Foto: Eduardo Longoni
Este lunes comenzó en el Tribunal Oral Federal 4 de San Martín el juicio contra el ex general Alfredo Arrillaga por el homicidio de José Díaz, uno de los cuatro desaparecidos del Movimiento Todos por la Patria (MTP), que había sido capturado con vida.
El 23 de enero de 1989, bajo el gobierno de Alfonsín, los militantes toman el cuartel. La feroz represión militar incluyó fusilamientos y desaparecidos. Uno de los testigos sostuvo “fue un aniquilamiento, el que salía con las manos en alto era asesinado”. El mismo testigo reconoció la voz del presidente Alfonsín cuando llegó al regimiento y Arrillaga le mostraba a los detenidos que ya había torurado.
-En diciembre de 2014 la Corte Suprema revocó el sobreseimiento por prescripción de los militares Alfredo Arrillaga y Jorge Varando, acusados por los asesinatos de Iván Ruiz y José Alejandro Díaz, militantes del MTP detenidos con vida tras la recuperación del regimiento. ¿Por qué la Corte falla de este modo?
En este proceso de 30 años y a pesar del encubrimiento político y del Poder Judicial, los querellantes pudieron poner hoy en el banquillo de los acusados al Gral. Arrillaga, responsable del control operacional en la recuperación del Cuartel. Los incursores al Regimiento de La Tablada luego de su rendición sufrieron ejecuciones sumarias, torturas, y todo tipo de violaciones a los derechos humanos (que denuncian desde el 24 de enero de 1989).
-¿Cómo fue el proceso legal que recorrieron para llegar a esta instancia?
En representación de los sobrevivientes y familiares de los asesinados y desparecidos, se recurrió a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que emitió un Informe (55/97) que estableció que el Estado Argentino es responsable por las violaciones a los derechos humanos cometidos luego de la rendición. Recomendó entonces 1) Realizar una investigación exhaustiva para identificar y sancionar a los responsables de las violaciones 2) Cumplir con la garantía de apelar bajo la ley 23.077 y 3) Reparar a las víctimas y familiares el daño sufrido.
A todo esto, podemos decir que la única recomendación que cumplió el Estado es incorporar la doble instancia, es decir, la posibilidad de apelar el fallo (las condenas contra los miembros del MTP que coparon el Cuartel, preveía una sola instancia).
Mientras el Ejército siempre fue renuente en brindar información al juzgado de instrucción para individualizar a los responsables, por lo que de público conocimiento Arrillaga y Varando (que falleció en el camino de esta causa y la del 20 de diciembre del 2001 acusado de matar a Gustavo Benedetto) fueron por ahora los únicos que no pudieron evadir el proceso.
-Arrillaga tiene un largo prontuario ¿no?
Sí, ya tiene varias condenas en Mar del Plata por su responsabilidad en la noche de las corbatas (secuestro y desaparición de abogados).
Por su parte la defensa trató, en la primera audiencia de este juicio, (justamente el 10 de diciembre día internacional de los derechos humanos) desligarlo del proceso diciendo que fue un delito común, (como si fuera asesinato entre un verdulero y un carnicero) y que no puede perseguirse a su defendido más allá de un plazo razonable.
El defensor se lo quería llevar a la casa ese día, pidiendo la nulidad de todo. El Tribunal con buen criterio dejó sus quejosas y exigentes pretensiones para opinar en el dictado de la sentencia.
-¿Cuál es la calificación de la causa en que se imputa a Arrillaga?
El tema en cuestión, y que llevó tanto tiempo esclarecer es que si bien no es considerado un delito de lesa humanidad, atento que no existen las completas características del delito (que se cometa como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque), sí fue un acto terrorista de Estado dentro de un sistema democrático y por lo tanto imprescriptible.
Esta categoría que siempre reclamamos los querellantes fue aceptada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ese fallo de diciembre de 2014, adhiriendo al dictamen de la Procuradora General de la Nación, y a nuestro reclamo. Fue puro derecho doméstico, y sin que la CIDH mueva un dedo para impulsarlo, llegamos a este juicio. Las quejas de la defensa que la CIDH no puede crear delitos por sí, se desvanece.
-¿Contaos cómo fue la primera audiencia?
Luego de la disparatada idea del defensor oficial de Arrillaga, de que este se fuera a su casa a la media hora, dio testimonio el sobreviviente Roberto Felicetti, quien reconoció en las filmaciones a Díaz y Ruiz, que estaban en la guardia de prevención, y desde su lugar de ubicación (Compañía B) dijo que aguantaron hasta la mañana del 24 con varios compañeros cuando Arrillaga con un megáfono les ofrecía rendición.
Dijo que ellos lo hubiesen realizado el día 23 pero “fue un aniquilamiento, el que salía con las manos en alto era asesinado". A él le rompieron los brazos y con su remera lo encapucharon. Lo llevaron a un lugar donde se escuchaban quejidos y la voz de Arrillaga que decía “yo soy dios” y le inyectaron con las palabras “ahora vas a aprender a volar”, preguntando quién es Pancho (Provenzano) y quién Samojedny. Ambos se identifican y se los llevan. Hoy están desaparecidos, al igual que Díaz y Ruiz.
Hubo cerca de diez ejecuciones sumarias en estas condiciones, entregados en la rendición y luego asesinados.
Felicetti escucha la voz del presidente Alfonsín cuando llega junto al juez Larrambebere, donde Arrillaga le muestra los detenidos ya torturados, ensangrentados y semidesnudos. Felicetti denunció ante el juez de sus torturas y sólo fue atendido días después por la quebradura de sus brazos.
Larranbebere sobreseyó a los acusados en la causa por torturas.
Con posterioridad testimonió un desertor detenido en la guardia donde estaban Díaz y Ruiz. Sólo recordaba que le puso una venda con su camisa a Díaz porque sangraba, y que se tiró por la ventana cuando sobrevino el incendio feroz, no recordando “mucho mas”. Testigo renuente se llamaría.
Las fuerzas comandadas por Arrillaga, aún sabiendo que había tres conscriptos y tres desertores, además de algunos incursores, no les impidió incinerar las instalaciones de la guardia donde estaban Díaz y Ruiz y otros que no pudieron saltar por la ventana.
-Organismo de derechos humanos han denunciado que la recuperación de La Tablada los militares cometieron todo tipo de violación de derechos humanos.
Sí, como lo relató Felicetti, se entregaron detenidos con vida varios miembros del MTP, sin embargo nueve de ellos, o más, fueron asesinados o desparecidos. Todos los detenidos que permanecieron con vida fueron torturados. Hubo un arduo trabajo del Equipo de Antropología Forense para identificar a los muertos en combate y asesinados luego de su rendición, resultando entre ellos cuatro sin que sus cuerpos fueron habidos.
-¿Hasta cuándo se extenderán las audiencias y quienes están citados a declarar? y si podes contar quiénes serán los testigos.
Las audiencias prosiguen el miércoles y viernes de esta semana y los días 3,4, 7, 9, 11, 14 y 15 de enero, y luego el 5 de febrero donde esperamos que se dicte sentencia condenatoria contra Arrillaga por el homicidio-desaparición de José Díaz. Los testigos son sobrevivientes y conscriptos, como algunos de las fuerzas armadas que intervinieron en la recuperación del cuartel.
Quería acotar que si bien este proceso oral, por cuestiones procesales, se dirige contra un solo procesado y por una sola víctima, esperamos seguir con los próximos responsables y por todas las víctimas en siguientes juicios.
A los que quieran asistir al juicio, que se realiza en el Tribunal Oral Federal 4 San Martín,Calle Pombo y Güemes San Andres, acreditarse entre 8 a 8,45 hs. Comienza a las 9 hs. |