argumentado que como “las actividades reservadas al título no son el conjunto de las actividades profesionales que un psicólogo/a puede desempeñar, lo cual significa que no se “reduce” el campo profesional”, esto “no afecta en modo alguno el desarrollo y ejercicio de la práctica profesional de la Psicología” (sic). Al mismo tiempo, confunden “alcances del título” con “incumbencias” y afirman que “las 16 actividades establecidas inicialmente se subsumen y contienen en 5 nuevas de mayor amplitud”.

Los argumentos no resisten el menor análisis, pero intentan generar confusión. Veamos.

Primero, basta ver el listado previo y actual para notar que –como decimos– desaparecen áreas enteras.

Una precisión: la misma resolución del ministerio de Educación se ocupa de aclarar que al contrario de lo que afirman las decanas y decanos, desde 1994 “alcances del título” designa “a aquellas actividades para las que resulta competente un profesional en función del perfil del título respectivo y de los contenidos curriculares de la carrera”. Hoy comprendidas bajo el artículo 42 de la LES. Al contrario, el de “incumbencias” designaba “a aquellas actividades comprendidas en los alcances del título cuyo ejercicio pudiese comprometer al interés público”, luego denominadas por LES “actividades profesionales reservadas exclusivamente” para los títulos incluidos en la nómina del artículo 43 de dicha Ley. ¿Pretenden confundir(nos) los términos de la propia ley que aplican? ¿Se trata de un semblante de “docta ignorancia” lacaniana a la que son tan afectos? Ni docta ni ignorancia, más bien parece una maniobra de bajo vuelo para echar humo sobre el –nuevo– negocio que están sellando.

Insistamos, a riesgo ser reiterativos, en lo central: Si bien los alcances del título (artículo 42) no son afectados inmediatamente, sí lo son indirectamente ya que al recortar las actividades reservadas al título, como decíamos arriba, las camarillas académicas ahora dejan de estar obligadas a sostener las áreas recortadas dentro del ciclo de grado y allana el camino para seguir aplicando el combo mercantilizador de la LES. La resolución simplemente quita un obstáculo en ese camino, mientras devalua el título frente a la emergencia de carreras cortas y posgrados pagos.

Apuntar al problema de fondo: la Ley de Educación Superior

Como se ve, el problema de la resolución tiene que ser analizado ampliando el foco hacia el conjunto del sistema de educación superior moldeado por la LES. De esta manera se comprenden sus efectos, y toman su lugar los actores políticos responsables, desde el gobierno macrista y su afan de avanzar en mercantilizar y elitizar el sistema educativo mientras intentan abaratar el precio del trabajo al compás de los dictados del FMI y el Banco Mundial; hasta el el sostenimiento y avance de la LES durante el ciclo kirchnerista y su aplicación actual por conducciones de ese signo político, cuestión que en gran parte de los análisis y pronunciamientos de figuras e instituciones de este signo político brillan por su ausencia.

Las intereses de decanos y camarillas aplicadores de la LES también quedan claros al observarse de conjunto. Así también el carácter antidemocrático y feudal de los órganos de gobierno en los cuales se apoyan. ¿Cómo podrían si no aplicar una medida que afecta negativamente a estudiantes, docentes y psicólogos?

Lo que queda en primer plano es el problema de la mercantilización y la elitización como el lugar asignado para la la formación universitaria por la burguesía y sus gobiernos, que apuntan horadar la universidad pública y relegar a las mayorías populares a lo educación mínima indispensable para ser explotadas como fuerza de trabajo barata y precarizada.

Frente a esto es necesario que estudiantes, docentes y no docentes, así como el conjunto de psicólogos, nos organicemos y movilicemos planteando no solo la anulación de esta resolución (como definieron las asambleas de la facultad de psicología de UBA y La Plata) sino la anulación de la LES, el problema de fondo ligado directamente a la injerencia imperialista de instituciones como el FMI y el Banco Mundial. Para esto hay que democratizar los órganos de gobierno y barrer con los decanos y decanas aplicadores. El problema de los recursos, a su vez, no puede desligarse del no pago de la deuda externa.

A 100 años de la Reforma universitaria y 50 del Mayo francés, hay que retomar ese espíritu para poner en pie una universidad científica y de excelencia, a las que las mayorías populares puedan acceder de modo público y gratuito, al servicio de los trabajadores y el pueblo.

 
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