La multa asciende a 379.963€ más el 20% por demora en concepto de cotizaciones a la seguridad social. Además, la empresa tendrá que contratar a los trabajadores.
Esta resolución se ha alcanzado tras una investigación que recopila 181 entrevistas de repartidores, realizada desde julio del 2017 hasta marzo de este año, en la que se constata la relación fraudulenta con la seguridad social y se determina que los trabajadores son “falsos autónomos”.
Inspección de trabajo constata que la actividad realizada por los trabajadores no es la de autónomo porque responde a dos condiciones claves para la relación laboral: ajenidad y dependencia. Los repartidores podrán reclamar la devolución de las cuotas pagadas, si no realizan otra actividad por cuenta propia, así como la indemnización y liquidación, en caso de despidos y también los pago atrasados si hubo causa de baja por accidentes.
Sin embargo, esta buena noticia para los llamados “riders”, repartidores a domicilio en bicicleta, tendrá que esperar el desenlace final de los tribunales, donde se resolverán las alegaciones, presentadas por la empresa Glovo.
A favor de la sentencia, existen aspectos que muestran una relación laboral, por ejemplo, la empresa pacta el precio del pedido, el repartidor es obligado a llevar la marca corporativa de la empresa, además tiene prohibido hablar directamente con el proveedor y por ende tiene limitada la libertad horaria y la elección de los pedidos, pudiendo ser sancionado, incluso “desconectado”, en lenguaje propio de la empresa, es decir despedido, si rechaza pedidos.
Por ende, durante su actividad tiene que estar geolocalizado en todo momento y es la empresa es la que determina la zona de reparto y la franja horaria. El caso maño se suma a otras sentencias favorables, como en un caso reciente en Valencia, donde un repartidor denunció a la empresa Deliveroo, porque consideró que debían pagarle las cuotas de seguridad social. La sentencia del juzgado de lo social fue favorable, obligando a la readmisión del trabajador e indemnización. Sin embargo, Deliveroo aún no ha sido obligada a cambiar el modelo que sigue vigente para su flota, alrededor de unos 1000 repartidores en todo el estado.
Otro lugar donde se ha denunciado esta situación de explotación es en Barcelona, donde se ha llevado a cabo uno de los 16 juicios pendientes por despido improcedente, según los repartidores a causa de la huelga del verano de 2017. Los denunciantes alegan que se interrumpió el contrato mercantil, de ellos y otros 200 repartidores en Barcelona a causa de no responder a los pedidos solicitados por la empresa. La empresa por su parte niega el motivo de la huelga y no reconoce al trabajador como representante sindical. Se trata de la sección sindical creada en la empresa por la Intersindical Alternativa de Catalunya (IAC). Está por verse la sentencia del juzgado.
Estas startups como Glovo, Deliveroo, Uber o Just-eat que proliferan por todo el país concentran su actividad en las grandes ciudades, se alimentan de los jóvenes de entre 18-35 años, que ven en este empleo una vía laboral rápida ante la necesidad de ganar un sueldo.
Empresas en forma de aplicación informática -APP- las plataformas gestionan los pedidos de comida domicilio en un supuesto intercambio entre tienda, repartidor y cliente. Ante un aparente modelo de economía “colaborativa” que ofrece “flexibilidad” y “libertad” de trabajo.
Pero como vemos, nada más lejos de la realidad. Esta relación laboral encubierta, oculta que todo el peso de la responsabilidad recae en el trabajador, comenzando por la bicicleta o vehículo, el seguro y el pago del IVA, IRPF y seguridad social. Un negocio redondo para la empresa que se beneficia de todo el ahorro.
No es de extrañar que estas empresas estén en completa expansión. Según Deliveroo, los pedidos de comida a domicilio se han multiplicado por seis en el último año. Las consecuencias para el rider son pésimas, no tienen derechos a baja laboral por accidente, ni a descansos remunerados, ni a vacaciones, ni desempleo, liquidación por despido, ni a huelga, entre otros derechos básicos que reconoce el estatuto de los trabajadores. Las condiciones son duras, en una hora de trabajo un repartidor que realizara dos pedidos puede recorrer entre 5 a 10 km para ganar de 4,50 a 10€.
Además, según los propios riders denuncian en redes sociales, el funcionamiento es de continua tensión, estrés para el repartidor, para poder hacer más en menos tiempo se promueven los incentivos extra si se realiza un determinado número de pedidos. Así como la competitividad entre los que riders, que entran en un ranking de calidad de empresa, que determina las horas que puedes trabajar y acceder a mejores pedidos.
Desde el verano de 2017, cuando se organizó la primera huelga de repartidores a nivel internacional, la precaria situación de los riders ha salido a la luz, y gracias a la autoorganización de los propios trabajadores por fuera de los sindicatos, ya que otro aspecto de esta modalidad “colaborativa”, es que no se recogen los derechos sindicales. La huelga fue un éxito en ciudades como Madrid, Barcelona, Zaragoza y Valencia donde se agrupó a los trabajadores de Deliveroo en una gran plataforma unitaria llamada Riders x derechos bajo el lema "si no cobramos, no rodamos" donde se pedía un minino de 20 horas de trabajo y el pago de dos pedidos mínimos. Sin, duda el reconocimiento como trabajadores asalariados de estas empresas será un primer paso, que solo se podrá asegurar y profundizar con la lucha. |